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Derechos Humanos en el Uruguay

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Derechos Humanos en el Uruguay Informe 2020

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Servicio Paz y Justicia - Uruguay

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O Edición: diciembre de 2020

Servicio Paz y Justicia | SERPAJ Uruguay Joaquín Requena 1642

11.200 Montevideo, Uruguay

Tel. +598 2408 5301

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Youk (11) SERPAJ Uruguay Impreso en Uruguay Derechos Humanos en el Uruguay

Informe 2020 Montevideo, Uruguay

ISBN: 978-9974-564-49-7

FUNDACIÓN ROSA LUXEMBURGO

Esta publicación fue financiada por la Fundación Rosa Luxemburgo (FRL) con fondos del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania (BMZ).

Las opiniones vertidas en este informe son de absoluta responsabilidad de les autores.

Se autoriza la reproducción total o parcial de los contenidos, siempre que sea citada la fuente.

DS

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Consejo Editor

Camila Brusoni, Florencia Casarotti, Florencia Lemos, Tamara Samudio y Andrea Sorondo.

Derechos civiles y políticos

Francesca Lessa, Rodrigo Barbano, Mariana Risso, Micaela Boiani, Carolina Carretero, Patricia López, Paola Lorenzo, Graciela Montes de Oca, Equipo Imágenes del Silencio, Nilo Patiño, Guillermo Payssé, Malena Laucero, Efraín Olivera, Asociación Civil Ágora, Memoria en Libertad, Casa Bertolt Brecht, Luis Eduardo Morás, Daniel Zubillaga, An- drea Sorondo, Camila Brusoni, Florencia Casarotti, Florencia Lemos, Tamara Samudio,

Adriana Vaselli, Ignacio Salamano, Rodrigo Rey.

Derechos económicos, sociales y culturales

Raúl Zibechi, Sergio Sommaruga, Lucía Naser, Lucía García, Ignis Lois, Ximena Echevarría, Victoria Cestau, Ximena Baráibar Ribero, Carolina González Laurino, Sandra Leopold Costábile, Laura Paulo Bevilacqua, Laura Bálsamo, Rodrigo Alonso, Gabriel Oyhantcabal, Soldaridad Uy, Colectivo Rebelarte, NITEP, Coordinadora de Feminismos Uy, Soledad González, Florencia Roldán, Alejandra Collette Spinetti Núñez, Fabiana Condon, Cristi- na Prego, Laura Vega, Melania Raszap, Mauricio Fuentes, Benjamín Nahoum, Alejandro

Guevara, Miguel Scapusio, Pablo Martinis, Eduardo Gudynas, Gabriel Delacoste.

Anexo Legislativo

Laura Bálsamo

Diagramación

Equipo de diseño de Tradinco S.A.

Fotografía de tapa

Santiago Mazzarovich

Fotografías de interior

Colectivo Rebelarte, Héctor Tierno, Martha Passeggi, Martín Varela Umpiérrez, Santiago Mazzarovich, Equipo Imágenes del Silencio, Leidy Laura Sosa, Serpaj, NITEP.

Introducción

Hace ya 32 años que cada diciembre el Servicio Paz y Justicia Uruguay presenta el Informe Derechos Humanos en el Uruguay. Gracias a la inmensa colaboración de diversas organizaciones y colectivos sociales, academia y militantes, buscamos plasmar en este libro el estado de situación de los derechos humanos en nuestro país: avances, retrocesos y nudos críticos en esta materia.

Este año se vio signado por el cambio de gobierno, que efectivizó la ejecución de su programa a través de la aprobación de la Ley de Urgente Consideración (LUC). A través de la utilización de un mecanismo que atenta contra los principios democráticos, la coalición “multicolor” logró promulgar una extensa ley sumamente regresiva en materia de derechos, desde un enfoque punitivista y privatizador. El contexto de pandemia mundial por el CO- VID-19 y las medidas establecidas por la emergencia sanitaria generaron un escenario de desmovilización social muy propicio para la aprobación de esta ley. Si bien el Poder Legis- lativo citó a diverses! actores de la sociedad para que presentaran sus argumentos en torno a la LUC, dicha convocatoria resultó ser una artimaña para no instalar un verdadero debate público democrático.

Dicho contexto de emergencia sanitaria ha sido el pretexto ideal para la aplicación de una política neoliberal de respuesta unívoca a las demandas del sector empresarial, de flexi- bilización laboral, de control selectivo y represivo de los espacios públicos, de limitación de las actividades culturales, y de restricción presupuestaria en la gestión de la seguridad social, la salud y las políticas sociales.

Junto con la regresión legislativa que implicó la aprobación de la LUC, este año estuvo atravesado por discursos desde el sistema político marcadamente conservadores, violentos y negacionistas. La llegada al parlamento de un partido militar como Cabildo Abierto y su constante búsqueda de deslegitimar luchas y organizaciones de derechos humanos, parti- cularmente a la Asociación de Madres y Familiares de Detenidos-Desaparecidos, parece habilitar un escenario propicio para la expresión de discursos de odio y prácticas fascistas que tuvieron lugar este año. Claros y preocupantes ejemplos de ello son los ataques a perso- nas en situación de calle con bates de béisbol en Montevideo o la reaparición de pancartas de la Juventud Uruguaya de Pie.

Este escenario nos exige como izquierda social repensar nuestras estrategias de movili- zación y lucha, en un nuevo e incierto contexto que nos necesita en alerta, actives y solida- ries. Los últimos y esperanzadores acontecimientos en países vecinos como Bolivia y Chile, donde se vio la fortaleza del movimiento social en la toma del espacio y la agenda pública, nos invitan a redoblar fuerzas y reivindicar nuestra capacidad de lucha.

1 Por decisión del Consejo Editor la redacción a su cargo utiliza lenguaje inclusivo, dejando a criterio de les

autores de cada artículo su utilización.

Derechos Civiles

y Políticos

Memoria e

pas

El Plan Cóndor en los tribunales de Roma Algunas reXexiones sobre la sentencia de apelación de 2019*

Francesca Lessa?

El 25 de noviembre de 2020 se conmemoraron los 45 años de la reunión fundacional del Plan Cóndor acaecida en Santiago de Chile. En esa cumbre en 1975, los representantes de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay acordaron la creación de una red secreta de cooperación transnacional para coordinar la persecución y eliminación de opositores políticos más allá de cualquier frontera en Suramérica, que llegó a llevar adelante operacio- nes hasta en Europa y Estados Unidos. Dicho aniversario nos invita a reflexionar sobre los avances logrados en desenredar los secretos que aun rodean el Cóndor y también sobre el papel de la justicia penal en sancionar a los responsables de los delitos de dicha coordina- ción represiva.

En particular, en estos últimos cinco años, los tribunales de Argentina, Chile, Italia, y Uruguay han dictado ocho sentencias en las que se condenaron a 88 ex policías, militares, y civiles de Argentina, Uruguay, Bolivia, Perú, y Chile por violaciones de derechos humanos cometidas contra 145 víctimas en el marco del Plan Cóndor. Desde 2015, se acercaron a su conclusión tres juicios emblemáticos de larga data relativos al Cóndor. De hecho, en 1999 varios sobrevivientes, familiares, activistas de derechos humanos y sus abogados ha- bían denunciado los delitos de la coordinación represiva en tres países: en Roma en junio, en Santiago en septiembre, y en Buenos Aires en noviembre.

Después de casi 15 años de investigaciones, finalmente se llegó a la etapa de juicio y se dictaron sentencias de primera instancia y de apelación. En Argentina, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N* 1 de la Capital Federal condenó el 27 de mayo de 2016 a 15 imputados incluyendo al Coronel uruguayo Juan Manuel Cordero Piacentini y el ex dictador argentino Reynaldo Bignone a penas de prisión entre 25 y 8 años y reconoció judicialmente que la Operación Cóndor había constituido una asociación ilícita transna- cional para cometer violaciones de derechos humanos.? Dicha sentencia fue confirmada en apelación en mayo de 2018.

1. La preparación de este capítulo ha sido posible gracias al proyecto financiado por el programa de investiga-

ción e innovación de la Unión Europea, Horizon 2020, en el marco del proyecto Marie SkMbdowska-Curie no. 702004.

2 Profesora. Centro Latinoamericano y Departamento de Desarrollo Internacional, Universidad de Oxford. Presidenta de Honor, Observatorio Luz Ibarburu.

2 Lessa, Francesca. 2016. “Justicia sin fronteras: El juicio por el Plan Cóndor” En Derechos Humanos en el Uruguay: Informe 2016, Servicio Paz y Justicia. Montevideo, pp. 25-41.

MEMORIA E IMPUNIDAD

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

En Chile, el 21 de septiembre de 2018, el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinosa, sancionó a 20 ex agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) a penas entre 17 años y 3 meses de reclusión, condenando entre otros a figuras simbólicas de la DINA como Pedro Espinoza Bravo, Cristoph Georg Willeke Floel y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.*

Finalmente, en Roma, la Primera Corte de Asís de Apelación condenó en apelación el 8 de julio de 2019 a24 policías, militares, y civiles de Uruguay, Bolivia, Perú, y Chile por los homicidios cometidos en contra de 18 ciudadanos italianos y de 20 uruguayos durante el Plan Cóndor, así revertiendo 18 de las 19 absoluciones determinadas en primera instancia en 2017.* La Corte de Casación fijo fecha de audiencia para el 24 de junio de 2021, para examinar los recursos presentados por los abogados de los imputados y de las partes civiles.

En mi aporte al informe de SERPAJ de 2019 analicé de forma preliminar la senten- cia de apelación, ya que su texto completo se difundió solamente el 27 de diciembre de 2019. En ese capítulo, relaté los antecedentes del juicio Cóndor en Roma, en particular su estrecha vinculación con la lucha contra la impunidad en el Uruguay, y subrayé como la sentencia italiana ponía en evidencia la situación de denegación de justicia que enfrentan los sobrevivientes y los familiares de las víctimas en el Uruguay.

En este capítulo abordaré primero los puntos claves de los fundamentos de la sentencia de apelación de Roma, en particular el análisis hecho por los jueces encararon respecto a la responsabilidad de los mando medios e inferiores. En segundo lugar, reseñaré como los abogados del juicio evaluaron a los fundamentos, y por último remarcaré la importancia de dicho veredicto en términos de la lucha contra la impunidad a nivel global y en Uruguay.

La sentencia de Apelación

El 27 de diciembre de 2019, la Primera Corte de Asís de Apelación de Roma difundió los fundamentos de la sentencia de julio; los mismos se extienden por 121 paginas'. Vale la pena recordar aquí que los ocho jueces, compuestos por dos juezas profesionales y seis populares -por un total de seis mujeres- habían confirmado las condenas a cadena perpetua de seis imputados de Uruguay, Bolivia, Chile, y Perú ya considerados culpables en primera instancia. Además, los magistrados revirtieron 18 de las 19 absoluciones, así castigando con

% “Operación Cóndor: Ministro Carroza condena a 20 exagentes de la DINA por homicidios y secuestros

calificados” 21 de septiembre de 2018, https://www.pjud.cl/web/guest/noticias-del-poder-judicial/-/asset_ publisher/kKV6Vdm3zNEWt/content/operacion-condor-ministro-carroza-condena-a-20-exagentes-de-la- dina-por-homicidios-y-secuestros-calificados

3 Lessa, Francesca. 2019. “El Juicio por la Operación Cóndor en Italia: Buscando verdad y justicia más allá de las fronteras.” En Derechos Humanos en el Uruguay: Informe 2019, Servicio Paz y Justicia. Montevideo, pp. 19-31.

6 Losfundamentos de la sentencia en italiano se encuentran en esta pagina web de la ONG 24 marzo, http:// www.24marzo.it/index.php?module=pagemasterPAGE_user_op=view_pagexPAGE_id=578%MMN_ position=200:200

la pena máxima de cadena perpetua a 12 imputados uruguayos (es decir Pedro Mato, José Gavazzo, José Arab, Ricardo Medina, Luis Maurente, José Sande, Ernesto Soca, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Gilberto Vázquez, Jorge Troccoli y Juan Carlos Larcebeau), a cinco chilenos,” y un peruano.* El tribunal también ratificó la absolución de primera instancia del uruguayo Ricardo Chávez Domínguez.

Los jueces de apelación se explayaron extensamente en los fundamentos al momento de explicar las razones por las que el tribunal había abordado de manera radicalmente dife- rente el asunto de la responsabilidad de los llamados mandos intermedios, es decir los im- putados que habían sido absueltos en primera instancia en enero 2017. En ese entonces, los jueces inferiores habían diferenciado marcadamente entre los autores intelectuales que te- nían roles de mando superior y que habían diseñado el Plan Cóndor, y los rangos inferiores.

Sobre ese punto, los jueces de primera instancia habían afirmado que los jefes políticos y militares de los países del Cóndor tenían plena responsabilidad moral y material respecto a cada homicidio cometido, por haber planeado la represión transnacional y proveído los recursos necesarios para eliminar a los/as opositores/as políticos/as en el exilio. Por otro lado, el tribunal consideró que las investigaciones solamente habían identificado a los au- tores materiales de los secuestros y encarcelamientos clandestinos, pero no habían aclarado quienes habían participado directamente en los asesinatos. Según los jueces, los mando in- termedios habían llevado a cabo los secuestros ilegales, encerrado a las víctimas en prisiones clandestinas, y las habían interrogado bajo tortura, pero no consideraban plenamente pro- bado que les hubiesen dado muerte. En primera instancia, por lo tanto, el tribunal absolvió a esos 19 imputados, ya que el delito de secuestro, del que los consideraban culpables, ya había prescripto por el paso del tiempo.

En apelación, los magistrados llevaron adelante una atenta revisión de toda la prueba recopilada, tanto en primera como segunda instancia, y señalaron como ellos no compar- tían las conclusiones de los jueces inferiores. Según el tribunal de apelación, los jueces de primera instancia habían omitido la consideración de una parte importante de la prueba, en particular “los perfiles personales de los imputados, las tareas desempeñadas en el perio- do bajo consideración y la articulación de los aparatos represivos en cada país que adhirió al Plan Cóndor””. En apelación consecuentemente los magistrados consideraron que:

“El análisis realizado [en primera instancia), por lo tanto, había sido incompleto y las conclusiones alcanzadas no habían comprendido plenamente el significado de la prueba adquirida, tornándose apresuradas y contradictorias respecto a las correctas premisas expresadas”,

Respecto al Cóndor, los magistrados resaltaron como dicha colaboración represiva transnacional había generado condiciones similares en toda América del Sur respecto a

Pedro Espinoza, Daniel Aguirre, Carlos Luco, Orlando Moreno y Manuel Vásquez. Martín Martínez Garay. Página 26 del veredicto.

10 Página 26.

MEMORIA E IMPUNIDAD

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

la represión política, y que las fuerzas armadas y de seguridad intercambiaban de manera cercana información de inteligencia y colaboraban al momento de detener a los opositores políticos. Así, esas prácticas de la coordinación represiva lograron que la salida al exilio en busca de un refugio en diferentes países del Cono Sur de América Latina se tornara totalmente infructuosa para los opositores políticos, “ya que el sistema de información y colaboración que existía entre los países miembros [del Cóndor] permitía controlar sus

movimientos y llevar a cabo detenciones aun afuera de sus países de origen””!.

Tomando distancia de la sentencia de primera instancia, los jueces de apelación remar- caron rotundamente cómo los agentes de los llamados mandos intermedios habían ejecu- tado las políticas de represión política “con pericia, determinación, y logrado resultados considerables en términos de los números de víctimas”. Los magistrados declararon que estos imputados definidos por los jueces inferiores como rangos intermedios estaban lejos, en realidad, de ser oficiales subalternos, ajenos a lo que estaba aconteciendo, sino que, al contrario, aunque operaban más abajo en la jerarquía respecto a los mandos militares y los jefes de estado, constituían sus más cercanos colaboradores, formando una elite estable e inmutable en su composición y revestían roles fundamentales en tareas de inteligencia y en las andamiajes de coordinación y represión de la subversión, disponiendo de autonomía decisional respecto de la organización de operaciones, instrumentos, personal y recursos económicos”.

Además, los jueces analizaron en detalle la relación entre los autores intelectuales y los autores materiales de los delitos, resaltando cómo ambos realizaban de forma conjunta los objetivos de la coordinación represiva. Así aseveraron los magistrados italianos:

“Por cierto, es razonable afirmar que los arquitectos del Plan Cóndor, una vez identificado el ob- jetivo a lograr, recurrieron, para su implementación, a personas de confianza que compartían sus intenciones y que podían materializar el objetivo por ellos teorizado y, ya que la actividad represiva había sido pensada a gran escala, su ejecución requería, necesariamente, autonomía en la elección de los tiempos, de los lugares de acción y de los blancos (siempre pertenecientes a grupos de oposición bajo la mira), amplitud de poderes, espíritu de iniciativa personal y capacidad de enfrentar imprevistos para asegurar el éxito de la operación que se basada, fundamentalmente, en la rapidez de las detenciones y tomando a las victimas desprevenidas””.

Asimismo, el tribunal concluyó que los homicidios bajo consideración tenían que en- marcarse en la figura legal de “participación de varios individuos en un delito” (concorso di persone nel reato continuato)'*. Según los jueces, de hecho, todos los imputados, tanto los autores intelectuales como los autores materiales, que llevaron adelante las tareas indispen- sables de recopilar y analizar información de inteligencia, detener a los blancos, mantener-

1 Página 97.

2 Página 99.

15 Página 100.

14 Página 99.

15 Páginas 104-105.

los en los centros clandestinos de detención donde fueron torturados, habían contribuido a cumplir el objetivo final, es decir el asesinato de las víctimas.

Los magistrados italianos consideraron que la detención en prisiones clandestinas representaba un paso obligado hacia el objetivo final del asesinato de las víctimas. Final- mente, el tribunal aclaró que la figura legal del concorso prevé diferentes modalidades de participación que no implican solamente la ejecución directa del delito, sino que también abarcan cualquier aporte, material o psicológico, que se brinda deliberadamente a todas o algunas de las fases de la ideación, organización o realización de la acción delictiva, y que estos actos sean vinculados en una relación causal objetiva y que cada autor sea consciente del enlace y de la finalidad entre estos actos.

Reacciones al veredicto

Los/as abogados/as y activistas de derechos humanos elogiaron el trabajo de los jueces de segunda instancia una vez después de leer los fundamentos de la sentencia. Por su parte, Jorge Ithurburu -presidente de la ONG italiana 24 marzo que patrocinó a todos los juicios por los delitos de la dictadura argentina en los tribunales de Roma- resaltó cómo el vere- dicto reconocía indudablemente la participación consciente de los imputados en el plan de eliminación de los opositores políticos!*,

El abogado histórico de las causas de derechos humanos de Italia, Giancarlo Maniga, indicó de manera similar cómo los magistrados habían apreciado que todos los imputados habían sido cómplices de los asesinatos, más allá del papel exacto desempeñado por cada uno de ellos en el marco de las acciones coordinadas que habían llevado a los homicidios. No obstante sus rangos intermedios, esos oficiales habían consciente y voluntariamente ejecutado las funciones y tareas a ellos asignadas, así proporcionando aportes funcionales a cada acto criminal”.

El abogado Andrea Speranzoni, que representaba a muchos familiares chilenos y uru- guayos, como a la República Oriental del Uruguay, celebró el trabajo de los jueces por su minuciosa y completa análisis de una serie de pruebas muy amplia que abarcaba a centena- res de testimonios orales brindados en primera instancia como a numerosos documentos de archivo. En particular, Speranzoni resaltó la importancia de que el tribunal de apelación hubiese incorporado en la etapa de apelación los archivos de la llamada “Computadora; del FUSNA de Uruguay, que había sido posible después de su hallazgo por el Grupo de Trabajo de Verdad y Justicia de Uruguay, y que brindaban información respecto a la perse- cución de los exiliados uruguayos en Argentina en 1977. Finalmente, además, el tribunal italiano valoró las sentencias penales dictaminadas en Uruguay en las que se habían conde-

16 “Corte de Roma confirma condena a Troccoli y Gavazzo”, Radio Cooperativa, 7 de enero de 2020, https: //

laradiocooperativa.uy/corte-de-roma-confirma-condena-a-trocoli-y-gavazzo/

17 Intercambio de correo electrónico con Giancarlo Maniga, 12 de enero de 2020.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

nado a partir de 2009 a muchos de los imputados acusados en Roma, como Gavazzo, Arab, Vázquez, y Larcebeau, y revisó atentamente todos los legajos personales de los oficiales mi- litares.

El abogado Luca Ventrella, que representaba el estado italiano en el juicio, aplaudió a los magistrados de apelación por haber reconocido la autonomía decisional de los oficiales intermedios y la gravedad de los delitos políticos cometidos que habían afrontado a los de- rechos humanos más elementales de las víctimas.'* Anteriormente, Ventrella había afirma- do que los jueces de primera instancia habían faltado de “valentía jurídica” al momento de dictar su sentencia y que dichas absoluciones en 2017 constituían una aberración jurídica.

Finalmente, Arturo Salerni subrayó la importancia del juicio desde una perspectiva histórica, ya que trajo a la luz un sinnúmero de historias jamás contadas de las víctimas de la represión política en Suramérica que, de otra forma, “hubieran quedado ocultadas en la obscuridad de las salas de torturas y hubieran constituido muertes sin culpables””.

El juicio de Roma y la lucha contra la impunidad

La sentencia dictada en Roma por los homicidios en el marco del Plan Cóndor repre- senta un paso fundamental en la lucha contra la impunidad tanto a nivel global como en Uruguay. Primero, el veredicto de los jueces italianos pone en relieve la importancia estraté- gica de los llamados “juicios en el exterior,” para avanzar en pos de verdad y justicia y superar aquellos impedimentos que obstruyen al acceso a la justicia por parte de las víctimas.

Dichos juicios se tornaron especialmente valiosos en los años 1990s, cuando leyes de impunidad garantizaban la inacción más absoluta de los tribunales de todo el Cono Sur. Fue exactamente en ese contexto que seis mujeres que eran familiares de víctimas uruguayas y argentinas se presentaron a la Fiscalía de Roma el 9 de junio de 1999 para denunciar los asesinatos de sus seres queridos por el Plan Cóndor, acusando de forma directa al ex dicta- dor chileno Augusto Pinochet. Con el paso del tiempo, la investigación original en Roma se amplió, y de esas seis víctimas iniciales e un imputado se llegó a tener a 43 víctimas y 33 acusados, cuando empezó el juicio de primera instancia en febrero de 2015”,

Segundo, mientras que la gran mayoría de los juicios realizados en países europeos por delitos de lesa humanidad perpetrados en Suramérica en general comprenden apenas un punado de víctimas y de acusados, el juicio Cóndor de Italia se destaca sin duda por ser el

18

Conferencia “Análisis del Veredicto del Apelación del Juicio Cóndor”, Universidad Roma Tre, Roma, 6 de febrero de 2020, apuntes de la autora. 12 Tbid. 20 La causa empezó con los casos de cinco ítalo-uruguayos - Bernardo Arnone, Gerardo Gatti, Juan Pablo Recagno, Andres Humberto Bellizzi, Daniel Banfi -y el ítalo-argentino Lorenzo Viñas. Ver “Medidas caute- lares pedidas por el fiscal Dr. Giancarlo Capaldo en la causa No. 31079/05, 10 de julio de 2006, p.90, dis- ponible en http://www.24marzo.it/index.php?module=pagemaster£PAGE_user_op=view_pagex PAGE _ id=482%MMN_position=185:185

juicio de mayor tamaño que se haya llevado a cabo hasta la fecha. Además, se dictaron penas máximas de cadena perpetua en contra tanto de los altos mandos civiles y militares al poder en esos años, como por ejemplo al ex canciller uruguayo Juan Carlos Blanco y el ex dictador boliviano Luis García Meza, y a los autores materiales de los delitos como los militares uru- guayos Jorge Troccoli y Pedro Mato Narbondo, quienes hasta 2019 habían logrado eludirse de la justicia, escapando de Uruguay al momento de ser imputados en diferentes causas.

Tercero, la sanción de un veredicto tan rotundo por parte de los jueces italianos de- muestra manifiestamente cómo los delitos de lesa humanidad nunca prescriben y que, a pesar de los intentos de garantizar la impunidad de los responsables, existen magistrados y tribunales dispuestos a que se haga justicia más allá del paso del tiempo. La relevancia de esta sentencia por lo tanto transciende a Suramérica y constituye una señal a todas aque- llas personas que siguen cometiendo graves violaciones de derechos humanos y atrocidades masivas hoy en día.

Desde la detención de Pinochet en Londres en octubre de 1998 a pedido de juez es- pañol Baltazar Garzón, hasta la reciente sentencia de Roma, los juicios en el exterior se han tornado una herramienta clave para aclarar algunas de las responsabilidades detrás de los delitos de lesa humanidad cometidos en Suramérica, como también para generar presión a nivel local en los países, para que los tribunales de Argentina, Chile, y Uruguay encaren ellos mismos el juzgamiento de estos graves crímenes.

Los avances más contundentes en el Cono Sur se han logrado en Argentina y Chile. En Argentina, datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad al 15 de sep- tiembre de 2020, indican cómo se han concluido 246 juicios penales por los delitos de la dictadura, en los que se han condenado a 997 personas y absueltos a 162; en total, 3.329 personas están siendo investigadas en causas penales por esos crímenes en la Argentina.? Por otro lado, en Chile, hasta julio de 2020, se habían dictado 476 sentencias en causas de delitos de lesa humanidad, 76 en causas civiles y 400 en causas penales”. En diciembre de 2018, unas 2.837 personas ya habían sido condenadas en primera instancia”,

En comparación, los avances logrados en Uruguay son mucho más escasos. Según la base de datos sobre los juicios penales del Observatorio Luz Ibarburu, a junio de 2020, exis- ten 216 denuncias penales activas en los tribunales uruguayos, mientras que 102 fueron archivadas. De estas denuncias activas, 156 causas, es decir el 72%, se encuentran aún en la

2 “Argentina llega a las casi mil personas condenadas por haber cometido delitos de lesa humanidad durante

el terrorismo de Estado,” Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, 18 de septiembre de 2020, https: // www.fiscales.gob.ar/lesa- humanidad /argentina-llega-a-las-casi-mil-personas-condenadas-por-haber-cometi- do-delitos-de-lesa-humanidad-durante-el-terrorismo-de-estado/

2 Dados brindados por Boris Hau, Investigador del Observatorio Justicia Transicional Universidad Diego Portales, 13 de julio de 2020.

22 “Corte Suprema ha dictado 447 sentencias por violaciones a los derechos humanos entre 2002 y 20187 17 de enero de 2019, https://www.codepu.cl/corte-suprema-ha-dictado-447 -sentencias-por-violaciones-a-

los-derechos-humanos-entre-2002-y-2018/

MEMORIA E IMPUNIDAD

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

etapa de presumario; el 19%, 42 causas, ha sido acumulada a otra, mientras que solamente 2 están en etapa de sumario.?* Se han dictado sentencias de condena únicamente en 15 can- sas, que corresponden al 7% del total: entonces el 93% de las denuncias quedan todavía impunes. Hasta junio de 2020, el Observatorio Luz Ibarburu había contabilizado un total de 37 personas procesadas o condenadas, incluyendo aquellos que ya habían cumplido su condena y a los fallecidos”.

Algunas de estas denuncias penales sin resolución judicial fueron presentadas en Uru- guay en febrero y abril de 1984, cuando el país se encontraba aún bajo dictadura. A más de 35 años, los tribunales del país no han resuelto dichas causas, constituyendo una situación de denegación de justicia para las víctimas y sus familiares. En este sentido, Uruguay pronto tendrá que rendir cuentas por segunda vez frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Diana Maidanik y otros, que fue presentado por la Comisión Intera- mericana en mayo de 2020. La Comisión consideró que Uruguay violó el plazo razonable en la investigación dado que, a más de 40 años de ocurridos, los hechos del caso continúan en la impunidad y que Uruguay es además responsable por la violación al derecho a la inte- gridad personal de los familiares como resultado del dolor, angustia e incertidumbre causa- dos por las graves violaciones y la larga búsqueda de justicia?

Conclusión

A 35 años de la transición democrática, el escenario de denegación de justicia para las víctimas de los delitos de lesa humanidad de la dictadura de Uruguay demuestra cómo el país aún está lejos de desarrollar e implementar políticas publicas satisfactorias y exitosas respecto a la búsqueda de justicia por las graves violaciones de derechos humanos.

La ausencia de un papel proactivo del Estado ya había sido señalada por el entonces Relator de Naciones Unidas Pablo De GreiX después de su visita en 2013 y por la Comi- sionada Antonia Urrejola, Encargada de la Unidad sobre Memoria, Verdad y Justicia de la CIDH quien apuntó en su visita de 2019 cómo Uruguay seguía teniendo una deuda con todas las víctimas, que era independiente de los gobiernos de turno y que alcanzaba a los tres poderes del estado”.

El cambio de gobierno el 1% de marzo de 2020 con la inauguración del Presidente Luis Lacalle Pou que encabeza una coalición de centro-derecha, en la que participa el partido pro-militar y anti-derechos Cabildo Abierto, genera mucha preocupación en el campo de

24 Ver referencia 4micus Curiae.

2 Información proporcionada por email por el Observatorio Luz Ibarburu, 24 de junio de 2020.

26 Comunicado de Prensa 122/2020, “CIDH presenta caso sobre Uruguay ante la Corte Interamericana; 28

de mayo 2020, http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/122.asp 27 “CIDH: situación más grave para DDHH en Uruguay es la impunidad, 29 de mayo de 2019, https: // www.sudestada.com.uy/articleld__525b095e-9d45-4dc8-9£91-914ca9622fab/10893/Detalle-de-Noticia

los derechos humanos y justicia transicional, y se vislumbra ya la posibilidad de graves re- trocesos.

Algunos ejemplos de acontecimientos de los últimos meses de 2020 ilustran la grave- dad de la situación en este sentido. En junio, el Ministro de Defensa Javier García cuestionó al procesamiento dictado por la justicia de un soldado que había asesinado a un militante tupamaro en 1972; dicho cuestionamiento representa un peligroso ataque a la indepen- dencia del poder judicial por parte del ejecutivo”. Pocas semanas después, el juez letrado de Maldonado de 10? Turno Ruben Etcheverry decidió archivar las actuaciones en contra de dos acusados por privaciones de libertad y abuso de autoridad en contra de detenidos en el Batallón de Ingenieros de Combate 4 de Laguna del Sauce entre 1974 y 1976, por considerar que los delitos ya prescribieron. Dicha postura, que explícitamente desconoció además la aplicabilidad de la sentencia de la Corte IDH, Gelman v. Uruguay de 2011, va en contra de los avances del derecho internacional de los derechos humanos; la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, a cargo del fiscal Ricardo Perciballe apeló dicha resolución judicial”.

En agosto, el senador y líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, presentó en el Parlamento un proyecto de ley que busca reinstalar la Ley de Caducidad, hecho que cons- tituiría un retroceso irreparable para el país”. Finalmente, en octubre, la organización em- blemática de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos denunció ante Delitos Informáticos una campaña de difamación, que ataca tantos a varios de los integran- tes de la agrupación como también sus familiares detenidos desaparecidos”. Los ejemplos citados, a los cuales se podrían sumar muchos más, indican claramente cómo no solamente están lejos de implementarse políticas publicas respecto al pasado reciente en el país, sino que los avance logrados en los últimos 10 años, como la derogación de la Ley de Caducidad en 2011 y la creación de la Fiscalía Especializada en 2018, están siendo atacados. En parti- cular, la propuesta de reinstalar la Ley de Caducidad pondría al Uruguay en un estatus de paría a nivel regional, ya que la jurisprudencia que condena la sanción de amnistías y otros instrumentos legales que bloqueen las investigación sobre violaciones de derechos huma- nos, está consolidada ampliamente.

2 Savier García manifestó su “preocupación” y la del presidente por el procesamiento del soldado que mató

a Nelson Berreta”, La Diaria, 11 de junio de 2020. 2 “Perciballe apeló fallo judicial que consideró prescriptos delitos cometidos en dictadura” 30 de junio de 2020, https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Perciballe-apelo-fallo-judicial-que-considero-prescriptos- delitos-cometidos-en-dictadura-uc757201

30 “Manini Ríos presentó el proyecto de ley que busca “reinstalar” la ley de Caducidad”, 4 de Agosto de 2020, https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Manini-Rios-presento-el-proyecto-de-ley-que-busca-reinstalar-la- ley-de-caducidad-uc760561

31 “Familiares denunció campaña de difamación y mentiras”, Caras y Caretas, 13 octubre de 2020, https: //

www.carasycaretas.com.uy/familiares-denuncio-campana-campana-de-difamacion-y-mentiras/

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

A este panorama de parálisis de los juicios, conservadurismo judicial, como también campañas de odio y episodios de amenazas en Uruguay, se opone la sentencia en Roma, que marca un claro camino hacia la persecución penal de los delitos de lesa humanidad, que no están sujetos a ningún tipo de prescripción ni de caducidad.

Faltan gatos y faltan datos: sobre las luchas contra la impunidad y el acceso a datos en causas de lesa humanidad

Rodrigo Barbano! | Mariana Risso?

“Mire, no tengo más remedio que sugerirte de corazón que no sigas con esta información.

Y bueno, pero si querés, agarrá de vuelta la canción, y dale suave, suavecito, suavetón,

»

hay que tener equilibrio, madurez... Jorge Lazaroff: “Faltan gatos”

3

En este artículo se abordan características de la persecución penal de los crímenes de lesa humanidad en nuestro país, en relación a las dificultades para el acceso y sistematiza- ción de datos sobre causas judiciales.

Las dificultades de acceso a la información se agrega como un problema a la opacidad, lentitud y prolongación de los procesos que, durante décadas, han acumulado trabas nor- mativas, burocráticas y políticas.

Se entiende que es un desafío para las organizaciones sociales que luchan contra la impunidad acceder a información organizada y disponible, así como generar competencias en el desarrollo de herramientas de sistematización y difusión.

Se proponen algunos conceptos, desde el enfoque de la justicia transicional como aportes para el análisis.

La falta de acceso a datos como un problema en la lucha contra la impunidad

El acceso a la información sobre las gestiones de los Estados referida a los temas de su competencia es fundamental para que la ciudadanía pueda interpelar, fiscalizar y conocer su funcionamiento. El Estado uruguayo ha hecho esfuerzos principalmente en los últimos 10 años para que sus distintas entidades dieran cuenta de su funcionamiento, aportando transparencia frente a la opacidad con que algunas dinámicas se desarrollaban y en muchos casos lo siguen haciendo.

1 Programador, integrante de Sitios de Memoria Uruguay. 8 8 guay.

2 Psicóloga, integrante de Sitios de memoria Uruguay. 8 8 guay.

3 Fragmento del tema “Faltan gatos” del disco de Jorge LazaroX: “Tangatos”, Montevideo 1985.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Es así, que en el año 2010 se reglamentó la Ley 18.381 de acceso a la información pública (aprobada dos años antes), la cual trató de garantizar a la prensa, las organizaciones sociales y a la ciudadanía en general “el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública”%,

Otro esfuerzo a nivel de transparencia fue el desarrollo del portal web estatal “Catálo- go de Datos Abiertos”, el cual se creó para organizar la información que las distintas áreas estatales (así como provenientes de organizaciones sociales), iban publicando, de modo que los datos liberados” pudieran ser de fácil acceso.

En octubre de 2020, este catálogo contaba con 2.285 conjuntos de datos, producidos por decenas de entidades estatales, entre las que destaca en cantidad, el Ministerio de Desa- rrollo Social (MIDES) con más de la mitad de los conjuntos disponibles en el portal, segui- do por la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), el Correo Uruguayo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Pórtland (ANCAP), Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y el Banco Central del Uruguay (BCU), cada uno con más de 20 conjuntos. Estos conjuntos de datos abordan los más variados temas, desde multas de tránsito de la comuna capitalina, las licitaciones y compras hechas por el Correo, pasando por la superficie del Uruguay cubierta por pastizales naturales (praderas) y el calendario de reuniones ordinarias y extraordinarias del directorio del BCU.

Sin dudas estos y otros datos contenidos en el portal son relevantes para que la ciudadanía tenga las herramientas para informarse, fiscalizar y también incidir sobre las políticas públicas.

Pero también cabe preguntarse sobre el acceso que se tiene actualmente a los datos de causas judiciales vinculadas a crímenes de lesa humanidad en el período de actuación ilegí-

tima del Estado (1968-1973) y de terrorismo de Estado (1973-1985).

Una búsqueda en el catálogo mencionado nos devuelve 9 registros aportados por el Poder Judicial, relacionados a personas privadas de libertad, tablas con datos sobre causas penales de los años 2016 y 2017 y causas relacionadas con adolescentes en juzgados de Montevideo en el año 2016, entre otras'.

Ninguno de estos sets de datos contiene información referida a las causas de lesa hu- manidad mencionadas, ni tampoco las mismas pueden ser accedidas en el sistema de bús- queda de expedientes judiciales que brinda el poder Judicial en su página, ya que el mismo no contiene procesos de juzgados penales (con excepción de los ubicados en Rio Branco y

San Carlos)”.

https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18381-2008 https://catalogodatos.gub.uy/

X A Mom

https://catalogodatos.gub.uy/dataset?_organization_limit=08organization=suprema-corte-de-justicia

http://www.expedientes.poderjudicial.gub.uy/ListaSedes.php

Cabe aclarar que no toda la información judicial (sobre todo de causas en curso) de- bería estar disponible debido al secreto de presumario, y las consideraciones de protección de datos personales pero, al igual que ya se hace con la liberación de información referida a causas de adolescentes, podría brindarse información estadística, sin incluir los nombres de imputados ni las víctimas.

Es un aspecto muy significativo en relación a las formas de construcción de la visibi- lidad de la persecución penal que, estén disponibles de forma abierta los datos referidos a sentencias sobre adolescentes, conteniendo el delito imputado, la edad y el sexo de la persona, la fecha de la sentencia y la pena impuesta, y se carezca de tal información referida a los violadores de los derechos humanos que han sido imputados, juzgados y condenados en los últimos 15 años,

Ante esta carencia de datos e información (que no solo abarca a información estadís- tica, si no que se extiende al acceso a sentencias de procesamiento y condena), ha corrido por cuenta de las organizaciones interesadas en la temática la sistematización, organización y divulgación de estos datos.

El proyecto “Sitios de memoria Uruguay” viene desarrollando desde fines del 2019 un esfuerzo para acceder y presentar información actualizada sobre causas judiciales, vin- culadas a los sitios donde ocurrieron los crímenes, a víctimas y a los represores procesados y/o condenados. Esta sistematización se lleva a cabo en el entendido que la información es un aspecto central en las luchas por memoria, verdad y justicia, como herramienta eficaz de difusión y también de acción política sobre la realidad.

Se organizó un listado de represores imputados y condenados por crímenes de lesa humanidad, dando cuenta de aquellos que tienen sentencia de procesamiento y condena por la justicia, se incluye algunos que se encuentran prófugos y cuya situación es de cono- cimiento público. Se ilustró con gráficos e infografías la situación actualizada, en una base cronológica, que permite ver la evolución de causas, sentencias de procesamiento, condena, revocaciones, etc., destacando algunos hitos judiciales ocurridos en los 35 años de la recu- peración de la institucionalidad democrática (1985 -2020).

Luego de procesar la información de las causas judiciales, se han podido generar esta- dísticas referidas a sentencias y procesamientos, así como los represores imputados en ellas. Para ese trabajo se utilizó información generada por el Observatorio Luz Ibarburu y por el proyecto Sitios de Memoria - Uruguay.

Se presentan a continuación, algunas de las gráficas realizadas para sistematizar los da- tos de persecución penal de crímenes de lesa humanidad”. Es importante aclarar que dado a que no son datos oficiales y por las dificultades planteadas previamente respecto al acceso a la información, puede haber alguna inexactitud o error.

$ https://catalogodatos.gub.uy/dataset/suprema-corte-de-justicia-adolescentes-montevideo-2016/

resource/84e0ae27-e2dc-4172-4295-16b459fee6b

? https://sitiosdememoria.uy/graficas-sobre-causas

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Gráfica 1 - Cantidad de represores procesados/ formalizados y condenados por año.

14

12

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2002 2003 2004 2005 2006 2007 2009 2009 2010 2011 2 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020

3

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1 Condenados IM Procesados y formalizados

En esta gráfica se muestra la cantidad de represores procesados y formalizados (barras azules) y condenados (barras naranja) por año por delitos de lesa humanidad. Se excluye- ron aquellas sentencias de procesamiento y/o condenas que fueron revocadas así como las realizadas en juicios en el extranjero.

El primer procesamiento, del año 2002, fue el de Juan Carlos Blanco, canciller de la dictadura, por su actuación en el secuestro y desaparición de Elena Quinteros.

A octubre de 2020, habían recibido sentencias de procesamiento por crímenes de lesa humanidad 36 represores al menos una vez, 3 de ellos fueron formalizados según el nuevo código penal por la causa del ex centro clandestino de detención y tortura “Los Vagones” (departamento de Canelones) en diciembre del 2019.

Gráfica 2- Sentencias de condenas, procesamientos y/o formalizaciones.

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Z0z 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Z015 2016 z017 2018 2019 2020

IM Condenas 1 Procesamientos y tormalizaciones

Esta segunda gráfica muestra la cantidad de fallos judiciales (condenas, procesamien- tos y formalizaciones) por año, excluyendo los procesamientos y condenas que fueron re- vocados con posterioridad. Se excluyen también en este gráfico, las condenas emitidas fuera del Uruguay, como los juicios del Plan Cóndor en Italia y en Argentina.

A octubre de 2020 se han emitido 15 sentencias de condena en Uruguay a lo que de- ben agregarse 2 en el exterior por crímenes de lesa humanidad vinculados al Plan Cóndor.

Gráfica 3. Represores procesados que posteriormente fueron absueltos

145

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ol | MAA MA 3 MA

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 201 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020

Im Procesados que fueron absueltos Procesados y formalizados

Esta gráfica presenta la cantidad de represores procesados y formalizados por año, dife- renciando en naranja aquellos que posteriormente fueron absueltos. Entre los años 2010 y 2015 fueron procesadas 5 personas por delitos de lesa humanidad que fueron absueltas en instancias posteriores, como el Tribunal de Apelaciones. No obstante, dos de los absueltos por revocación de sentencia (el coronel retirado de la Fuerza Aérea, Enrique Ribero Ugar- temendia y el teniente coronel retirado José Nino Gavazzo del Ejército) ya contaban con procesamientos y/o condenas previas.

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Gráfica 4. Cantidad de represores procesados/ formalizados por año, discriminando aquellos que lo fueron por primera vez.

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4 ¡ El . Mi l [| E A

2008 2009 2010 2011 20

2002 2003 2004 2005 2006 2007 12 2013 2014 2015 2016 201 2018 2019 2020

Formalizados por primera vez MProcesedos que ya estaban procesados E Procesados por primera vez

En esta gráfica se representa la cantidad de represores procesados y formalizados por primera vez o con procesamientos previos.

En el año 2006, 2011 y 2014 se procesaron a represores que ya habían tenido proce- samientos previos. En el año 2011, en el cual la causa por el secuestro y la desaparición de la ciudadana argentina Ma. Claudia García Iruretagoyena, se procesó a 5 represores vincu- lados al Servicio de Información de Defensa que ya habían sido procesados en el año 2006

por secuestros y desapariciones en Argentina en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor.

La profesionalización de la tarea de persecución penal de indagados por crímenes de lesa humanidad con el establecimiento de la Fiscalía Especializada, se visualiza como en 2019 y 2020 se efectivizan fallos que alcanzan a represores que se habían mantenido im- punes, ya que como se aprecia, todos los procesados y formalizados lo son por primera vez.

Un ejemplo es la formalización el 29 de noviembre de 2019 por torturas a militantes a 3 ex policías del departamento de Canelones, Hugo Guillén, Winston Vitale y Alejan- dro Ferreira! integrantes del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas

(OCOA).

10 Formalización en la causa patrocinada por el Observatorio Luz Ibarburu, véase completa en https: //sitios-

dememoria.uy/sites/default/files/2020-07 /sentencia-procesamiento-vagones.pdf

Sobre la finalización de la redacción de este artículo, se hizo pública la noticia del suicidio del represor Hugo Guillén el 24/10/20. Ese ex policía contaba con el beneficio de la prisión domiciliaria y es el tercer re- presor que ante la perspectiva de un procesamiento o una condena se suicida, sumándose a Rodríguez Buratti

(2006) y Pedro Barneix (2015).

Gráfico 5. Cantidad de represores condenados por año, discriminado si fue por primera vez o reiteran condena.

i | | a MN 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020

1 Condenados mas de una vez 1 Condenados Por primera vez

1

En el año 2009 se dictó la primera sentencia de condena por delitos de lesa humani- dad, en esta gráfica se muestra la cantidad de represores condenados por año, discriminado cuántos fueron sentenciados por primera vez y cuántos reiteran condena. Se excluyen las condenas emitidas fuera del Uruguay, como los juicios del Plan Cóndor en Roma y Argen- tina. En los años 2011, 2017 y 2020 se visualizan sentencias de condenas de personas que ya habían sido condenadas con anterioridad.

A octubre de 2020 hay 22 personas que han recibido condena por crímenes de lesa hu- manidad al menos una vez en Uruguay, y 3 personas que han recibido condena por críme- nes de lesa humanidad en el extranjero que no habían sido condenados en Uruguay (Ma- nuel Cordero, Jorge “Troccoli y Pedro Matto Narbondo). Matto Narbondo, elude desde hace años a la justicia uruguaya que no sentencia en ausencia y se conoce que se encuentra prófugo en Brasil en Santa Ana do Livramento (localidad cercana a la ciudad de Rivera). En 2019 fue condenado en ausencia en Italia (juicio al Plan Cóndor) a cadena perpetua.

Transitar la (in) justicia

A partir de los datos es posible tener un panorama más claro sobre etapas y los resul- tados de las políticas de persecución penal de los crímenes de lesa humanidad. Los resul- tados de la sistematización de la información dan cuenta de las dificultades y obstáculos al accionar de la justicia, como resultante de las disputas políticas desde la recuperación de la institucionalidad democrática.

Los bajos resultados en cuanto a investigación penal, la persistencia de víctimas y or- ganizaciones en reclamar y denunciar la responsabilidad del Estado en desarrollar políticas públicas que avancen sobre la impunidad, sigue siendo una agenda necesaria.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Organizar la información aporta al análisis y a la conceptualización de los distintos momentos en que, desde el concepto de justicia transicional, es posible pensar el presente de este tema.

El investigador y docente de Derecho Penal, Pablo Galain Palermo en su artículo “La justicia de transición en Uruguay: un conflicto sin resolución” (2011)'! plantea que fue recién en el año 2005, que se inició la persecución penal de los crímenes de lesa humanidad. En su análisis señaló distintos períodos para entender los procesos de acceso a la justicia. Un primer período que denominó de “Impunidad absoluta” (1985 y 2000), un segundo período o “Modelo de reconciliación” se estableció durante el gobierno de Jorge Batlle y la formación de la Comisión para la Paz (2000 a 2005) y, recién el tercer período que iniciaría en el año 2005 sería el de “Persecución penal”. El hito, señalado por el autor, que la determi- naría fue la expresión pública, del presidente electo Tabaré Vázquez que daría cumplimien-

to al artículo 4% de la Ley de Caducidad.

El 18 de octubre del año 2002, en plena crisis económica, ocurrió el primer quiebre de esa impunidad jurídica absoluta cuando fue procesado, por el juez Eduardo Cavalli, el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco Estradé, acusado de complicidad en el secues- tro y desaparición de la maestra Elena Quinteros en el año 1976”. El ex canciller Blanco, al ser civil, no estaba incluido en la protección que brindaba la Ley de impunidad a represores policiales, militares y asimilados”.

Visualizar gráficamente este procesamiento (gráficas 1 a 4) hace que aparezca la ba- rra correspondiente a ese fallo judicial como el primer punto entre espacios de impunidad previa y posterior (hasta el año 2005). La imagen otorga contundencia a los datos y a la complejidad que los mismos encierran.

Más allá de las circunstancias de ese procesamiento y del desarrollo de la investigación judicial que finalizó con la sentencia de condena en 2010, ese primer pronunciamiento judicial fue extremadamente significativo y además de las consecuencias jurídicas tuvo un fuerte impacto simbólico y político.

11

Galain Palermo, P. (2011) Revista de Derecho Penal y Criminología, 3.a Época, n%6 págs. 221-270 véase en https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-04/justicia-de-transicion-pablo-galain-palermo.pdf 12. Elena Quinteros, maestra de 31 años militante del Partido por la Victoria del Pueblo fue secuestrada y torturada en dependencias militares. El 28 de junio de 1976 engaña a sus captores y logra ingresar pidiendo asilo político a la embajada de Venezuela en Montevideo. Los represores agreden a funcionarios y vuelven a secuestrarla. Permanece desde entonces desaparecida. Las actuaciones cómplices del Ministerio de Relaciones Exteriores de la dictadura, encabezado por Juan Carlos Blanco, constituyen un extenso y trágico prontuario del encubrimiento. Los textos completos del procesamiento del 2002 y la sentencia de condena pueden verse en https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-07/14142003.pdf 1 Texto completo de la ley 15.848 de 1986 véase en https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/le- ytemp5249633.htm

Con todas las “garantías” de la ley de impunidad (2005 al 2011)

En el año 2005 no ocurrió ningún procesamiento pero el primer gobierno del Frente Amplio comenzó a promover acciones que habían sido omitidas en todos los años anterio- res.

En junio de ese mismo año se creó el Grupo de Investigación en Antropología Forense (GIAF) a partir de un convenio entre Presidencia y la Universidad de la República y cin- co meses después, se ubicaron en un predio perteneciente a la Fuerza Aérea, los restos de Ubagesner Chaves Sosa, obrero militante del Partido Comunista, detenido desaparecido

en 1976.

La confirmación material de la existencia de enterramientos en zonas bajo control mi- litar, que sistemáticamente fue negado por los gobiernos del Partido Colorado y el Partido Nacional, desarticuló un aspecto fundamental del discurso negacioncita y reduccionista, sostenido por los líderes de ambos partidos.

En el año 2006 hubo 4 procesamientos de represores principalmente vinculados a ac- ciones en el marco del Plan Cóndor. El 11 de setiembre de ese año se procesó a Ernesto Soca Prado, ex agente del Servicio de Información y Defensa (SID) por su participación en el secuestro y desaparición de 28 personas. Los crímenes se cometieron en Argentina y Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor.

En esa misma fecha también se procesó a otro grupo de represores responsable del SID que actuaron en el marco del Cóndor: Ernesto Ramas, Jorge Silveira, José Nino Gavazzo, Ricardo Medina, José Arab, Luis Maurente, José Sande Lima y Gilberto Váquez. Se les procesó con prisión preventiva por un delito de privación de libertad al que se agregó un delito de asociación para delinquir. En la indagatoria se mencionan decenas de víctimas, sin embargo la única considerada en esta instancia fue el secuestro y desaparición forzada de Adalberto Waldemar Soba Fernández, ya que era el único caso excluido de la Ley de Caducidad que seguía vigente.

El 16 de noviembre se procesó al ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco ya procesado en 2002 por otro crimen y al dictador Juan María Bordaberry. Ambos fueron reconocidos como coautores de los homicidios muy especialmente agravados de los dipu- tados Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y del matrimonio de William Whitelaw y Rosario Barredo. El secuestro y asesinato de estas cuatro personas ocurrieron en Buenos Aires en mayo de 1976.

El 20 de diciembre se procesó también al ex dictador Juan María Bordaberry por 10 delitos de homicidio especialmente agravado, las víctimas fueron secuestradas y desapare- cidas en Uruguay durante su gobierno dictatorial (1973 -1976)",

14 Víctimas: José Arpino Vega, Eduardo Pérez Silveira, Luis Eduardo González, Juan Manuel Bricba, Fernan-

do Miranda Pérez, Carlos Pablo Arévalo Arispe, Julio Gerardo Correa Rodríguez, Otermín Laureano Montes

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Esta cantidad de represores procesados es visualmente destacable en las gráficas 1, 3 y 4 y puede apreciarse como un hito relevante a nivel cuantitativo. Como también se aprecia en esas gráficas, hasta octubre del 2020 esa cantidad de represores procesados por año no

ha sido igualada.

Ese año se produjo un cambio legal y de tipificación criminal significativo, se aprobó la ley 18.026 que tipificó el delito de tortura y el de desaparición forzada de personas. Si bien la aplicación de la ley no es retroactiva, por lo que no se aplica a los crímenes de lesa humanidad, es destacable que estos delitos se incorporaron muy tardíamente en el código penal uruguayo. Por ese motivo las tipificaciones de los procesamientos y condenas a ex represores se encuentran comprendidos con la terminología aplicada a delitos comunes como “lesiones”, “privación de libertad”, “abuso de autoridad contra los detenidos”, “secues- tro”, homicidio”, etc.

La pretensión punitiva del Estado (2011 - 2020)

En marzo de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitió un fallo condenando al Estado uruguayo en el caso Gelmán contra Uruguay. La demanda la presentó en 2006 Macarena Gelman, por la falta de investigación del secuestro y desa- parición de su madre María Claudia Irureta Goyena”. En esa sentencia la Corte afirmó la incompatibilidad de la Ley de Caducidad con la Corte Americana y la misma CIDH.

Ese mismo año, ante la posibilidad de la prescripción de los crímenes de lesa humani- dad del terrorismo de Estado, dada la vigencia de las restricciones inconstitucionales que imponía la ley de Caducidad, se incrementó la movilización social y las iniciativas de dis- tintos grupos de víctimas y militantes de derechos humanos.

Se realizaron distintas movilizaciones en que se promovieron las denuncias de delitos de tortura y violencia sexual por parte de sobrevivientes. Si bien estos crímenes estaban ampliamente documentados en investigaciones, testimonios, publicaciones periodísticas, etc., recién cobraron protagonismo luego de 25 años de recuperada la institucionalidad de- mocrática. La ley 15.848 “De caducidad de la pretensión punitiva del Estado” en los hechos funcionó como una amnistía general para los criminales de lesa humanidad e impuso una lógica que obturó las denuncias judiciales, salvo aquellas del estrecho margen que posibilitó en su artículo 4to.

En el parlamento nacional, a pesar de la oposición sostenida por los partidos Nacional y Colorado, así como de confrontaciones en la interna del Frente Amplio, se presentó y

de Oca Domenech, Horacio Gelós Bonilla, y Ubagesner Chaves Sosa. A la fecha del procesamiento se habían recuperado de predios militares los restos de Ubagesner Chaves y Fernando Miranda. 15

CIDH Sentencia Gelman vs Uruguay (2011) véase completa en https: //www.corteidh.or.cr/CF/jurispru- dencia2/ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=345

aprobó, con la totalidad de los votos de esa fuerza política, la ley La ley 18.831*% Esa norma fue promulgada el 27 de octubre de 2011 y declaró la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Su capítulo primero determinó el restablecimiento de la pretensión puni- tiva del Estado “para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado”.

Los debates sobre las denuncias de los crímenes de lesa humanidad y de sus respon- sables impunes, se profundizó en el 2011 con una activa y heterogénea participación de grupos de militantes sociales, víctimas y de denunciantes. Estos colectivos con sus acciones, cuestionaron la hegemonía de discursos y liderazgos dentro de la propia izquierda política, removiendo las estructuras que, desde la post dictadura, tenían la iniciativa en el campo de las denuncias judiciales.

El 15 y 28 de octubre se realizaron dos jornadas ciudadanas para denunciar crímenes de lesa humanidad, en las que participaron más de 150 personas de Montevideo, Canelo- nes, Maldonado y Tacuarembó”. En la convocatoria a participar de esas jornadas se expre- saba:

“Nos proponemos articular una denuncia masiva de delitos de lesa humanidad: robo de niños y ni- ñas, desapariciones forzadas, asesinatos políticos, secuestros, torturas, violaciones. En nuestro país la enorme suma de personas que como víctimas o como familiares directos han sufrido estos críme- nes en el marco del terrorismo de Estado no condice con el escaso número de denuncias efectuadas a la fecha. Las dificultades que la impunidad nos plantea ha implicado entre tantos perjuicios el desestimulo al derecho de presentar querella.” (Alonso y Risso:2015: 11)',

Por otra parte, el 25 de octubre, un colectivo de 28 ex presas políticas presentaron una denuncia colectiva por violencia sexual, denunciando más de cien represores y represoras. Fue la primera vez que este crimen se expresaba públicamente y se vinculaba a las reivindi- caciones feministas.

El 10 de octubre de 2012 con la participación y apoyo de una red de organizaciones de derechos humanos y a iniciativa de la central sindical, se creó el Observatorio Luz Ibarburu (OLD), con el cometido de sistematizar y monitorear las causas de lesa humanidad, gene- rando informes y estadísticas de seguimiento.

En su labor el OLI reunió información dispersa sobre causas presentadas en diferen- tes sedes judiciales, realizando una primera importante sistematización del estado de las mismas. Asimismo han realizado un diagnóstico de las persistentes dilaciones y dificulta- des para la persecución penal de los imputados por delitos de lesa humanidad, adoptando

16

Ley 18.831 Véase completa en https: / /legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp1687961.htm 17 Alonso, J. y Risso, M (2015) “Una acción contra el silencio. Nuevas formas de denuncia de delitos de lesa humanidad en Uruguay. Una reflexión a partir de octubre 2011”. Véase en https: //www.X uce.edu.uy/index. php/ciencias-historicas/departamento-de-historia-americana/publicaciones/6987-alonso-jimena-y-risso- mariana-2015-una-accion-contra-el-silencio-nuevas-formas-de-denuncia-de-delitos-de-lesa-humanidad-en- uruguay-una-reflexion-a-partir-de-octubre-201 1 18 Idem.

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distintas iniciativas y propuestas dirigidas al gobierno. El objetivo fue propiciar la creación de instituciones y mecanismos que facilitara los procesos. A través de un financiamiento in- ternacional al que accede en el año 2014, contrató un equipo de abogados para representar causas que no tenían patrocinio.

La iniciativa del OLI fue fundamental para la creación, el 26 de julio de 2013, del equipo auxiliar de la justicia en crímenes de terrorismo de Estado, que funciona en la órbita del Ministerio del Interior. Es desde sus primeros documentos que el Observatorio da cuen- ta de múltiples omisiones del Estado que inhiben el avance de la justicia. En un documento del año 2017 destacan cinco aspectos vinculados a la falta de transparencia, de acceso a la información y de profesionalización en la persecución penal:

“Podemos sintetizar las debilidades del sistema de control penal en cinco aspectos: no existe una justicia especializada, falta coordinación de las fiscalías, ausencia de la figura del querellante, esca- sa e insuficiente colaboración del Poder Ejecutivo e insuficiente investigación policial a pesar de que hay una Unidad Auxiliar de la justicia en el Ministerio del Interior" (OLI: 2017)

En las gráficas 3 y 4, se aprecia como en el año 2011, hay un aumento sustantivo en el número de represores procesados, por la causa de la desaparición de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman. Estos anteriormente habían sido procesados por su participa- ción en desapariciones forzadas en el marco del Plan Cóndor (2006).

No obstante, luego de ese año, los nuevos procesamientos fueron escasos, como se destaca en las gráficas 3 y 4. Entre el año 2012 y el 2018 hubo apenas 4 procesamientos, 3 de nuevos imputados y 1 correspondiente a un represor que ya había sido procesado.

Esto, que puede entenderse como un enlentecimiento de la persecución penal a re- presores menos emblemáticos contrasta con el aumento de denuncias por tortura y abusos sexuales ocurrido en los años previos.

Fiscalía Especializada - unificación de criterios (2018-2020)

En octubre de 2017 que se promulgó la ley N* 19.550, que creó la Fiscalía Especiali- zada en Delitos de lesa humanidad, que fue instalada el 22 de febrero de 2018, integrada por un fiscal y dos fiscales adjuntas”. Según informó la Fiscalía General de la Nación, en los primeros siete meses de instalación de la Fiscalía Especializada, se relevaron 220 causas de delitos de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura cívico militar (1973 -1985)?!.

Una gran parte de los indagados y de los condenados por crímenes de tortura, viola- ciones, asesinatos y desapariciones, son representados por un grupo de profesionales del de-

12 Observatorio Luz Ibarburu (OLI) https: //www.observatorioluzibarburu.org/acerca_de/

Ley 19.550 vease completa en https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/docu3402657964779.htm Comunicado público de Fiscalía General dela Nación: http: //www.fiscalia.gub.uy/innovaportal/v/6615/1/

20 21 innova.front/fiscalia-especializada-en-delitos-de-lesa-humanidad-ya-intervino-en-casi-la-mitad-de-los-casos- relevados.html

recho que han desarrollado un set de herramientas jurídicas de defensa centradas en lograr dilatorias del proceso, de forma de ganar tiempo en pos de la impunidad biológica. Cuando la acumulación de pruebas documentales y testimoniales son de una contundencia imposi- ble de eludir, el enlentecimiento del proceso judicial con “chicanas”, provocan el desgaste y el desborde de las posibilidades de juzgados no especializados.

En ese sentido, la puesta en funcionamiento de la Fiscalía Especializada permitió de- finir alguna estrategia de selección y de unificación de criterios en la persecución penal de crímenes de lesa humanidad para aumentar la eficacia. Asimismo se concentró información que se encontraba dispersa en varios juzgados de distintos departamentos del país. Esa espe- cificidad y profesionalización de la tarea permitió, entre otros avances, organizar una mejor respuesta a las estrategias de la defensa de los criminales.

El Estado tiene el deber de investigar y perseguir a los autores de crímenes de lesa humanidad, esto es un cometido central dado que la identificación de responsabilidades individuales e institucionales, se vincula a la prevención de futuras actuaciones criminales. Si bien los avances continúan siendo parciales la instalación de la Fiscalía Especializada, su actuación en este corto lapso, como evidencian los datos, da cuenta de que representó un logro notable en el marco de tender a una responsabilidad penal que sustituya la impunidad sostenida durante décadas.

La tarea judicial es central en la consolidación del estado de derecho y la democracia, por ello los ataques recientes se incrementan desde los sectores más reaccionarios de la de- recha política, expresada machacona y descaradamente en los últimos meses por represen- tantes y senadores en particular del partido militar Cabildo Abierto.

Contraponer a esas estrategias, que van desde el negacionismo a la franca reivindica- ción del rol de torturadores connotados, la defensa de una justicia profesionalizada en la persecución penal de crímenes de lesa humanidad, es un desafío.

En esa confrontación aumenta la importancia de producir información, en bases a da- tos transparentes, sistematizados y disponibles para los colectivos que luchan por memoria, verdad y justicia y para toda la sociedad. Para esta producción es importante que el estado se comprometa con su transparencia, también en el área de datos judiciales.

Es importante, también, que las organizaciones sociales y los militantes contra la im- punidad, exijan acceder a estos contenidos, para que la opacidad y el silencio que rodea el accionar de los criminales de lesa humanidad, no se extienda -en el presente- a la falta de transparencia e información incluso sobre los datos de los procesos judiciales a los que estos fueron sometidos.

Bibliografía consultada

Alonso, J. y Risso, M (2015) “Una acción contra el silencio. Nuevas formas de denuncia de delitos de lesa humanidad en Uruguay. Una reflexión a partir de octubre 2011”. Véase en: https://www.X uce.edu.uy/

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index.php/ciencias-historicas/departamento-de-historia-americana/publicaciones/6987-alonso-jime- na-y-risso-mariana-2015-una-accion-contra-el-silencio-nuevas-formas-de-denuncia-de-delitos-de-lesa- humanidad-en-uruguay-una-reflexion-a-partir-de-octubre-2011

Balardini, L (2015). “Monitorear la justicia: bases de datos sobre el avance de los juicios por crímenes de lesa humanidad en Argentina y la región” XI Jornadas de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales, Universi-

dad de Buenos Aires, Buenos Aires. Véase en: http://cdsa.aacademica.org/000-061/812.pdf

Corte Interamericana de Derechos Humanos - Sentencia Gelman vs Uruguay (2011). Véase en: https: //www. corteidh.or.cr/CF/jurisprudencia2/ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=345

Galain Palermo, P. (2011) REVISTA DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA, 3.a Época, n.06 págs. 221-270 Véase en https: //sitiosdememoria.uy/sites/default/files/2020-04/justicia-de-transicion-pablo- galain-palermo.pdf

Páginas web consultadas

Catálogo de Datos Abiertos - Uruguay - https://catalogodatos.gub.uy

IMPO - Centro de Información Oficial - https: //www.impo.com.uy

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos - https: //desaparecidos.org.uy Parlamento Nacional - https: //parlamento.gub.uy

Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente - https: //www.gub.uy/secretaria-derechos-huma- nos-pasado-reciente

Sitios de Memoria - Uruguay - https: //sitiosdememoria.uy

Observatorio Luz Ibarburu - https: //www.observatorioluzibarburu.org

De NW 4 serpaj

Montevideo, 15 de abril de 2020

Ante el procesamiento del militar Lawrie Rodríguez y una nueva afrenta del senador Manini Ríos

Hace dos días, la jueza Isaura Tórtola procesó con prisión por homicidio muy espe- cialmente agravado en grado de autor al capitán retirado Lawrie Rodríguez por el asesinato de Iván Morales, militante en la Federación Anarquista Uruguaya (FAU) Organización Popular Revolucionaria 33 (OPR “33”). Exiliado en Buenos Aires, Iván Morales viaja a Montevideo para ver a su familia. Al día siguiente es capturado y muere brutalmente tor- turado mientras era interrogado en el Regimiento de Caballería N*6. En este “operativo” participaron también Manuel Cordero (de quien se solicita su extradición ya que cumple condena en Buenos Aires) y el fallecido Gustavo Taramasco.

El pasado martes 14 de abril, el senador Manini Ríos cuestionó este procesamiento alegando que se actuó por venganza, sosteniendo que es “un atropello a los derechos huma- nos” y “que debe haber responsabilidades”.

No debe haber mayor atropello a los derechos humanos que los delitos de lesa huma- nidad (recordemos por si acaso que son imprescriptibles), cometidos por el propio Estado contra sus ciudadanas y ciudadanos, de forma sistemática y atrozmente planificada.

Y obviamente debe de haber responsabilidades: la desaparición forzada, la ejecución y el asesinato, la tortura permanente y exacerbada, el abuso, la violación sexual contra dete- nidas y detenidos, el secuestro y la apropiación de criaturas, son gravísimos delitos que no pueden quedar impunes. Ni por parte de los perpetradores ni por parte de los cómplices.

Año tras año, la cada vez más multitudinaria Marcha del Silencio, evidencia que la sociedad toda fue comprendiendo y concientizando lo que significó el período más oscuro de nuestra historia. Son más de dos décadas que las organizaciones de derechos humanos, la sociedad civil, la academia y las miles y miles de personas reclamamos verdad y justicia ante los crueles, devastadores e inhumanos delitos cometidos durante el terrorismo de Estado.

Son años de respuestas y repudio a esa falacia reiterada cada vez que se produce un procesamiento por parte de la justicia hacia quienes cometieron delitos de lesa humanidad.

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Vuelve a oírse la réplica ya conocida desde las filas castrenses, que eso no es justicia sino “odio y venganza”.

Justamente por la razón de los dichos del senador, porque estamos en un Estado de- mocrático, es imprescindible que se juzguen y condenen las atrocidades cometidas en el pasado, sin importar cuántas décadas pasen. La fortaleza democrática se forja cuando un Estado se responsabiliza de sus propios delitos: “sin justicia no hay paz”.

Es muy peligroso para la institucionalidad y el funcionamiento democrático que sur- jan estas expresiones. Es tan grave como repudiable que un senador (quien en su momento avaló la tortura y la desaparición forzada, considerando que tales hechos no afectaban la moral del Ejército), cuestione amparado en la inmunidad que le otorgan los fueros parla- mentarios, los pronunciamientos por parte de la JUSTICIA, denigrándolos a un acto de venganza.

Foto: Santiago Mazzarovich Otro 20 de mayo

Micaela Boiani | Carolina Carretero | Patricia López Paola Lorenzo | Graciela Montes de Oca!

Sin ánimos de pecar de cándidas, el contexto actual de emergencia sanitaria no era proyectado por casi ningún compatriota. Noticias que escuchábamos en los medios en ene- ro, nos parecían realidades muy distantes y disímiles, para nada proyectables para nuestro país. No obstante, en marzo los medios masivos de comunicación nos sorprendieron con

los primeros casos de COVID-19.

Este nuevo contexto trajo una serie de incertidumbres en varios niveles. Aún no son claros cuáles son los caminos y los impactos que van a tener en las diferentes comunidades, pero se vislumbra una combinación entre aumento de las tasas de desempleo, de la pobreza y exclusión, así como un desmembramiento de gran parte de las conquistas sociales del último decenio. En respuesta a este escenario, nuestro pueblo mostró su solidaridad, vimos la enorme cantidad de iniciativas barriales, de ollas populares que surgieron para intentar paliar algunas de las carencias que comenzaron a ser realidades vividas.

Integrantes de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. Graciela también integra la

Coordinadora de Apoyo a Madres y Familiares.

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Ante tal hito, tuvimos que readaptar la forma en la cual nos reuníamos, un gran desa- fío visto que implicaba no solo incorporar otros medios, sino que también que gran parte de las personas integrantes de nuestra Asociación se familiarizaran con las tecnologías de la información y la comunicación. La brecha de acceso no era un problema, al menos en términos generales, pero el uso y la apropiación implicaron grandes pasos a materializar. Gracias a las redes de contención y sus familiares más próximos fue posible.

Los días pasaban y nos fuimos acostumbrando a abrazos cibernéticos, a rondas de mate a través de una pantalla, informativos de fondo y personas que desde los hogares se sumaban a las tertulias de lunes.

En un abrir y cerrar de ojos, se nos asomó mayo. Las conversaciones giraban en torno a cómo podíamos hacer para que se materializara la 25*? Marcha del Silencio, esa gran mani- festación reclamando Memoria, Verdad, Justicia y Nunca Más Terrorismo de Estado, en un silencio más ensordecedor que mil gritos al unísono.

La gran interrogante de cómo sería esta marcha permeó en la sociedad. Diariamente nos llegaba una cantidad descomunal de mensajes por nuestras redes sociales y llamadas consultando las características que asumiría en este año. Recibimos variadas iniciativas de distintos grupos que, con su creatividad, socializaron propuestas, y desde sus conocimien- tos y experiencia práctica, permitieron que se armase esta forma innovadora de marchar.

Existía una suerte de compensación entre las medidas sanitarias que la emergencia aca- rreaba y la realización de una manifestación de cientos de miles de personas en todo el te- rritorio nacional. Ante tal disyuntiva, y con el objetivo de cuidarnos, decidimos que este 20 de mayo no fuera presencial. Intentando armar una suerte de puzle entre todas las ideas se organizó una marcha virtual bajo la consigna: “Son Memoria. Son Presente ¿Dónde están?”

El compromiso de innumerables personas logró que se transformase mayo en un mes de la memoria. Días antes del 20 veíamos los rincones de la ciudad llenos de margaritas, carteles, fotos de nuestros familiares desaparecidos, multiplicándose exponencialmente cuanto más nos acercábamos a la fecha.

Cada uno/a acompañó de la manera que supo y pudo hacerlo, con mucha inventiva; desde hacer un tutorial para armar tu margarita, carteles en sus casas hechos con el cariño que se percibe cada año. Reconocidos artistas versionaron temas y/o crearon piezas para esta fecha tan especial”. Fotógrafos se invoclucraron creando emotivos abrazos de perso- nalidades públicas a nuestros familiares en el proyecto Imágenes del Silencio”. Diferentes colectivos, cooperativas de vivienda, sindicatos, vecinos/as y todo aquel que quiso sumarse

2

“Silencio” de Spuntone y Mendaro (https: //youtu.be/tpPwO0NdpA4c); “Soy-Presente” de Agarrate Cata- lina (https://youtu.be/]NbSUI2xASw); “Carta de una abuela a su nieta” de Colectivo de Artistas (https:// youtu.be/uwpCbkFUSxI), entre otros.

2 https://imagenesdelsilencio.uy/

lo hizo interviniendo su casa, su lugar de trabajo, calles, plazas, rutas. Todo lo que la imagi- nación pueda abarcar y más.

En la plataformización de la vida cotidiana, a iniciativa de amigos y colaboradores de la Asociación, se implementaron dos páginas web. La primera de ellas, Marcha del Silencio?, se ocupó de unir en un solo sitio todas las publicaciones de redes sociales como Instagram y Twitter, etiquetadas con *+MarchaDelSilencio, +MarchaDelSilencio2020 o +MarchaDel- SilencioPresente. Fue así como logramos reunir en un solo lugar miles de publicaciones e imágenes que fueron componiendo nuestra marcha virtual.

La segunda, Vivos en nuestra memoria”, se ocupó de reunir las fotografías de los 197 detenidos/as desaparecidos/as. Invitaba a participar virtualmente a través de Instagram, descargando una de ellas, colocándola como foto de perfil para así finalmente marchar co- lectivamente a partir de una transmisión en vivo a las 19 horas del 20 de mayo. De esta manera, la virtualidad nos unió y fuimos miles marchando juntos/as.

El mismo 20 nuestra Asociación intervino la icónica Plaza Libertad, instalando las fotos de nuestros desaparecidos y la pancarta con la consigna de este año, así como con hue- llas pintadas en 18 de Julio emulando los pasos que hemos recorrido. Durante el transcurso del día, una cuantía no mesurable de personas se acercó, tomaron su fotografía, colocaron una margarita, les contaron a sus hijos/as un pedacito de historia y siguieron su trayecto

por la ciudad.

A partir de las 17 hs., y durante dos horas, realizamos una transmisión especial de Radios Abiertas, desde APU (Asociación de la Prensa Uruguaya), que fue difundida en sus redes sociales y las de Madres y Familiares. Esta transmisión comenzó con un audiovisual, en el cual se intentó reconocer el trabajo de cada año, en particular de las Comisiones de Apoyo a la Marcha del Silencio y distintos colectivos de todo el país.

Como todos los años, solicitamos a la Intendencia de Montevideo permiso para dejar libre el trayecto que recorre la marcha, desde Rivera y Jackson a la Plaza Libertad. A partir de las 18.30 hs., la transitó un camión con pantalla gigante con las imágenes de nuestros familiares. No llamamos a acompañar presencialmente ese recorrido. La calle y las veredas vacías potenciaron el silencio.

Cuando éste llegó a las inmediaciones de la plaza, se comenzó la transmisión en simul- táneo de un audiovisual con las fotos y nombres de las personas detenidas desaparecidas. Desde donde nos encontrábamos, a lo largo y ancho del país, gritamos muy fuerte presente luego de cada nombre. Se terminó entonando las estrofas del Himno Nacional.

% Marcha del Silencio. Disponible en: https: //marchadelsilencio.uy/

3 Vivos en nuestra memoria. Disponible en: https: //www.vivosennuestramemoria.com/

Disponible en: https: //youtu.be/fCkcyiew118/

6

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A las 19 hs. y a través de las plataformas de la Asociación y APU, en Canal 5 Televi- sión Nacional de Uruguay (T'NU) y sus repetidoras, Radio Uruguay y sus repetidoras, TV Ciudad, Radio M24, Emisora Del Sol, Radio El Espectador, Multimedio Plural, Radio

Cooperativa CX 30 y todos los medios que se sumaron, facilitaron la misma.

Haciendo un sucinto balance, no podemos nombrar a todas las organizaciones, colec- tivos y personas que participaron por miedo a olvidar alguna. Existieron marcas en la ciu- dad, margaritas y marchas en todos los departamentos, e incluso trascendió las fronteras. Fue un círculo virtuoso a partir de una sumatoria amplia y diversa de acciones que rompió barreras y nos hermanó en este reclamo.

Es emocionante, una vez más, reconocer que no estamos solos y que efectivamente la consigna “Todos somos Familiares” anidó en nuestro pueblo. Podríamos presentar los números de las tendencias en redes e ingresos a las páginas, pero la conclusión es contun- dente: la 25* Marcha del Silencio fue inmedible, participó una cantidad de personas que no podemos cuantificar.

Claro que fue otro 20 de mayo, extraño, desafiante, movilizador y requirió una co- construcción activa para poder ser posible. Nos permitió reconocer la importancia de la plataformización de la actividad, no solo porque cada persona podía participar desde el lugar en el que se encontrara diciendo presente, retumbando cada rincón del país y del mundo, sino porque también permite recopilar todas las iniciativas en un espacio abierto y colaborativo, manteniendo viva la memoria, apostando a una sociedad más justa y libre.

Como hace más de 45 años, movilizados por el amor de encontrar a nuestros seres queridos, reclamando Verdad, Memoria, Justicia y Nunca Más Terrorismo de Estado, se- guiremos luchando. Aún no sabemos cómo será el contexto para el 2021, y si efectivamente podremos pisar las calles nuevamente, pero estamos convencidos/as que esta otra marcha nos dejó grandes aprendizajes, que la virtualidad llegó para quedarse e implica reinventar- nos, que las ciudades llenas de margaritas serán la nueva realidad de cada mayo.

Este fue otro 20 de mayo, diferente en la forma, pero con el mismo contenido de siem- pre. A pesar del distanciamiento físico, estuvimos cerca y sentimos una vez más el cálido abrazo de todas las personas.

Equipo de Imágenes del Silencio.

196 abrazos contra el olvido Equipo Imágenes del Silencio

Imágenes del Silencio es un proyecto fotográfico que busca mantener viva la memoria de los desaparecidos por la dictadura uruguaya, en el camino por la verdad y la justicia. La preocupación por la calidad narrativa y estética de las imágenes ha sido sustantiva, como en todas las propuestas que este equipo de trabajo viene realizando desde 2014!.

La iniciativa que representó “196 abrazos contra el olvido” fue desarrollada en con- memoración de los 25 años de la Marcha del Silencio, partiendo del concepto TODOS SOMOS FAMILIARES, frase histórica de la agrupación de Madres y Familiares de Uru- guayos Detenidos Desaparecidos. Estas palabras conciben el tema de los desaparecidos, la verdad y la justicia como algo de toda la sociedad, en asociación con la esencia de lo huma- no, del derecho a saber qué pasó con la persona que uno ama, con personas con las que se compartió parte de la vida.

1 20 años de marchas (2015): Annabella Balduvino, Ricardo Gómez, Pablo Porciúncula y Cecilia Vidal; Sembrando memorias, A 50 años del asesinato de Líber Arce (2018): Annabella Balduvino, Laura D'Andrea, Ricardo Gómez, Yohnattan Mignot y Pablo Porciúncula; 196 abrazos contra el olvido (2020): Soledad Acu- ña, Annabella Balduvino, Elena Boffetta, Ricardo Gómez, Federico Panizza y Pablo Porciúncula.

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El proyecto trabajó visualmente esa idea con dos elementos: el gesto del abrazo y refe- rentes de la sociedad.

Decidimos que los retratos de las personas desaparecidas, que hasta ese momento ha- bían sido portados casi en exclusividad por sus familiares, serían abrazados por figuras pú- blicas y representantes de diferentes sectores de la sociedad.

Por un lado, el abrazo permite visibilizar un encuentro entre dos personas y de algún modo romper con la idea abstracta del desaparecido como una entelequia, trayéndolo al presente en su condición de individuo. Por otro, los referentes nos permiten llegar a un público diverso. Nuestro interés se centró en llegar a personas distintas a las que siempre han estado vinculadas con la causa de los desaparecidos.

Para ello se elaboró una lista con algunas figuras públicas, así como una lista de mujeres y hombres reconocidos en algunos sectores sociales. Se excluyó del proyecto a figuras polí- ticas a fin de no vincular la causa a ningún partido político. La diversidad fue fundamental para dar lugar a que todos pudiesen verse reflejados en ese abrazo, en abrazar una causa.

Con la intención de que el gesto del retratado fuera el elemento protagónico de la ima- gen, optamos por una técnica fotográfica sencilla en cuanto al tipo de iluminación, valor de plano, encuadre. Realizamos retoques mínimos en postproducción en niveles y contrastes a fin de asegurar la unidad visual de los 196 retratos, tomados en 27 sesiones y en distintas locaciones.

La opción por el blanco y negro pretende presentar un tiempo sin tiempo, una ficción p Pp y que permite un encuentro imposible entre dos personas de distintos tiempos, y va en línea

con la unidad visual que hace a la estética del trabajo en su conjunto.

Equipo de Imágenes del Silencio. Equipo de Imágenes del Silencio.

La dinámica en el estudio consistió en entregar al referente, al azar, uno de los 196 retratos de los desaparecidos y, a través de la reproducción de un audio breve, darle a co- nocer las circunstancias de la detención, además de proveerle información sobre el último paradero conocido, profesión y situación familiar de la persona a la que estaban a punto de abrazar?.

A los participantes se les propuso trabajar en dos líneas gestuales. Por un lado, la del abrazo a modo de encuentro con el retrato del desaparecido, y por otro, la demanda de una respuesta sobre su paradero. Sin embargo, lejos de ser una dirección artística, la propuesta fue la de abrir un espacio co-creativo entre el retratado y el equipo de fotógrafos. De nuestro lado quedaba la responsabilidad de capturar las emociones expresadas en los gestos del referente.

Finalmente, ese sentir se ponía en palabras cuando los retratados respondían a la pre- gunta ¿qué sintió al abrazar esa foto? para la realización de un video, que si bien no tuvo un rol protagónico definido al inicio del proyecto, adquirió durante el desarrollo el mismo lugar y en ocasiones incluso superó el alcanzado por la imagen fija.

Las sesiones fotográficas duraron 20 minutos aproximadamente y, para nuestra sor- presa, la mayoría de los retratos que finalmente exhibimos, basándonos en su fuerza gestual, habían sido realizados en las primeras tomas.

imagenes.del.silencio tema O

200 publicaciones TAI caidos O seguidos

Equipo de Imágenes del Silencio.

2 La información fue obtenida de las fichas que se encuentran disponibles en la Secretaría de Derechos Hu-

manos para el pasado reciente. Los textos fueron redactados por Ricardo Gómez, Pablo Porciúncula y Daniel Porciúncula, y grabados por los locutores de la Marcha del Silencio, Juan Maldonado y Graciela Escuder, con la colaboración de Alejandro Cabrera y Paola Melgar de Radio Pedal.

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Poco después de publicar la primera imagen, nos encontramos con que el proyecto ha- bía dado lugar a otro tipo de abrazo simbólico: seguidores de la iniciativa en redes sociales comenzaron a abrazar las fotografías, vinculándose igualmente con la causa?.

Entendimos entonces que el lenguaje visual había permitido abordar el tema de los desaparecidos desde un lugar distinto al tradicional, abriendo preguntas y reformulando discursos. El gesto del abrazo creó una imagen concreta del simbolismo de abrazar una causa; y la imagen se transformó en un objeto tangible del que apropiarse y replicar.

Los retratos de los desaparecidos sostenidos por referentes, algunos de los cuales poca gente vinculaba con la causa, habilitó el derecho a sentirse participe y sostener uno mismo esos retratos, considerados por muchos casi reliquias inaccesibles. En algún sentido, los retratos reflejaron una idea de apertura, algo como que 'si ellos pueden abrazarlos, yo tam- bién”.

Esta temprana apropiación, que se hizo más evidente al aproximarse el 20 de mayo, jugó un rol fundamental en la evolución del proyecto, del que muchos se apropiaron, y por ejemplo, comenzaron a llegarnos mensajes con pedidos para ser fotografiados sosteniendo los retratos de los desaparecidos. Los mensajes iban desde anónimos que manifestaban su voluntad de participar (“Hola, soy un nadie pero quiero estar en su proyecto”), hasta repre- sentantes de artistas que buscaban sumarse.

Por otra parte, aunque en muy pocas ocasiones, el gesto y las fotos tuvieron un destino distante de nuestro objetivo, al ser utilizadas con fines políticos partidarios durante la cam- paña electoral, así como con otros objetivos espurios.

Desde Imágenes del Silencio, percibimos que la apropiación del gesto del abrazo dio lugar a la democratización de esos retratos de los desaparecidos y con ello, se abrió espacio a una nueva modalidad de participación creativa, artística, que contempla distintas sensi- bilidades generacionales y posibilita un relevo en el abordaje del tema. Una adolescente lo manifestó en estos términos: “Para mi generación el tema de los desaparecidos es un paspe, pero al hacerlo digital rompieron las barreras generacionales, lo sacaron de los libros de historia [...] y a través de alguien que a uno le gusta o admira llegabas a ver y concientizarte de lo tremendo que es este tema”.

royecto Imágenes del Silencio comenzó a publicarse a través de las redes sociales Facebook, Instagram 2 El proyecto Imág; del Sil publ t del d les Facebook, Instag;

y Twitter el 6 de noviembre de 2019, alcanzando a decenas de miles de personas.

Equipo de Imágenes del Silencio.

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IR Equipo de Imágenes del Silencio.

El 10 de marzo de 2020, finalizamos la producción de 196 abrazos contra el olvido, con la entrega de la maquetación final de la muestra fotográfica que se inauguraría en la víspera de la Marcha del Silencio del 20 de mayo. Pero tres días después, la irrupción del Covid-19 en Uruguay abrió una nueva etapa para el equipo.

En coordinación con Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, comenzamos a trabajar en tres escenarios posibles según la coyuntura que podría imponer el coronavirus. Cuando Familiares decidió suspender su tradicional Marcha del Silencio, la manifestación virtual surgió como única alternativa. Las primeras acciones que realizamos desde Imáge- nes del Silencio ya iniciada la crisis sanitaria fueron orientadas a fortalecer aún más las redes del proyecto, que en ese momento rondaban los 25.000 seguidores.

El tramado que se constituyó en torno a nuestras redes nos legitimó como vocero au- torizado de las posibles acciones a desarrollar. Comenzamos a recibir consultas de parti- culares y de medios para saber qué se iba a hacer o qué hacer el 20 de mayo. Recibimos sugerencias de toda índole, e incluso tres mensajes de personas adoptadas que, desconfiadas de su identidad biológica, nos consultaban cómo proceder, ya que tenían sospechas de ser hijas de desaparecidos. Para entonces, comprendimos que la fotografía había dado lugar a

la palabra.

Focalizados ya en las redes, se lanzó la campaña de la Margarita, símbolo que represen- ta ala agrupación de Madres y Familiares, en las fotos de perfil, especialmente en Facebook.

Adicionalmente, se trabajó en un video que se presentaría el 20 de mayo en los muros de Montevideo y en la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados en homenaje a los desaparecidos. Además sería parte de la trasmisión televisiva para la manifestación virtual de ese día, que involucró a los medios estatales, las principales radios del país, TV Ciudad y radios de menor porte que configuraron una cadena de medios que sustituiría a la cadena oficial, negada días antes por el Poder Ejecutivo.

En algún caso, 196 abrazos contra el olvido fue una inspiración para generar formas de participación, de acciones directas de particulares, colectivos u organizaciones que llegaron incluso a ir a contramano de la propuesta de Familiares, que con la suspensión de la marcha pretendía evitar aglomeraciones.

Antes del Covid-19 habíamos recibido una propuesta del departamento de Soriano para trabajar con referentes locales abrazando a los 10 desaparecidos de ese departamento, que finalmente se realizó y se concretó en una exposición en Mercedes. Instalada la pande- mia, las iniciativas se multiplicaron.

El confinamiento y consecuente crecimiento del uso de las redes disparó aquella apro- piación del abrazo a lugares impensados al inicio del proyecto. La presentación de distintas iniciativas en las redes fue un denominador común.

El colectivo Jóvenes por la memoria del departamento de Treinta y Tres puso a dispo- sición los retratos de los desaparecidos para que quienes quisieran se pudiesen fotografiar sosteniéndolos, y el resultado fue publicado en la cuenta Instagram del colectivo. Hubo una iniciativa parecida hecha en distintas ciudades del mundo, realizada por uruguayos residentes en el exterior.

En Montevideo, en varias cooperativas de viviendas las fotos de 196 abrazos contra el olvido fueron un disparador o un insumo para la creación de formas de intervención de sus edificios, a la espera de la manifestación virtual del 20 de mayo, que fue presencial en espacios comunes de esas cooperativas. Los trabajos, o imágenes de la realización de estas intervenciones también fueron compartidos en las redes.

La Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT? intervino la fachada de su sede con todos los retratos de nuestro proyecto y montó una exposición en su salón de actos.

El 20 de mayo hubo decenas de iniciativas de todo tipo y si bien Imágenes del Silencio nada tenían que ver con muchas o la mayoría de ellas, nos llegaban mensajes de seguido- res de nuestras cuentas compartiéndonos sus acciones. Creaciones que iban desde hacerse fotos semejantes a las del proyecto en cuanto el gesto del abrazo, dibujar una margarita para decorar los balcones. Convocatorias a plantar margaritas en lugares emblemáticos; una marcha realizada en la Ciudad de la Costa, una manifestación frente a la casa donde

% Pasado el 20 de mayo, dicha Secretaría comenzó a realizar una muestra itinerante por el interior del país

bajo el nombre “Multiplicando Abrazos”.

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fue detenido Carlos Arévalo Arispe en el barrio Prado de Montevideo. Una canción inter- pretada desde sus casas por distintos músicos del medio y un video realizado por un joven estudiante de cine, quién por primera vez se había sentido convocado con la causa de los desaparecidos.

196 abrazos contra el olvido nació como un proyecto fotográfico para ser expuesto en tres fotogalerías a cielo abierto de Montevideo, en unas gigantografías que recorrerían algu- nos espacios públicos, como una pegatina tradicional para los muros de la capital. También en los muros virtuales de nuestras redes sociales, Instagram, Facebook y Twitter, a manera de cuenta regresiva en la que se publicó un retrato diario durante 196 días hasta llegar a la Marcha del Silencio del 20 de mayo.

La relación que se estableció en forma temprana entre las imágenes y los seguidores de las redes -y creemos que la coyuntura del Covid-19- abrió otros espacios para la difusión del tema de los desaparecidos a través de 196 abrazos contra el olvido con más de 50 proyec- ciones en muros de edificios de Montevideo, la proyección de uno de nuestros videos en la sesión de diputados el pasado 20 de mayo, la publicación como separata de los retratos en los diarios, La Diaria, La República y el semanario Brecha y en la web de Montevideo Por- tal; una intervención artística con los 196 retratos en la conferencia del PIT CNT, el uso de nuestros videos en la obra teatral 1975” en San Pablo y de alguno de los retratos ocupando el hall de un teatro en Oslo para la obra “El tiempo sin libros”. Estos fueron algunos de los lugares no pensados por dónde circuló este proyecto, además de nuestras cuentas en redes, las que alcanzaron más de 50.000 seguidores en seis meses”,

El objetivo de Imágenes del Silencio fue llegar a través de la fotografía al menos a una persona que nunca antes se hubiese planteado el tema de los desaparecidos. Para nuestra sorpresa, fueron miles los que tomaron las imágenes, las pusieron a circular y crearon a partir de ellas. Imágenes del Silencio fue, sin quererlo y dada la realidad sanitaria e histórica, un enlace entre una nueva modalidad de Marcha que se potenció y logró traspasar algunas barreras que no se había podido con las tradicionales acciones que se llevaron adelante estos 25 años.

Imágenes del Silencio continuará trabajando desde el lenguaje fotográfico el tema de los desaparecidos, sabiendo que todavía queda un largo camino por andar en la búsqueda de verdad y justicia y de una respuesta a las familias de los desaparecidos y a la sociedad uruguaya en su conjunto.

3 El proyecto fue tendencia en Twitter el pasado 20 de mayo y el último video realizado por el proyecto tuvo

más de 222.500 vistas en menos de 24hrs, con un alcance de unas 400.000, el 10% de la población uruguaya.

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ágenes del Silencio.

Equipo de Imágenes del Silencio.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

25 de junio de 2020

A 47 años del Golpe de Estado: ¡Nunca más!

El 27 de junio de 1973, las tanquetas militares rodearon el Palacio Legislativo. Milita- res y civiles en complicidad disolvían las cámaras, dando inicio a la dictadura que oprimiría durante doce años a nuestro pueblo.

La dictadura cívico-militar profundizó el proceso represivo y autoritario presente ya desde la década del *60. Significó represión, muerte y miedo. El terrorismo de Estado abrió en la sociedad heridas profundas a través de la persecución, el asesinato, la tortura y la des- aparición forzada -siendo esta parte de un plan sistemático de represión ideado para ani- quilar las ideas y voces diferentes, para acallar a quienes tenían el coraje de pensar distinto, para sembrar el terror.

Son estas heridas perpetuas, que se acentúan al desconocer la verdad, verdad que ha sido secuestrada bajo un manto de impunidad que nuevamente se intenta reforzar. Vemos con preocupación que el Ministro de Defensa cuestione las decisiones de la justicia que procesó al asesino de Berreta; desconociendo con estas declaraciones la imprescriptibilidad de los crímenes de Estado. A este hecho se suman otros, como la restitución de la placa en homenaje a Víctor Castiglioni, director durante la dictadura de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, responsable de múltiples violaciones a los derechos humanos; es bueno haber dado marcha atrás en esta decisión. Homenajear a uno de los primeros responsables de la represión sufrida representaba una afrenta no sólo a las víctimas del te- rrorismo de Estado, sino también a la sociedad que no quiere que esos hechos se repitan.

Se suceden cuestionamientos, comentarios y señales fundamentalmente desde el par- tido militar, en busca de “dar vuelta la página” planteando la idea de una ley de amnistía para los militares que cometieron crímenes de lesa humanidad, negando los reclamos del pueblo. Peor aún, desde sus sillones en el Parlamento, reivindican el Golpe de Estado y vuelven a traer al presente la idea de que el accionar de los militares fue un servicio a la Patria en una guerra contra la sedición. ¿Quiénes eran los sediciosos? Los estudiantes, do- centes, los trabajadores... La dictadura, en todo caso, fue una guerra contra el pueblo.

Por ello, reafirmamos la necesidad de saber la verdad y hacer justicia. Detrás de las aberraciones cometidas contra los derechos humanos, hay responsables, civiles y militares,

respaldados por Instituciones -fundamentalmente las Fuerzas Armadas- cuyas acciones (e inacciones) hicieron del Estado una máquina represiva, asesina, y que se aseguran incluso en nuestro presente de mantener la impunidad intacta, protegiendo a los perpetradores y reteniendo información vital para forjar la verdad. Dar vuelta la página es desconocer a sus víctimas, es negar a nuestros desaparecidos que siguen secuestrados por sus represores. Dar vuelta la página sin haber saldado la deuda con nuestra sociedad toda, es arriesgarse a permitir que estos hechos vuelvan a ocurrir.

Para que nunca más haya terrorismo de Estado, es necesario un compromiso político firme; compromiso con la verdad y la búsqueda de nuestros desaparecidos, pero también con la justicia.

Reclamar por verdad, memoria y justicia, no es vivir con los ojos en la nuca. Es recor- dar y sostener en nuestra acción a todos aquellos que dieron su vida en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria, a todos quienes dieron su vida en la resistencia contra la Dictadura Cívico-Militar.

Nuestro pueblo los sostiene y mantiene encendida esa llama de lucha día a día; en su acción solidaria, en su compromiso firme con el más vulnerable. Por eso, ante una nueva conmemoración del 27 de junio de 1973 nos sumamos a la convocatoria del Pit CNT y la Intersocial de 11 a 13 hs. en las diferentes caravanas, para recordar la Huelga General, la resistencia firme del pueblo organizado ante la Dictadura.

Por memoria, verdad y justicia: ¡Nunca Más terrorismo de Estado!

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos

MEMORIA E IMPUNIDAD

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Foto: Santiago Mazzarivich

Lo viejo, lo nuevo y lo importante

Nilo Patiño!

Al tomar estado público el contenido de los últimos tribunales de honor, mucho se ha hablado y discutido sobre cómo se dio a conocer. Cómo los consiguieron, dónde estaban, quiénes son los responsables de que hayan permanecidos ocultos, a quiénes favorecen o perjudican los textos. Pero en términos generales poco se ha discutido sobre esos conte- nidos; tan así que se han pasado por alto, a veces intencionadamente, hechos relevantes, particularmente aquellos que tienen que ver con el destino de los detenidos desaparecidos.

Trataremos en estas pocas líneas de desentrañar el proceso, para desmenuzar y separar la paja del trigo y no meter todo en una bolsa de gatos.

Desde su creación, Madres y Familiares de Uruguayos de Detenidos Desaparecidos (Familiares), ha sido punta de lanza en el reclamo para que el Estado proporcione la in- formación existente en todas las dependencias de la administración -en especial, las de las

Integrante de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos.

Fuerzas Armadas- para que se conozca el destino de los desparecidos y poder encontrar sus restos.

Esta responsabilidad del Estado aún está pendiente, a pesar de que, desde la apertura democrática en 1985 hasta la fecha, los gobiernos fueron ejercidos por todos los partidos políticos (colorados, blancos y frenteamplistas). En este larguísimo camino de más de trein- ta y cinco años, se aprecia y valora cualquier avance positivo dispuesto por los distintos gobiernos, desde el de Jorge Batlle hasta ahora.

Por supuesto que no podemos igualar en su responsabilidad a todos de la misma ma- nera. Desde el primer gobierno colorado, negando la existencia de desaparecidos, hasta el último del Frente Amplio, se ha recorrido un sinuoso sendero lleno de vicisitudes, dificulta- des y trancas. En ese camino, frente a los resultados decepcionantes, las madres fundadoras de Familiares fueron siempre persistentes en el reclamo sin claudicaciones, apoyadas cada vez más, por colectivos, organizaciones y personas de la sociedad civil.

La expresión más contundente y clara ha sido el crecimiento constante de las marchas del 20 de mayo. Manifestación ésta que, en los últimos años ha sido -sino la más grande- una de las más importantes. De ahí que es necesario reconocer que el avance o retroceso de estas causas no dependen únicamente de la buena voluntad de los gobiernos de turno, sino principalmente de esta movilización sin pausas en pos de la verdad, la justicia, la memoria y el nunca más. Cuántos interesados hay en enterrar estas causas, en dar vuelta la página, o simplemente, tratar de ignorar o de vaciar de contenido las demandas. Sin embargo, la sociedad, y particularmente los jóvenes, se han encargado de sostener la reivindicación, de la que se han apropiado como su reclamo.

El juego de la mosqueta

La “aparición” del contenido de algunos tribunales militares de honor removieron el avispero en el escenario político; el primero en hacerse público, fue dado a conocer por el periodista Leonardo Haberkon, acerca de José Nino Gavazzo y Jorge Silveira.

El otro tribunal lo dio a conocer Familiares, que lo recibió a través de un pedido de acceso a la información pública, que suministró la nueva administración que asumió en marzo de 2020.

Los procedimientos que permitieron conocer esos documentos estuvieron, sin em- bargo, signados por la opacidad y la falta de transparencia. Dejan mucho que desear en un tema de enorme sensibilidad, en el que habría que tener una actitud clara y resuelta por parte de todos los partidos políticos y especialmente de quienes dicen ser sensibles al tema. Menos aún, por integrantes de un gobierno que se golpea el pecho diciendo todo lo que ha hecho por los desaparecidos. La pobre defensa de que “hicimos más que los otros gobiernos” (lo cual es cierto hasta ahora), no invalida el hecho que no hicieron ni lo suficiente, ni si- quiera lo posible y menos aún lo necesario.

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No solo los perpetradores, los torturadores, asesinos y desaparecedores, están en las Fuerzas Armadas; allí también está, diseminada en sus instituciones y organismos, la infor- mación que necesitamos para conocer la verdad y encontrar los restos de los desaparecidos.

En el caso del tribunal de José N. Gavazzo y Jorge Silveira, su divulgación, produjo todo tipo de confusas versiones, involucrando incluso al ministro Jorge Menéndez ya se- riamente afectado por su enfermedad. En medio de la confusión apareció el ministro José Bayardi, intentando ponerse al frente de un carro que ya estaba en movimiento.

Pero el caso del tribunal de Gilberto Vázquez es injustificable en sus procedimientos.

El 8 de mayo de 2019, a través de una nota, Madres y Familiares solicita al Ministro Bayardi “Documentacion referida a todos los tribunales de honor a los que fueron sometidos José Gavazzo, Ricardo Arab, Gilberto Vázquez, Jorge Silveira y Luis Maurente”, y “Documen- tación referida al tribunal de honor a José Umpiérrez, recientemente homologado por el Sr. Presidente”.

El 13 de junio de 2019 se envía otra nota al ministro, reiterando el mismo pedido con una ampliación de la solicitud a otros documentos.

Es decir, en ningún momento, en nueve meses, hubo una respuesta ni una aclaración sobre si lo tenían y si lo facilitarían. Es claro que si se busca una documentación y la docu- mentación no se encuentra, se responde para que el interesado sepa que no fue por mala voluntad, o que no hubo una intención expresa de ocultar, o al menos de no buscar. Es claro, también, que el ministro nunca respondió, a pesar del tiempo transcurrido y de la insistencia de Familiares, a las notas enviadas, como tampoco hubo respuesta cada vez que hubo un encuentro con él. A partir del pedido del 8 de mayo de 2019, si se hubiese buscado el expediente del tribunal, a Familiares le hubiese llegado una respuesta, cosa que evidente- mente no sucedió.

Finalmente, ante otro pedido, el nuevo Ministro de Defensa, Javier García, suministró a Madres y Familiares el contenido del tribunal de honor de Gilberto Vázquez.

Y otra vez aparece la vieja mosqueta, con el fin de entreverar y embarrar la cancha: se pretendió justificar diciendo que el expediente estaba en el comando y no en el ministerio, que estaba oculto o no. Nosotros no sabemos cómo se guarda la información ni los expe- dientes en el Ministerio de Defensa, cómo son los procedimientos, pero a los efectos de lo que nos importa, son irrelevantes.

No habría que estar especulando si es una “operación”, quién la realizó y a qué intereses responde, porque se tuvo nueve meses para “desarticular la operación” suministrando en tiempo y en forma la documentación.

En todo caso, Familiares tiene la responsabilidad de poner a disposición de la sociedad toda la información y documentación relevante que posea. Poco ayudan a la búsqueda de la verdad, especialmente en temas de violaciones de derechos humanos, los razonamientos

especulativos “que doy a conocer en función de a quién beneficia y a quien perjudica”. La ver- dad no se construye seleccionando lo que se da a conocer y escondiendo lo que no nos gusta o perjudica. Esta experiencia, a veces muy amarga, queremos que sirva para las generacio- nes futuras, Esta lógica de mula tuerta, que mira empecinadamente siempre para el mismo lado, es la intención de construir un imaginario en la sociedad donde lo que nos rodea es todo lindo y bonito y el resto es despreciable. Pero ésta no es la realidad, y flaco favor le hacemos a las causas que defendemos si ocultamos lo que no nos gusta de nosotros mismos, o las cosas buenas de los demás, principalmente porque nos aleja de la verdad.

Xl nos dejan estos tribunales

Hay cosas que, por sabidas, no dejan de sorprendernos e indignarnos. Cada vez que se repasan algunos hechos, lejos de disminuir su impacto con el tiempo, toman otra dimen- sión y son más sorprendentes. Esto pasa con el relato de los asesinatos y las desapariciones hecho por los mismos autores.

Estos tribunales militares desnudan claramente que hay dos justicias, una que se aplica para cualquier ciudadano y otra para los militares. Un militar puede ser un asesino confeso de muchas personas, aun de gente indefensa (como la ejecución del maestro Julio Castro o el asesinato de María Claudia García de Gelman para robarle su bebé) y puede ser un tor- turador, un violador, pero nada de eso será juzgado en estos tribunales, porque todos estos crímenes fueron realizados cumpliendo órdenes de sus superiores. Son, por lo tanto institu- cionales, y lo que se juzga es el “honor militar” individual, o sea, la lealtad y fidelidad hacia la fuerza; lejos de condenarlos por estos crímenes, los aplauden y le reconocen su “sacrificio y esfuerzo” personal en la “lucha contra el enemigo subversivo”.

Un ejemplo es el tribunal de Gavazzo, a quien se lo condena por dejar que un camarada estuviera preso sin haber sido el participe directo de la desaparición de Roberto Gomenso- ro; o el de Gilberto Vázquez, a quien se lo condena por la fuga del Hospital Militar “perju- dicando” la palabra dada por el Comandante, el general Carlos Díaz. En ningún momento se preguntan los miembros del tribunal, por el asesinato y desaparición de un detenido o por las ejecuciones confesas por Gilberto Vázquez, de las que dice estar “orgulloso” y de las que dice que no tiene nada de que arrepentirse; o de su participación en “casi todas las ope- raciones en Buenos Aires” en que desaparecen decenas de compatriotas.

Se sabía desde hace mucho tiempo quién era el autor material del asesinato y poste- rior desaparición de Roberto Gomensoro Josman en febrero de 1973. Eleuterio Fernández Huidobro, siendo ministro, había dicho que quien estaba procesado no era el responsable y que quien había sido el autor material era otro oficial del ejército, del cual no reveló el nombre, pero era un secreto a voces que ese oficial era José Gavazzo. Este nunca confesó su autoría hasta que compareció en este tribunal. En cambio, si resulta revelador en el relato, cómo se suceden los hechos, aunque notoriamente faltan jugadores. Lo que cuenta es que cuando matan a Roberto Gomensoro en el grupo de Artillería 1 (en La Paloma) siendo

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segundo jefe de dicha unidad, comunica a su jefe, el entonces Teniente Coronel Alfredo Rubio, y los dos van al comando de la División de Ejército I (antiguamente llamada Región Militar 1) para dar cuenta del suceso al comandante general Esteban Cristi. Este decide hacer desaparecer el cuerpo llevándolo a la División de Ejército IM con asiento en Paso de los Toros. ¿Qué es lo que falta aquí? Lo primero que falta es que esta decisión no la tomo el general Cristi sin la autorización del Comandante en Jefe de la época, el general Hugo

Chiappe Pose.

En el ejército, la verticalidad en el mando y su respectiva cadena, es una de las más importantes reglas, esel principio más importante de ordenamiento de su estructura. El co- mandante de la División de Ejército l, tenía y tiene, jurisdicción sobre los departamentos de Montevideo y Canelones, pero no sobre todo el país. Para actuar en otra región o territorio es necesaria la autorización expresa de quien la tiene. Traducido: para llevar el cuerpo del asesinado y hacerlo desaparecer en las aguas del lago del Rincón del Bonete se necesita la orden del comandante en jefe del ejército y la autorización del jefe de la División de Ejército IL en aquel entonces el general Rodolfo H. Zubia.

Pero no solo falta esta parte de la cadena, sino también los que colaboraron con el Ma- yor Gavazzo. Es impensable que a Roberto Gomensoro lo cargara solo él en un jeep, hiciera 300 kilómetros, entrara al campo militar a orillas del lago, lo subiera a un bote, consiguiera piedras y un tejido que envolviera el cuerpo, para que no flotara, y todo esto en medio de la noche. Nuevamente la lógica rígida del sistema militar permite asegurar que en la muerte y desaparición de Gomensoro, Gavazzo no actuó solo. Intervino personal subalterno que trabajaba con él quien en tanto segundo comandante de la unidad era responsable de la Sección 2 (S 2 inteligencia); intervinieron directamente sus colaboradores inmediatos, un capitán que tenía funciones de S 2., el teniente 1% Tabaré Acuña (adjunto al S 2) y quien estaba a cargo de operaciones, el jefe de la Sección 3 (S 3 operaciones) el entonces capitán Ruben A. Sosa. Además, hay que contabilizar como colaboradores a quienes en el campo militar suministraron el bote, el tejido y las piedras para fondear el cuerpo, y por último a quien le dio acceso al campo militar de Paso de los Toros?.

En el mismo tribunal, Jorge Silveira, también con destino en la misma unidad (el gru- po de Artillería 1) relata cuando el Mayor Gavazzo tira una granada de gas en el calabozo a Eduardo Pérez Silveira, un tupamaro prisionero.

En mayo de 1974, Eduardo Pérez fue detenido por USACBL (Unidad de Servicio Aéreo Capitán Boizo Lanza) la unidad terrestre de la Fuerza Aérea, y trasladado posterior- mente por orden de la superioridad al grupo Artillería 1 para ser interrogado. Producto de la acción de Gavazzo, Pérez fue internado en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas.

2 "Todas estas afirmaciones y conclusiones están sustentadas en la investigación y análisis de documentación

de inteligencia militar, que realiza el proyecto universitario Cruzar (cruzar.uy)

Según testimonios de detenidos fallece, aunque nadie vio el cuerpo y “misteriosamente” desaparece del hospital. Son todos los datos que se poseen.

Sin embargo, resulta increíble que nadie haya aportado nada sobre una desaparición con evidencias múltiples. No es posible que un detenido salga de una unidad y no haya registros, cuando para entrar o salir de un cuartel cualquier persona se debe registrar en la guardia. En este caso, no se dieron a conocer los registros de entrada al hospital y tampoco de cuando sacaron supuestamente el cuerpo.

Si los que dicen que quieren colaborar, civiles o militares, tienen intención de aclarar este caso, seguramente no necesitan ni hablar con los asesinos. Desde el S 2 (inteligencia) del hospital, pasando por el encargado de reclusos, seguido por el director del hospital y terminando por el jefe de Sanidad Militar, más los mandos (léase Comandante en Jefe del Ejército), más Junta de Comandantes de la época, todos tuvieron conocimiento de lo que pasó con la desaparición de Eduardo Pérez Silveira.

Los nombres de quienes ocupaban cada cargo no son ningún secreto. Hoy es posible identificarlos y reclamar responsabilidades. Los registros no desaparecen como por arte de magia. Se podrá eliminar un registro, pero de todos los pasos van quedando constancias, y es imposible borrarlas todas. El hecho que no tengamos acceso a la información no da por sentado que no exista. Y para ejemplificar esto nos remitimos a los casos de Rafaela Fili- pazzi y José Potenza, él argentino y ella ciudadana italiana, desparecidos en nuestro país”.

¿Por qué no se presta atención a este hecho? Nadie lo hizo, ni la administración an- terior ni la actual; ni el ministro de Defensa anterior ni el que ocupa el cargo actualmente. La búsqueda no es solo excavar donde supuestamente podrían estar los restos de detenidos desaparecidos. Para encontrar a nuestros desaparecidos, en este contexto -donde los auto- res, cobijados principalmente por sus instituciones (FFAA) no dan información- es nece- sario también realizar este trabajo de investigación, relevante; a esta altura ya hay suficiente evidencia que invalida la afirmación reiterada de que, puesto que los militares no brindan la información, no se puede hacer nada. Esa postura impone un callejón sin salida que, por conclusión, se incita a renunciar a la búsqueda.

El tribunal de Gilberto Vázquez es una perla más en este collar de tribunales donde se absuelven a los culpables y se condena a las víctimas. En su cerrada defensa, para que no lo

3

El equipo dependiente del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, coordinado por Felipe Michelini, que intervino en el archivo de la Armada, Fusileros Navales (FUSNA) (2016-2020), encontró una ficha de un nom- bre que figuraba en una lista de desaparecidos. A partir de esa ficha, se pudo establecer que la pareja había sido detenida por el FUSNA en un operativo en un hotel de Pocitos, en mayo de 1977. Mediante un trabajo muy paciente de investigación, se pudo reconstruir toda la cadena desde la detención, hasta la entrega de la pareja a agentes de la policía paraguaya, el número de vuelo, la compañía de aviación y los nombres de los agentes paraguayos que los trasladaron y se sentaron en el avión al costado, para custodiarlos. Por su parte, en 2016, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAFE) identifico el hallazgo de los restos óseos en una fosa en Asunción del Paraguay.

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pongan de cabeza de turco, Vázquez afirma con total frialdad, consciencia e impunidad: “cuando tuve que torturar, torturé; cuando tuve matar maté”.

El centro de su defensa: “todo lo que hice fue por órdenes de mis superiores”, se repite con todos los oficiales que han pasado por los juzgados. En principio negando su actuación y cuando no tienen forma de zafar, declarando que eran Órdenes que recibían de sus supe- riores. Con lo que se ha echado por tierra aquello de que hubo “excesos” o que algunos “se extralimitaron en sus funciones”, la explicación “fácil y distraída” para no tocar a las fuerzas armadas y para que las autoridades no tengan problemas en su transitar por el gobierno, evitando responsabilidades.

Una de las cosas relevante de sus declaraciones, es cuando relata que en 1989, por decisión de la Junta de Generales, se le apersona un general designado por aquella para organizar una serie de atentados: “Me ha ordenado la junta de generales que prepare homi- cidios”, con la intención de amedrentar y parar los procesos en que algunos oficiales debían comparecer ante la Justicia.

Esto pasaba en nuestro país, en el mismo momento en que se producía un proceso de profundización de las libertades, y en cierta medida de afianzamiento democrático. Algo parecido sucedió en 2006, cuando, según confesó, se proponía combatir desde la clandes- tinidad, y que uno de los blancos era el propio Presidente de la República (aludiendo a Tabaré Vázquez). En forma paralela, los militares seguían ejerciendo su función con la mis- ma concepción y determinación como en épocas de la dictadura. Conservando parte del poder, sobre todo referida al gobierno de sus propias fuerzas armadas. Continuaban au- togobernándose. El exministro Yamandú Fau desconocía lo que se hacía en su ministerio, casi sin ningún poder de decisión. Esto lo admitió en oportunidad de su comparecencia en la comisión del Parlamento que investigó el espionaje militar en democracia. No se podía confiar en nadie, hasta su secretario personal era militar, explicó.

Y lo que no podían hacer “legalmente” lo hacían, o intentaban hacerlo clandestina- mente, pero siempre actuando dentro de las instituciones militares. En este contexto es que hay que poner las declaraciones de Gilberto Vázquez. Para que nadie piense que es un “lo- quito suelto”, como sugirió el general Guido Manini Ríos. En ese mismo momento, aun en actividad y ascendido al grado de coronel en plena democracia, Vázquez estaba formando a los futuros oficiales, ejerciendo la dirección del IMES (Instituto Militar de Estudios Supe- riores); nadie pensará que en los cursos educaba a sus alumnos en el respeto de la Constitu- ción, el republicanismo y la defensa de las libertades.

En su actuación, primero como capitán y luego como teniente coronel al frente del Departamento III POE (Planes, Operaciones y Enlace) del SID (Servicio de Información de Defensa), participo “en casi todas” las operaciones represivas que se hicieron en la Ar- gentina en el marco del Plan Cóndor: los asesinatos en mayo de 1976 de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo, William Whitelaw y la desaparición de Manuel LiberoX; y también en el traslado clandestino a Uruguay de prisioneros del PVP (Partido

por la Victoria del Pueblo) en el “primer vuelo”, y la desaparición de otros militantes de esa organización, 22 de ellos en el “segundo vuelo”

Todo esto tendría que ser motivo de reflexión, porque este país no necesita de mesiá- nicos como Gilberto Vázquez, salvadores designados por algún dios que le dio esa misión y ese poder. Lo que se necesita urgentemente es de fieles instituciones custodias de la Repú- blica, de los derechos y libertades que ella otorga.

La lucha constante por los desaparecidos funciona como un termómetro de la volun- tad real por encontrarlos, y deja en evidencia la diferencia entre los discursos y palabras de buena voluntad, y las acciones concretas en pos de Verdad y Justicia. Las autoridades suelen anunciar su voluntad de colaborar en esa búsqueda; en realidad se trata de la obligación que tienen esas autoridades de poner en marcha el aparato del Estado para que la búsqueda sea efectiva. No alcanza con “ayudar”. Siempre es mejor ayudar que no hacer nada; pero para resolver la búsqueda de nuestros familiares desaparecidos y restablecer la verdad se necesita una actitud firme y hacer acciones concretas que nos lleven a encontrarlos.

Hemos tratado de colaborar en esta búsqueda. Pero es necesario dejar claro que los familiares no son el centro de esa responsabilidad, no tienen las herramientas ni la potestad para hacerlo.

Sólo el Estado es capaz de resolver este problema. Además, tiene la obligación de ha- cerlo porque, entre otras cosas, fue el propio Estado el que impulsó el terrorismo estatal, utilizando a las Fuerzas Armadas como su principal herramienta. Y por esa razón el Estado debe imponerse la tarea de resolverlo.

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La causa de Roberto Julio Gomensoro Josman después del contenido del Tribunal de Honor de José Gavazzo

Guillermo Payssé*

Antecedentes

El 18 de marzo de 1973 apareció un cuerpo en estado de descomposición en las aguas del Lago del Rincón del Bonete. El cadáver era del sexo masculino, se encontraba desnudo envuelto en una malla de alambre y con piedras atadas en su interior con la intención de fondearlo.

Cuatro días después el Inspector Mayor Dr. Emilio Laca solicitó autorización para ex- humar el cadáver para continuar con los estudios del mismo. Diligencia que se llevó a cabo con la colaboración del personal del cementerio de Tacuarembó y de Investigaciones de Montevideo. En su consultorio esqueletizó la cabeza hirviéndola con agua y cal, guardando los dientes que se desprendieron de esta. El cráneo y las piezas dentales permanecieron en su poder hasta el 10 de setiembre de 2001, sin que durante ese lapso —más de 28 años- rea- lizara estudios tendientes a identificar al NN cuyo cráneo conservaba en secreto.

A raíz de una investigación realizada por Serpaj y su posterior denuncia municipal y judicial, un ex funcionario de Necrópolis aportó el nombre de Laca, quien fue interrogado en Sede Judicial y recuperado el resto óseo que estaba en su poder. Realizado el examen de ADN se determinó que pertenecía al desaparecido Roberto Julio Gomensoro Josman.

Roberto era un ciudadano uruguayo, de 24 años de edad (nacido el 30 de enero de 1949), casado, estudiante de la Facultad de Agronomía y profesor de la misma con el grado de ayudante de la Cátedra de Microbiología, militante del Movimiento 26 de Marzo y dirigente de la Federación de Estudiantes Universitarios Uruguay (FEUU). Fue detenido el 12 de marzo de 1973 en su domicilio de la calle Velsen N* 4484 por personas que se identificaron como integrantes de las Fuerzas Conjuntas”.

1

Abogado. Defensor de Oficio. Desde Serpaj, patrocinó la causa penal de Roberto. Al día de hoy, sigue siendo el abogado de la familia Gomensoro. 2 Ficha de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente: https://www.gub.uy/secretaria- derechos-humanos-pasado-reciente/comunicacion/publicaciones/ficha-perteneciente-gomensoro-josman-

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Resolución Judicial

Por sentencia dictada por el Juzgado Letrado de Paso de los Toros de fecha 06 de agosto de 2010 se decretó el procesamiento y prisión de Juan Carlos Gómez y de José Nino Gavazzo como autor y coautor respectivamente por la comisión de un delito de homicidio muy especialmente agravado (art.60 num.1, 61 num.3, 310 y 312 num. 1 y 5 del Código Penal).

En 2013, el Fiscal Dr. Fernando Pérez D 'Auría solicitó el sobreseimiento de los dos procesados y la clausura del proceso entendiendo que Gomensoro fue asesinado en Mon- tevideo en el Grupo de Artillería N” 1 del Cerro de Montevideo (denominado La Paloma) y no en la ciudad de Paso de los Toros, a donde posteriormente se trasladó su cuerpo para fondearlo y proceder a su ocultamiento en el Lago del Rincón del Bonete. El 24 de diciem- bre del mismo año, la Juez Letrado de Paso de los Toros Dra. Karen Cuadrado resolvió acoger la solicitud fiscal.

La solicitud del Dr. Perciballe

A raíz de las manifestaciones de los ex oficiales del Ejército José Gavazzo y Jorge Silvera ante un Tribunal de Honor, el Fiscal Letrado Nacional especializado en crímenes de Lesa Humanidad, Dr. Ricardo Perciballe se presentó ante el Juzgado Letrado de Paso de los To- ros de 2? Turno, solicitando el desarchivo de las actuaciones “Gómez Juan Carlos; Gavazzo, José - Homicidio muy especialmente agravado”, ficha 429-10197/2001, y el libramiento de diversos oficios, entendiendo que existía un hecho nuevo que debía ser conocido por la Justicia.

En una nota periodística publicada en el diario El Observador el 30 de marzo de 2019* se transcribían declaraciones de donde se extraía que la muerte de Roberto Gomensoro Josman se había producido en el Grupo de Artillería N” 1 ubicado en el Cerro de Mon- tevideo y que Gavazzo y otros integrantes del batallón no serían ajenos al hecho. Gavazzo reconoció que había arrojado el cuerpo de Gomensoro al Río Negro, luego de hallarlo sin vida en un calabozo del Batallón de “La Paloma”.

A diferencia de lo que surge de las actas del Tribunal de Honor, cuando se interrogó a Gavazzo en el Juzgado de Paso de los Toros si había interrogado a Roberto Gomensoro, manifestó: ”..nunca lo vi, no lo conozco, no tuve nada que ver con él, no lo interrogué no lo hice interrogar, no lo maté... no se absolutamente nada de él, nunca lo vi en mi vida... Tampoco vi quien lo mató, ni me consta que nadie lo haya matado...no es cierto que estuviera en el Grupo de Artillería cuando fue detenido Gomensoro...”

2 https: //www.elobservador.com.uy/nota/gavazzo-admitio-que-arrojo-el-cuerpo-de-roberto-gomensoro-

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El Fiscal fundamentó su solicitud de desarchivo en la obligación estatal de investigar, juzgar y condenar las graves violaciones a los derechos humanos; que surgen de: a) obliga- ciones dimanadas de su incorporación a la Organización de Naciones Unidas; b) obligacio- nes a partir de la normativa internacional aprobada por Uruguay; c) obligaciones derivadas de la aprobación de la Convención de Viena sobre derechos de los tratados; d) obligación funcional de protección de los derechos humanos e investigación de sus violaciones. A lo que sumó el derecho a la tutela judicial efectiva y derecho a la verdad: “En materia de de- rechos humanos es pacífico admitir que la obligación estatal de persecución de las graves viola- ciones a los derechos humanos se encuentra intrínsecamente imbricada con el Derecho de las victimas al conocimiento de los hechos”.

Cita el caso de la Masacre de la Rochela vs Colombia, Sentencia del 11/05/2007 (Fondo, Reparaciones y Costas) donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostuvo: Asimismo, es necesario señalar que el principio de cosa juzgada implica la intangibilidad de una sentencia sólo cuando se llega a ésta respetándose el debido proceso de acuerdo a la jurisprudencia de este Tribunal en la materia. Por otro lado, si aparecen nuevos hechos o pruebas que puedan permitir la determinación de los responsables de esas graves vio- laciones a los derechos humanos pueden ser reabiertas las investigaciones, incluso si existe una sentencia absolutoria en calidad de cosa juzgada”.

La Juez de Paso de los Toros Naama Cóccaro fue más allá de la solicitud fiscal y re- solvió declarar sin efecto el sobreseimiento dispuesto por la providencia N” 1188 de fecha 20/12/2013 respecto de José Nino Gavazzo y que se libren los oficios solicitados por la Fis- calía Letrada de Crímenes de Lesas Humanidad (Resolución N* 108 de fecha 17/06/2019)

La sentencia del Tribunal de Apelaciones

La Defensa de Gavazzo interpuso recursos de reposición y apelación en subsidio y de nulidad contra la resolución dictada por la Dra. Cóccaro (Sentencia N” 491/2020 de 19/08/2020 del Tribunal de Apelaciones Penal de 2” Turno).

El Tribunal de Apelaciones resolvió revocar la sentencia interlocutoria apelada y en su lugar desestimar la reapertura del juicio solicitada. Fundamenta su resolución en el princi- pio de non bis in ídem, *..lo concreto es que resulta materialmente imposible juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos una vez que recayó sentencia ejecutoriada a su respecto, ya sea la misma definitiva de condena o absolución, o interlocutoria con fuerza de definitiva...”. “Si se decreta el sobreseimiento opera la cosa juzgada y aplica el principio non bis in ídem y no puede ni siquiera ser expuesto al riesgo de que cualquiera de estas hipótesis ocurra mediante una nueva persecución penal”. Entiende el Tribunal que no es un hecho nuevo la declaración de Gavazzo ante el Tribunal de Honor que lo relaciona en el caso de autos en forma personal.

El recurso de casación de la Fiscalía Especializada

La Fiscalía especializada en Crímenes de Lesa Humanidad interpuso recurso de ca- sación contra la Sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de 2” Turno, estableciendo que la verdad debe fluir y “aun cuando se admita que no se pueda juzgar nuevamente a José Gavazzo por estos hechos, ello no obsta a que se establezca la verdad sobre lo acontecido, así como eventualmente adscribir responsabilidad a otros responsables”. “Se debe tener presente que la Defensa de Gavazzo solo se agravió en lo atinente a la anulación de su sobreseimiento, pero no de la reapertura de la causa”. “...una cosa es la eventual vulneración del principio non bis in ídem (hecho discutible) y otra muy distinta es negar la reapertura de la causa para conocer lo que pasó, y en su caso establecer las responsabilidades que correspondan. Pues, aun cuando se determine la responsabilidad de Gavazzo nadie sabe si actuó solo, o en forma conjunta y a la vez lo hizo ordenado/amparado por alguien”.

La Fiscalía no comparte la afirmación del TAP en cuanto no hay hechos nuevos y se refiere a un elemento que no fue objeto de la investigación y que por lo tanto pudo tener incidencia en la misma. Se formula diversas preguntas, de las que destacamos una: si el Fiscal Departamental que solicitó el sobreseimiento hubiese tenido conocimiento de lo declarado por Gavazzo ante el Tribunal de Honor ¿habría solicitado el mismo?

En su extenso y fundado escrito analiza: 1) Principio de non bis in ídem y crímenes de Lesa Humanidad; 2) Vulneración del Derecho a la Verdad y a la tutela judicial efectiva por desconocimiento de los arts. 1.1; 8.1 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 3) Errónea interpretación del art. 29 de la Convención Americana de DD.HH:; 4) Incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman vs. Uruguay y de la Resolución de supervisión de la misma. Desconocimiento de los arts. 62.3, 67 y 68.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 5) Doctri- na de los actos propios. Principio de Oficialidad y desconocimiento de los arts. 10 y 68 del CPP; 6) Principios que gobiernan la apelación y desconocimiento de los arts. 252 y 253 del CPP.

Culmina estableciendo que hay dos hechos que resultan incontrastables y que no pueden ser refutados por nadie: a) que Roberto Gomensoro fue detenido por agentes del Estado, murió en una unidad militar y su cuerpo fue envuelto con alambre y fondeado en el Río Negro y b) la extensa investigación realizada por la Justicia no pudo determinar el lugar, las causas y los motivos de la muerte de Roberto Gomensoro Josman. Menos aún quien o quienes fueron los responsables de la misma. Ante tales hechos, los familiares de la víctima tienen el derecho a saber la verdad de lo sucedido, así como a que se haga justicia. Y correlato de ello, el Estado tiene la obligación de investigar, juzgar y de existir pruebas condenar a los responsables.

La Suprema Corte de Justicia dictará sentencia y su fallo y fundamentos determinará que nuestro país enfrente una nueva condena internacional o no.

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El proyecto Sitios de Memoria Uruguay Cartografiar y conectar

Mariana Risso! | Rodrigo Barbano?

El proyecto Sitios de Memoria Uruguay y su página web: sitiosdememoria.uy surgió con la intención de aportar al desafío de avanzar en la transparencia y sistematización de la información sobre el período de actuación ilegítima del Estado (1968-1973) y de te- rrorismo de Estado (1973-1985). El proyecto sitiosdememoria.uy se encuentra disponible desde el 19 de octubre de 2019 como una herramienta más para contribuir a las luchas por memoria, verdad y justicia.

En un principio el impulso estuvo centrado en la necesidad de sistematizar, dispo- nibilizar y conectar información dispersa que permitiera la identificación de los espacios que constituyeron la red represiva durante la dictadura y en los años previos de despliegue autoritario.

La perspectiva sobre la importancia de la identificación y reconocimiento de los lu- gares represivos, se fundamentó en los impacto que esos lugares tienen en el territorio que ocupan y, de forma no menos significativa como formas de facilitar la reflexión sobre sus funciones en el presente.

A partir del apoyo de organizaciones sociales fundamentales en la lucha por la memo- ria y contra la impunidad como son Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y la Asociación de ex presas y presos políticos Crysol, se planteó en una primera etapa georre- ferenciar y mapear los lugares identificados como espacios represivos y vincularlos a otros datos como investigaciones y fuentes documentales, para hacer disponible información dispersa y desordenada.

Cartografiar la red

El propio nombre del proyecto da cuenta de su objetivo principal: identificar, visibili- zar, conectar y disponibilizar la información sobre los lugares desde donde se organizaron y cometieron delitos de lesa humanidad durante la dictadura y años previos.

1 Psicóloga, integrante de Sitios de Memoria - Uruguay. 8 8 guay.

2 Programador, integrante de Sitios de memoria - Uruguay. 8 8

Se georreferenciaron, a partir de investigaciones previas y de la producción propia, lugares de forma que visualice el despliegue territorial de esa red y, al mismo tiempo, facili- tar el acceso a investigadores y militantes locales por la memoria. Esos puntos se colocaron sobre diferentes capas geográficas como fotografías aéreas de 1966, 2003 y 2019 liberadas por Presidencia de la República en el año 2019.

La relevancia de estos lugares es importante, en un país que fortaleció bajo la doctrina de la seguridad nacional el aparato represivo policial y militar. La extensa red de espacios gestionados por distintos organismos policiales y militares, modificaron su rol y rápida- mente y, en cuestión de pocos años, los batallones, cuarteles y comisarías fueron transfor- mando su funcionamiento para convertirse en cárceles y centros de secuestro y tortura. La principal característica represiva de la dictadura uruguaya fue la prisión política prolongada y la tortura masiva sobre la población, la que fue planificada y ejecutada en esos lugares.

De los 142 lugares represivos identificados y referenciados, hay 33 que fueron señali- zados por la Comisión Especial que funcionó en el ámbito del Ministerio de Educación y

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Cultura, en el marco de la ley 18.596?; 4 lugares por el Proyecto Marcas de la Resistencia?; 6 espacios fueron señalizados por iniciativas municipales o de organizaciones de la sociedad y 1 lugar de asesinato político (Fusilados de Soca) cuenta con un memorial. Asimismo 6 lugares fueron declarados Sitios de Memoria, de acuerdo a la ley 19.641*.

Esos espacios fueron clasificados, por el proyecto sitios de memoria, en 8 categorías:

1. Centros de detención y tortura (CDyT). Esta es una categoría amplia donde se identifican aquellos lugares donde se mantuvo secuestradas personas con distintas categorías jurídicas (secuestros ilegales, procesamientos por la justicia militar, re- henes). En esta categoría se incluyen principal pero no exclusivamente Batallones, Cuarteles, Destacamentos y otras unidades militares que funcionaron durante la dictadura cívico militar y los años previos, donde fue sistemática la práctica de tor- turas.

2. Centros Clandestinos de Detención y Tortura (CCDyT). Se definen aquellos luga- res cuya infraestructura y operativa de secuestro y tortura de personas, se pretendía mantener en secreto. Se incluye principal pero no exclusivamente en esta categoría locales de grupos vinculados a la gestión de los organismos de inteligencia policial y militar..

3. Cárceles de presos/as políticos/as adultos/as. Cárceles de presos/as sociales que alojaron presos/as políticos/as, o cárceles especialmente dispuestas para la deten- ción y la prisión prolongada de personas exclusivamente por motivos políticos.

4. Cárceles de presos/as políticos/as adolescentes. Centros de internación y prisión de niñas, niños y adolescentes por problemas sociales o por conflictos con la ley penal que fueron convertidas en cárceles para la prisión de niños/as y adolescentes recluidos por motivos políticos.

5. Centro de Detención y Tortura - Hospital. Hospitales de gestión pública donde se mantuvieron presos/as políticos como formas de continuidad de la tortura o como forma de recuperar las condiciones físicas para la continuidad de los tormentos en otros lugares. Se identificó el funcionamiento en dos lugares de Montevideo de re- ferencia nacional, salas especialmente destinadas como celdas o calabozos dentro del Hospital Militar y del Hospital Psiquiátrico - Vilardebó.

6. Lugar de hallazgo y recuperación de restos humanos. Se identifican en el mapa los lugares donde se produjo el hallazgo de restos pertenecientes a personas detenidas desaparecidas. En particular se georreferenciaron los hallazgos de 30 cuerpos en

2 Ley que reconoce la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985.

Véase completa en https: //legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp3865679.htm % Marcas de la Memoria http: //www.memoria.org.uy/ Ley Sitios de Memoria Histórica del Pasado Reciente, véase completa en https: //parlamento.gub.uy/docu-

mentosyleyes/ficha-asunto/135482

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las costas de Uruguay en 1976 y 1977, los que fueron enterrados como NN, 5 de ellos lograron ser identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) como víctimas de los vuelos de la muerte.

7. Punto de apoyo. Se identificaron en ese concepto aquellos lugares que desempeña- ron funciones de apoyo logístico a operativos represivos, en particular comisarías donde no hubo detenidos políticos por tiempo prolongado.

8. Lugares de asesinato político. Lugares donde se produjo el asesinato de personas por motivos políticos, ya sea en enfrentamientos con fuerzas represivas o en opera- tivos realizados y planificados en el marco del terrorismo de Estado. En esta última categoría se comprenden eventos principalmente ocurridos en la vía pública, resi- dencias de militantes políticos, lugares de funcionamiento de grupos partidarios, etc. Se excluyen los lugares que funcionaron como centros de detención dentro de la operativa sistemática de la represión.

Luego de esa primera etapa, de identificación y clasificación, se incorporó a una base de datos las fichas de más de 400 personas detenidas desaparecidas o muertas por la acción del Estado, así como los datos surgidos de causas judiciales y procesamientos de represores. Esta información se conecta a los lugares en donde permanecieron secuestradas o presas. Para acceder a los datos de causas se inició a finales del 2019 una coordinación con el Ob- servatorio Luz Ibarburu y a partir de sus datos, se continúa en proceso de ingreso, sistema- tización, actualización y depuración de la información.

Las distintas visualizaciones de los mapas y las fichas de lugares, víctimas, causas y re- presores permiten de forma relativamente sencilla, acceder a una cartografía de una red de la represión, donde se destacan sus continuidades - discontinuidades en el presente. La tra- ma represiva se tejió en esta misma red de lugares, con protagonistas que ganaban espacios en la lucha antisubversiva y en la gestión del Estado, con una dimensión pública inserta en la legalidad institucional y, al mismo tiempo, con una operativa represiva que en realidad fue más negada que clandestina. La persecución y la tortura, por su dimensión. era un se- creto a voces.

También se generaron y fortalecieron espacios clandestinos de secuestro y operativos de coordinación regional en el marco del Plan Cóndor. Estos espacios fueron gestiona- dos principalmente por los distintos organismos especializados de la inteligencia militar y policial, como la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, el Servicio de Infor- mación de Defensa y el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas. Podría afirmarse que, la operativa y la logística del terrorismo de Estado, más que fundar redefinió y profundizó el uso represivo de los espacios.

Esos espacios, en los primeros años de la recuperación de la institucionalidad demo- crática reconvirtieron sus funciones pero continuaron en su mayoría en uso de las fuerzas

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policiales y militares, tanto como cuarteles y batallones de distintas armas, como en comi- sarías y cárceles de personas adultas o adolescentes.

Cartografiar es más que mostrar lugares en un mapa, es diseñar el campo de las dispu- tas sobre la memoria para su resignificación en los requerimientos políticos del presente.

Conectar y acceder, el presente del pasado

El presente del terrorismo de Estado se vincula a la baja disposición de ese mismo Es- tado a la apertura y organización de sus archivos así como también a destinar recursos para su acceso. En eso hay omisiones políticas junto a faltas de asesoramiento específico para el tratamiento y sistematización de datos. Por ejemplo, la importante tarea realizada por los equipos de investigación histórica que trabajaron junto a la Secretaría para el Pasado Re- ciente de Presidencia, que contó durante años la colaboración de destacados y destacadas investigadoras de la Universidad de la República, careció del cruzamiento de la informa- ción dispersa y fragmentaria.

Las fichas elaboradas sobre datos recobrados de personas detenidas - desaparecidas o asesinadas por motivos políticos, han sido un aporte muy importante a la sistematización de esos datos, sin embargo al elegir el formato para su difusión, se realizaron en una base de datos donde se publicaron pdf, una modalidad que no permite cruzar información, corre- gir errores (de tipeo, de información errónea, de actualización) de manera ágil ni generar aportes colaborativosí.

Una tarea central para colaborar con las luchas por memoria, verdad y justicia, parte de la necesidad de organizar datos y conectar bases documentales que ayuden a difundir lo acumulado. Académicas/os, militantes, víctimas, periodistas, organizaciones políticas y gremiales han realizado múltiples esfuerzos por reunir información que pueda aproximar a desarticular el negacionismo y ser fuente de prueba en juicios nacionales e internacionales. Sistematizar y vincular esta enorme producción requiere capacidades especializadas al ser- vicio de un posicionamiento político.

En el intento de procesar información compleja hay, en los últimos datos, otras impor- tantes iniciativas desde la academia y las organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de producir plataformas colaborativas que aporten análisis y vinculen la información entre sí. En esa línea el Proyecto de sistematización de información CRUZAR? y su aplicación LUISA, de la Facultad de Información y Comunicación de la UdelaR (FIC) con apoyo de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos, ha innovado con plataformas que permiten la participación ciudadana en los procesos de reconocimiento de texto de archivos de la dictadura. Hasta el momento las conclusiones que han sido posibles a partir

6 Secretaría de derechos humanos para el pasado reciente - https: //www.gub.uy/secretaria-derechos-huma-

nos-pasado-reciente/ victimas 7 Cruzar - Archivos del pasado reciente https: //cruzar.uy/

del cruzamiento de información solo son los informes de análisis que publican los respon- sables del proyecto.

Desde Sitios de Memoria - Uruguay hemos hecho esfuerzos para vincular la infor- mación entre sí, colocando en las fichas de los lugares represivos enlaces a las víctimas de desaparición o asesinato que pasaron por allí, así como mostrando las causas judiciales aso- ciadas a esos lugares y que entidades represivas tuvieron esos lugares a su cargo.

Diagrama sobre la organización y conexiones de información disponible en sitiosdememoria.uy

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ENTIDAD ss OBRAS DE REPRESIVA INTERÉS ma

ETAPAS DE CAUSA JUDICIAL

PAGINA INFORMATIVA

Este diagrama muestra cómo se vinculan entre los distintos tipos de datos incorpo- rados en el sitio web por lo que la información presentada no sólo tiene valor en misma si no en tanto se conecta con decenas de otros contenidos vinculados.

Sobre el mapa de la memoria, sus lugares y sus víctimas, se superpone el mapa de los debates histórico-políticos, la discusión por la memoria es una tensión que se ubica en el

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presente y da cuenta de la necesaria problematización sobre el uso y los límites de la violen- cia institucionalizada.

El mapa de los discursos, de los reposicionamientos, de las resignificaciones es por mo- mentos vertiginosa y compleja. El discurso político uruguayo, tradicionalmente moderado, republicano, cortés, ha sido eficaz como modalidad para revestir el horror, quizá su expre- sión más lograda es el eslogan “el cambio en paz” que propuso durante su primer gobierno de 1985 a 1990 Julio María Sanguinetti.

Esa curiosa manera elusiva y de señales cínicas que tradicionalmente mantuvo la prác- tica política uruguaya parece estarse agotando. Las prácticas del Estado terroristas se ins- criben sobre el horizonte de lo habilitado y de lo excluido en el uso de la violencia represi- va. Este escenario, marcado por sucesivas iniciativas legislativas de aumento de penas y de capacidades de acción de los organismos represivos apuntan a la legitimación del uso de la fuerza y la reducción del control legal sobre los agentes del Estado.

A partir de esa tensión surgen y se activan en el escenario político uruguayo viejos discursos con nueva fuerza, el combate a la inseguridad y el delito, justifican y habilitan la aprobación de leyes que permiten una mayor desregulación y control sobre la violencia ejercida por agentes del Estado. Se abren nuevos espacios a propuestas explícitamente vio- lentas y autoritarias, las que oscilan en la coalición del gobierno, entre la teoría de los dos demonios y el negacionismo de los crímenes de lesa humanidad. Algunas figuras han direc- tamente reivindicado el papel represivo del terrorismo de Estado y de sus figuras.

Senadores piden amnistía para militares procesados, se recolocan placas de homena- je a connotados torturadores, reaparece el anticomunismo como si se intentara revivir la Guerra Fría aprovechando el discurso de odio para agitar viejos fantasmas. Se reaviva en forma descarnada la acusación a los militantes sociales y a las víctimas de que sus reclamos de justicia es tener sed de venganza?.

La disputas por lo que se permite y tolera en el discurso político es un eje de ten- sión provocado por el surgimiento de los discursos e iniciativas de los representantes de la ultraderecha militarista uruguaya. Ese escenario desafía la agenda de defensa de derechos humanos, por lo que es imposible desconocer que el reconocimiento e investigación de los crímenes del terrorismo de Estado, se vincula con las luchas por poner límites al desborde represivo y la persecución en el presente.

$ Verdeclaraciones en prensa de Guido Manini Ríos https: //www.elobservador.com.uy/nota/manini-sobre-

familiares-si-no-hay-un-enemigo-presente-no-tienen-razon-de-existir--2020929171724

Foto: Héctor Tierno

¿X] pasa en Uruguay con la ley de sitios de Memoria?

Malena Laucero | Efraín Olivera '

Una mirada sobre los sitios

En 2018 se aprobó en Uruguay la Ley 19.641 denominada Sitios de Memoria Histórica del Pasado Reciente, con el fin de proteger y promocionar el trabajo de los Sitios. El sentido societario de estos lugares no es solo el de recordar y condenar las atrocidades allí cometidas por y en nombre del Estado, sino que lo primordial consiste en ser espacios de reflexión y conocimiento de los móviles que llevaron al poder a hacer uso, como forma de castigo so- cial, de una aberrante represión de sus opositores. Estos son los hechos que la sociedad debe preservar del olvido y que encuentran en los sitios de memoria un lugar donde hacerlo; y es socialmente necesario porque los móviles que empujaron hacia la dictadura, siguen estando y persisten en retornar, aunque claro está, en nuevos formatos.

La ley surgió por iniciativa y esfuerzo empecinado de la sociedad civil, que siguiendo las Recomendaciones elaboradas en 2012 por el Parlamento del Mercosur (Parlasur), elabo- el anteproyecto de ley desplegando una fuerte participación.

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Miembros de Serpaj Uruguay, integrantes de Comisión Sitio de Memoria 300 Carlos (Infierno Grande).

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Los lineamientos de las recomendaciones fueron el resultado de una consulta a organis- mos estatales y organizaciones de Derechos Humanos de los respectivos países, que recogió las diferentes experiencias y conceptualizaciones realizadas con los Sitios de Memoria en la región. De esta manera se elaboró una propuesta de Política Pública común de sitios de me- moria; una experiencia novedosa y pionera de construcción interestatal. Este intercambio de enfoques, procederes y sentires fue configurando una mirada diferente y produciendo nuevos saberes y conocimientos, los que demandaban nuevas denominaciones y definicio- nes. Lo específico para un país no lo era para el vecino, por lo tanto la definición de sitios de memoria que surgiera de este contexto tenía que poder expresar las diferentes experiencias, por lo tanto debía ser amplio.

Si bien el esfuerzo regional por construir herramientas comunes que facilitaran la coo- peración y el intercambio fue muy importante y significó un fuerte impulso a los procesos nacionales de creación e implementación de políticas públicas de Memoria, las experiencias y el anclaje social del tema fueron y son muy diferentes.

En los países de la región (y del Mercosur) los primero sitios de memoria identificados fueron los lugares creados por el sistema represivo de las dictaduras de los años 60 y 70 como lugares de detención de los adversarios políticos en búsqueda, según decían, de in- formación sobre su accionar. Para ello, implementaron una variedad de métodos brutales y denigrantes de tortura física y psíquica. Estos sitios fueron en su momento la imagen rotun- da del horror; testimonios indiscutibles de los delitos cometidos por las fuerzas represivas de los estados nacionales, la denuncia de estos hechos no eran creídos por una buena parte de la sociedad, no eran humanamente concebibles.

En Uruguay los sitios de detención y tortura fueron alojados en centros militares, cuar- teles en su mayoría, pero también en dependencias policiales y viviendas apropiadas ilegí- timamente para esos fines.

La manera en que la sociedad resuelve los conflictos con el pasado, tema que a veces parece tan alejado de las preocupaciones cotidianas por la sobrevivencia, son en realidad de enorme trascendencia porque son producto de las ideas y valores que dan forma y mueven las diversas esferas del Estado. Si es de importancia reflexionar socialmente sobre cómo se satisfacen las necesidades más inmediatas; tanto o más debiera ser el reflexionar sobre ese ámbito invisibilizado de las ideas que las sustentan; las que entre otras cosas por ejemplo, inducen la participación social o la dificultan, especialmente de atender cuando introducen el castigo y el miedo con legitimación institucional, como formas de moldear y controlar los genuinos y humanos deseos de convivencias más equitativas; como sucedió en dictadu- ra de manera extrema y moderada y con disfraces en el presente.

Muchas veces nos hemos preguntado cómo es posible que nuestra sociedad de pos dictadura no haya promovido, como era de esperar, una investigación o un debate sobre los delitos políticos (y económicos) perpetrados en dictadura; o que no haya emitido una clara condena pública de esos hechos y sus perpetradores.

Seguramente sean muchas las razones, pero algo parece claro y es que los sitios de me- moria tienen por delante un enorme desafío: recuperar el debate y la reflexión del pasado pero también alertar sobre la fragilidad de nuestras democracias, cuestionar el anclaje de ciertas convicciones como que “no son posibles los retornos o que los hechos aberrantes del pasado no pueden repetirse”; sin embargo, hoy Europa nos está mostrando con el resurgir neonazi, que es posible. El famoso grabado de la socialista alemana Káthe Kollwitz, del joven con el brazo en alto gritando “Nunca más guerra/ Nie wieder Krieg” que desde 1924 recorre el mundo, nos recuerda que el “nunca más” no es un mandato sino un deseo que se construye con reflexión y conciencia.

Historia del proceso como contexto

Desde el año 2016 que grupos organizados de la sociedad civil comenzara a impulsar con fuerza una ley de protección de los sitios de memoria en Uruguay, Serpaj viene informan- do cada año: desde las discusiones y debates originarios sobre los cometidos de una ley, en 2016; pasando por su elaboración participativa de parte de organizaciones y grupos de ciudadanos comprometidos y su posterior debate en la Cámara de Senadores, en 2017; su aprobación por amplia mayoría el 13 de julio de 2018; el primer año de gestión de la ley por parte de la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM), en 2019 y en el presente informe, sobre el segundo año de actividades orientadas por la Ley 19.641 de Sitios de Memoria.

En el Informe Anual del pasado año? hemos descripto detalladamente los cometidos fundamentales de la ley: la forma de organización adoptada, la representación de la socie- dad civil y de los órganos del Estado, la forma de trabajo, los avances logrados y las dificul- tades que se presentaron. De manera que no comentaremos aquí estos temas, remitiéndolos a los respectivos informes anuales mencionados.

En marzo de 2020 dos hechos marcaron un cambio de rumbo importante en la so- ciedad uruguaya: el cambio de gobierno por un lado y la entrada de los primeros casos de contagiados con el virus Covid 19, que indicaban la propagación de la pandemia en nues- tro país. Si bien las consecuencias no fueron tan difíciles como para los países vecinos, la actividad económica y social se vio fuertemente restringida.

El trabajo de la Comisión Honoraria de Sitios de Memoria en este año

La Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM), órgano de imple- mentación de la Ley 19.641 es en escala menor un reflejo bastante aproximado del trata- miento que el Estado y la sociedad dan a los sitios de memoria: allí se expresa con cierta claridad tanto el conflicto como el comportamiento de las partes. A manera de síntesis podríamos decir que en estos dos años de funcionamiento de la CNHSM y de la Red de

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Derechos Humanos en el Uruguay. Informe 2019. Págs. 100 a 114.

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Sitios de Memoria, el Estado no mostró un compromiso con el tema ni tuvo una actitud activa de promocionar el trabajo de memoria en los Sitios como prevé la ley, sino que se restringió casi exclusivamente al reconocimiento formal de sitios y la colocación de placas de memoria; mientras que la Red de Sitios de Memoria, con enormes esfuerzos y mucho viento en contra, no logró el fortalecimiento necesario de la articulación, aunque algunos sitios de la red lograran importantes avances.

Para el trabajo de la Comisión Nacional Honoraria las restricciones epidemiológi- cas implementadas significó, al igual que para la mayoría de la sociedad, un cambio en la modalidad de trabajo, con todas las dificultades técnicas, imaginables y no, que impuso la implementación repentina del trabajo a distancia.

Con el cambio de gobierno, también cambiaron en la CNHSM los tres representantes del Estado: se incorporaron el Lic. José Cozzo por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y el Dr. Aldo Marchesi por la Universidad de la República (UdelaR), sigue al mo- mento pendiente el nombramiento del representante de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).

Las restricciones sanitarias llevaron a la CNHSM a reducir el ritmo de encuentros, lo que no impidió avanzar en asuntos de funcionamiento interno. Algunos temas pendientes señalados como importantes en el primer informe de actividades presentado por la comi- sión en diciembre del 2019 no pudieron ser retomados y concretados, por ejemplo se siguió trabajando durante el segundo año de gestión sin un plan de trabajo y sin un presupuesto. Como ya señaláramos anteriormente, un plan es un instrumento técnico que expresa en acciones objetivos políticos, por lo tanto es un tema de disputa de intereses y altamente conflictivo.

Declaración de Sitios de Memoria y colocación de placas en 2020

Este año se reconocieron 3 Sitios de Memoria. Dos de ellos correspondían a Espacios de Memoria: 1) el Museo de la Memoria y 2) el Centro Zelmar Michelini, ubicados ambos en la ex Quinta de Santos en Montevideo. El 3) el Memorial a los Desparecidos ubicado en la rambla Carlos Federico Saez en ciudad de Mercedes, Soriano*.

Placas colocadas: solo una, en reconocimiento a la sociedad afro-uruguaya en el Ba- rrio Ansina (Reus al sur) el 14 de enero del 2020.

Placas aprobadas, pendientes de colocación: 1) ex Cárcel de Mujeres (Cabildo) en Montevideo; 2) en Memoria a las víctimas del accionar represivo en Los Vagones en Ca- nelones; 3) homenaje a la profesora Nilda Sabalzagaray asesinada en el Batallón de Trans-

misiones N*1 en Montevideo; 4) en el ex Servicio de Información de Defensa (SID) hoy 2 Enoctubre de 2020 fue cambiado con los votos de los ediles blancos y colorados de la Junta Departamental de Soriano el nombre del tramo de la rambla donde se encuentra el Memorial a los Desaparecidos. Se le deno- minó Pascasio Báez Mena, peón rural asesinado por el MLN-Tupamaros en 1971.

sede de la Institución Nacional de Derechos Humanos Montevideo; 5) en el Museo de la Memoria (MUME) en Montevideo; 6) en el Centro Zelmar Michelini en Montevideo; 7) a las víctimas de la Masacre del 14 de abril de 1972, calle Amazonas 1440 en Montevideo; 8) en la ex sede de la Jefatura de Policía de Montevideo; 9) en Memoria de las víctimas del accionar represivo del Grupo de Artillería N*5 en Av. Burgues entre Estanislao Vega y Ortiz de Zárate en Montevideo; 10) en Memoria por la desaparición de Manuel Sobrino, se colocará en el muro del Molino de Pérez en Montevideo; 11) en Memoria a las víctimas del accionar represivo en el cuartel de Rocha;12) en Memoria a la solidaridad y resistencia en la Guardería Andresito Guacurari en Ciudad Vieja, Montevideo.

Placas profanadas o robadas: 1) La placa del Chalet Susy, denunciada como profa- nada. Según las averiguaciones realizadas, se trataría de un robo por el material (bronce). 2) La Junta Departamental de Canelones emitió un comunicado el 17 de junio del 2020 repudiando el acto de violencia y vandalismo contra la placa en homenaje a los hombres y mujeres que resistieron la dictadura cívico militar ubicada frente al frigorífico Comargen.

El dilema y sus salidas

El presupuesto fue un tema que ocupó un lugar central en la agenda de trabajo de la Comisión Honoraria de Sitios de Memoria (CHSM); reactualizando la discusión iniciada en 2019, a raíz de diferentes interpretaciones de la Ley 19.641 de Sitios de Memoria.

Quizás sea pertinente recordar, que fueron las organizaciones de la sociedad civil las que al elaborar el anteproyecto de ley de sitios, decidieron y solicitaron a la Institución Nacional de Derechos Humanos que fuera ella el órgano rector de la ley y por tanto, la que presidiera la CNHSM y recordar también que, los dos primeros años, se trabajó sin presupuesto.

La discrepancia de interpretación planteada no era un asunto menor ya que estaba en juego el presupuesto para el trabajo de los Sitios previsto en la ley. La Red de Sitios, parte integrante de la CNHSM, así como los abogados que asesoraron durante el proceso de elaboración del anteproyecto, que fuera enviado al parlamento luego aprobado, sostenían que la legitimidad del presupuesto emanaba del articulado de la ley y que así había sido pen- sado y diseñado. La otra lectura, sostenida por la presidenta de la CNHSM, la Dra. Mota, interpretaba en cambio, que la ley solo preveía un presupuesto para la CNHSM, pero que no mencionaba explícitamente un presupuesto para el trabajo de memoria, investigación y difusión que le compete a la Red de Sitios.

La Ley 19.641 estipula en su art.10 las competencias de la CNHSM, Allí menciona además de las “tareas relacionadas a la recepción de solicitudes de sitios de Memoria... “pro- mover la conformación de Comisiones de Sitio”... y en el art.13: “coordinar con la Red de Sitios

% Integrada por 9 miembros: 3 de la Red de Sitios, 2 de organizaciones sociales y 4 representantes del Estado

(entre los cuales está la INDDHH que ejerce la presidencia).

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el desarrollo de actividades, de memoria, investigación, educación y promoción de derechos humanos en los lugares declarados Sitios de Memoria...” y en el art.15: “Promover la red de sitios y los sitios que la componen... Sin embargo, la Dra. Mota se aferraba al argumento de que la ley no lo decía con claridad. Consultas que efectuamos a juristas manifestaron que en el lenguaje la no mención se debe a que se da por sobreentendido. Era claro que la dificultad era política.

Trabados en esta situación, donde no se visibilizaba una salida, la Red de Sitios de Memoria desplegó un enorme trabajo de contactos, encuentros, consultas con especialistas, de discusiones y debates en su seno que imponían definiciones y toma de decisiones. En agosto de 2020 envió al presidente de la Institución Nacional, Dr. Wilder Tayler, una nueva petición, ámbito dispuesto por la ley, donde se le pedía reconsiderar la posibilidad que la institución incorpore una línea presupuestal, necesaria y posible, que haga factible el trabajo de los Sitios de Memoria.

La buena disposición del presidente facilitó finalmente encontrar un atajo aceptable para ambas partes: se acordó incorporar al presupuesto de la INDDHH una solicitud de presupuesto para los trabajos de Memoria dispuestos en la ley; y aunque el monto acordado es muy reducido, le permitiría a los sitios realizar al menos una parte del trabajo previsto en la ley. La solución encontrada fue solicitar un presupuesto para implementar un fondo concursable a semejanza de los elaborados por el MEC.

Al momento del cierre de este artículo”, los integrantes de la CNHSM continúan rea- lizando contactos y solicitando entrevistas con la Comisión de Presupuesto del Senado, así como con senadores y senadoras, con el fin de informarlos acerca de los cometidos de la Ley 19.641 y la importancia del obtener un presupuesto.

Una reMexión necesaria

La situación y discusión en torno al presupuesto merecen algunas reflexiones. Como miembros del Sitio de Memoria 300 Carlos (Infierno Grande), estudiamos y analizamos el tema presupuestal, conscientes de que es allí donde se expresa la verdadera voluntad po- lítica. Por esta razón, y para respaldar jurídicamente nuestros argumentos, recurrimos al asesoramiento del Dr. Óscar López Goldaracena.

Si bien en la Comisión del Sitio 300 Carlos (Infierno Grande) teníamos claro que el tema del presupuesto era un tema político y no jurídico, el propio desarrollo de la discusión nos fue llevando por otros caminos. La situación real era que la ley plantea que el presu- puesto de la Ley 19.641 debe ser presentado en el presupuesto de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

3 1% de Noviembre de 2020.

Para saber dónde estábamos parados, debíamos entender el funcionamiento de la Ins- titución Nacional. Entendiendo que se encuentra en la órbita del Poder Legislativo y por lo tanto, en su presupuesto; que no tiene autonomía constitucional como los entes autó- nomos y que fue creada bajo los Principios de Paris de las Naciones Unidas; que uno de los principios (fundamental y conflictivo) es el de la autonomía financiera, al que se le otorga un lugar destacado para cumplir con la función y poder ser reconocida como institución. A esto se comprometen los Estados cuando firman el acuerdo con las Naciones Unidas.

Si el Estado condicionara el presupuesto, sea reduciéndolo o negándolo, no estaría cumpliendo con lo establecido y la institución perdería el estatus otorgado, entrando en revisión. Cada 5 años las instituciones son sometidas a control, correspondiéndole a la INDDHH uruguaya en el año 2021.

Según los Principios de Paris la función de las instituciones de derechos humanos es la de monitorear las políticas públicas de los gobiernos desde la perspectiva de los derechos humanos, entendiéndolas como “las defensoras de la ciudadanía, cometido y sentido de su trabajo y a ella se deben”.

Al poder político no le gusta que se lo controle y las instituciones de derechos huma- nos fueron creadas precisamente con ese fin: controlar al poder político. Por eso frecuente- mente, una forma efectiva de evitar ese control es hacerlo a través del presupuesto.

A modo de ejemplo, si la Ley 19.641 estuviera bajo la órbita del Ministerio de Educa- ción y Cultura y éste decidiera no otorgarle un presupuesto, ¿qué haríamos? Obviamente recurriríamos a la INDDHH y ésta a su vez le reclamaría al Estado, es decir, jugaría su rol de defensora de los intereses ciudadanos. Pero lo complicado de la situación es que, quien no incluye en su presupuesto una partida presupuestal que garantice los trabajos de los sitios previstos en la ley, es precisamente la INDDHH. Aquí tenemos un dilema: ¿qué hacer? ¿adónde recurrir para reclamar? Hasta ahora solo vislumbramos dos caminos: el Parlamento y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En medio de estas reflexiones, durante los meses de setiembre y octubre, la INDDHH fue objeto de críticas por parte de la prensa y personajes de la política que pusieron en jaque a la institución, cuestionando con acusaciones (algunas verdaderamente miserables) su re- putación, lo que generó una amplia cadena de apoyos a nivel nacional e internacional, entre

las que estaba la de la Red de Sitios.

Tal como dijimos, el presupuesto es un tema altamente político. Por lo tanto, nuestra postura como ciudadanía es de apoyo a la existencia incuestionable de la INDDHH y por lo tanto de la partida presupuestal que ésta necesita para su funcionamiento.

Como miembros de un sitio de memoria, hemos planteado y lo seguimos haciendo, que le corresponde a la institución solicitar el presupuesto para el trabajo de los sitios, de no hacerlo estaría incumpliendo con el mandato que le da la ley, colocándose en falta. Es la ley, emanada del poder legislativo la que la ubica en la INDDHH, órgano inserto en el

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Poder Legislativo, y que por lo tanto será quien probablemente tenga que ver cómo compa- tibiliza entre lo mandatado en la ley a los sitios de memoria con la falta de su presupuesto. La solución presupuestal encontrada con la institución, aunque insuficiente, fue vista por la Red de Sitios de Memoria como un paso gratificante porque dio señales esperanzadoras de trabajo futuro.

de | NW 4

serpaj Montevideo, 14 de setiembre de 2020

A la ciudadanía en general

Ante los reiterados ataques, algunos técnicos pero de clara finalidad política, hacia la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) por su legítima intervención en defensa de los derechos ciudadanos, el Servicio Paz y Justicia manifiesta su total respaldo a la actuación de la Institución por su rol de salvaguarda de los derechos humanos en nuestro país.

Este proceso de deslegitimación no se da en un marco aislado, sino que se produce en un momento de cuestionamiento de los derechos adquiridos.

La INDDHH fue creada siguiendo los lineamientos internacionales de Naciones Unidas conocidas bajo el nombre de los principios de París, y debe ajustarse y lo hace, a la normativa allí expuesta. De este modo, responde a los mecanismos de transparencia en la selección y evaluación de cada uno de sus miembros, cuya idoneidad e imparcialidad ha sido respaldada por el Parlamento y las organizaciones de la sociedad civil. Su actuación, desde el momento de su creación hasta la fecha, ha sido consistente con su misión de velar por la promoción y protección de los derechos humanos en el Uruguay.

Reviste extrema gravedad que actores particulares del sistema político pongan en duda estos aspectos, deslegitimando el trabajo de las instituciones creadas con la finalidad de otorgar mayores garantías a todas las personas y colectivos integrados a la sociedad uru-

guaya.

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Montevideo, 15 de julio de 2020.

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos quiere expresar su repu- dio a los injustificados ataques que ha recibido la INDDHH en los últimos meses, sem- brando la desconfianza sobre su competencia y sobre su accionar.

Nuestra organización junto a otras organizaciones de la sociedad civil, impulsó en su momento esta idea: la necesidad de una Institución independiente que tenga como come- tidos fundamentales “la defensa, promoción, control y protección en toda su extensión, de los derechos humanos reconocidos por la Constitución de la República y el Derecho Inter- nacional” como una garantía para la democracia y para impulsar y aconsejar los esfuerzos que deben hacer los estados para mejorar la realización efectiva de los derechos humanos en todo el quehacer estatal”.

La INDDHH fue creada por la Ley 18.446 en 2008, votada por la unanimidad de los legisladores, e instalada en el período siguiente. Su autonomía es la característica principal para cumplir su función, y es lo que molesta y centro de las críticas.

De los distintitos ataques, el que motiva esta nota es el malintencionado editorial del diario El País, sobre la inutilidad de tener un instrumento de este tipo. No sorprende su postura. Fue el diario que apoyó la dictadura cívico-militar en 1973. Nunca fue un medio de prensa que abogara por una sociedad democrática ni por el respeto de los derechos hu- manos ni por la defensa de la Constitución de la República. Hizo oídos sordos y se negó a nuestras denuncias sobre el secuestro, tortura y desaparición de nuestros familiares, antes,

durante y después del Golpe de Estado.

Nosotros seguimos apostando a reforzar los instrumentos que nos protejan como ciu- dadanos, en el goce y protección de todos nuestros derechos.

La Institución Nacional de DDHH y defensoría del pueblo, fue creada para avanzar en este terreno. Sus cometidos fundamentales, “observar y controlar la realización efectiva de los derechos humanos de todo el quehacer estatal y, además, intervenir en denuncias sobre violaciones a los derechos humanos, implica una expansión de las salvaguardas existentes”,

Su vínculo con las organizaciones de la sociedad civil, su autonomía y trabajo profe- sional y comprometido, debe ir unida al respeto de los parlamentarios y gobernantes para escuchar y considerar sus aportes.

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos

Los Vaivenes de una placa: puja de Memorias

El 16 de junio del corriente, se restituyó la placa en homenaje al Inspector Víctor Cas- tiglioni, por iniciativa del Director Nacional de Policía Diego Fernández.

Castiglioni, quien fuera Director Nacional de Investigación e Inteligencia (DNI) y uno de los fundadores de los Escuadrones de la Muerte, era conocido a fines de los años 60 por su accionar implacable contra el Movimiento de Liberación Nacional (MLN Tupama- ro). Como director de inteligencia policial mantuvo su cargo durante toda la dictadura. Pasó a retiro en 1985 y murió en el año 2000.

Meses después de su muerte se colocó en su honor una placa en el Salón de Actos de la DNII, ubicado en la esquina de las calles Maldonado y Paraguay, en Montevideo.

En 2016 la placa fue quitada del lugar por orden del Ministro Eduardo Bonomi, en el mismo acto en que las víctimas que sufrieron torturas en ese lugar, colocaban una placa en el exterior del edificio, recordándole a los transeúntes “que esa no es una esquina cualquie- ra..., fue un lugar de horror y que así hay que recordarlo.

El ministro aclaró que la placa ya había sido quitada por orden de la Ministra Daisy Tourné, pero que, sin que nadie lo notara, habría sido restituida permaneciendo en el lugar, hasta el 2016.

El 17 de junio de 2020 un grupo de victimas del ex centro de torturas que funcionó en la DNII envió una carta al actual Ministro del Interior Jorge Larrañaga, exigiendo quitar la placa que conmemoraba a alguien acusado por múltiples violaciones a los derechos huma- nos, cuestionándose qué valores pretendía transmitir la Policía Nacional con la colocación

de la placa.

El 20 de junio, después de fuertes críticas (algunas incluso provenientes de su pro- pio partido), el Ministro Larrañaga tuvo que dar marcha atrás y decidió retirar la placa en homenaje a Castiglioni de la DNII, porque según dijo, “no era momento de divisiones ni enfrentamientos”.

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Montevideo, 13 de octubre de 2020

Comunicado de Prensa

La Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos cita a esta conferencia de prensa para denunciar ante la opinión pública, que estamos siendo blanco de ataques a la moral de nuestros integrantes y lo que es más grave a nuestros fami- liares desaparecidos.

No se trata de una novedad. Han sido diversas instituciones, colectivos y personas las y que ya hemos pasado por estas lamentables experiencias.

En este largo camino, y sólo por recordar algunas, debemos citar las amenazas y extra- ños hurtos que han sufrido abogados, fiscales, periodistas y militantes sociales, el “robo” en el Giaf, las múltiples amenazas de parte del autodenominado Comando Barneix, el van- dalismo sobre los sitios de memoria e incluso el ataque a nuestros hogares y a nuestras personas.

Pero es notorio que últimamente los discursos revisionistas del accionar del Terroris- mo de Estado, la defensa cerrada de los criminales de lesa humanidad, el ataque al sistema de justicia y especialmente a la Fiscalía, dan marco a un salto cualitativo en el conocido y trillado sendero del ocultamiento, la mentira y la utilización del miedo.

Estos discursos de odio, no provienen únicamente de oscuros manipuladores de las redes, sino también desde editoriales de prensa, espacios radiales y, muy lamentablemente, desde el Senado de la República donde se nos acusa de buscar a nuestros familiares no mo- vidos por el amor a nuestros hijos, hijas, padres, madres, hermanos y hermanas, esposas y esposos, sino guiados por el odio. Acorde con esta arenga, sus seguidores, envalentonados, llegan a planteos tan vergonzosos como el del aspirante a alcalde de Nueva Helvecia quien se ha dado el lujo de afirmar que no hay que buscarlos más porque nuestros familiares “están en el agua” y que el único error que cometieron fue no matarlos a todos.

“Cree el ladrón que todos son de su misma condición”, podríamos contestarles.

Se olvidan que nuestra Asociación ha respetado y recorrido siempre los caminos que ofrece el sistema democrático en el que vivimos. Si lo que les molesta es que busquemos a nuestros familiares detenidos desaparecidos, el problema no somos nosotros. Si lo que les

molesta es vivir en un estado de derecho, el problema no somos nosotros. Si les molesta que el pueblo tenga memoria, el problema no somos nosotros. Si les molesta que existan estándares internacionales en materia de derechos humanos ratificados por nuestro país, el problema no somos nosotros. Si les molesta que denunciemos la tortura, el asesinato, las violaciones, la desaparición forzada, la trata de vientres y el secuestro de niños y niñas, el problema tampoco somos nosotros.

Creemos que el objetivo de esta política es sembrar violencia, no sólo sobre nosotros sino sobre la sociedad toda. Las barbaries que han acontecido sobre personas en situación de calle, demuestran las consecuencias terribles que emanan de arengas donde prima el odio.

Consideramos innecesario explicar, a esta altura, lo que ya el Poder Ejecutivo, desde la Comisión para la Paz instalada por el Presidente Jorge Batlle, gobiernos sucesivos incluido el actual Presidente Luis Lacalle Pou; así como el Parlamento, convalidaron comprome- tiéndose a buscar a nuestros familiares desaparecidos. Las desapariciones forzadas también fueron convalidadas por las investigaciones realizadas por el Poder Judicial y el Poder Le- gislativo, algo que la terquedad de los huesos ha confirmado una y otra vez, plenamente.

Del maestro Julio Castro, dijeron que estaba en Buenos Aires cuando fue detenido el 1 de agosto de 1977, y, sin embargo, fue encontrado en el Batallón 14, ejecutado con un balazo en la cabeza, en el año 2011.

A nuestras madres, fundadoras de esta Asociación las tildaron de locas, decían que deliraban. Sin embargo, esas “locas” levantaron la dignidad de nuestro pueblo; nos enseña- ron a no paralizarnos por el miedo; nos mostraron un camino de perseverancia y diálogo con la sociedad, y nos ayudaron a instalar la idea de que NUNCA MÁS debía haber una

dictadura en nuestro país.

La sociedad reconoce, los partidos políticos democráticos también, lo que reafirman las investigaciones históricas, los relatos familiares, los testimonios, las sentencias naciona- les e internacionales.

Hoy queremos alertar que este cúmulo de falsedades lanzadas amenaza a la sociedad toda, a la calidad de nuestra convivencia y a su orden democrático.

Por eso, estamos aquí para informar que, ante esta campaña de difamación, mentiras y calumnias, sobre todo en redes sociales, que comenzó a partir de la conferencia de prensa en la que divulgamos las actas de algunos Tribunales de Honor, el 28 de agosto pasado, se ha presentado denuncia ante el Departamento de Delitos Informáticos del Ministerio del Interior, la cual ha sido derivada a la Fiscalía.

Los que iniciaron y/o se hicieron eco de esa campaña incurriendo en el delito difa- mación e injurias al afirmar que los desaparecidos están vivos, o que los familiares tenemos pensiones vitalicias deberán responder ante la Justicia. Los que usaron nuestras imágenes,

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SODILMNOd A STNAIO SOHOIAJO

Delitos de Lesa Humanidad, ¿denunciar es peligroso?

Asociación Ágora!

Iniciemos con una pregunta: ¿qué es lo que nos viene acuciando desde hace varios días a quienes integramos la Asociación Ágora y muy especialmente a quienes como denuncian- tes han asumido la responsabilidad ciudadana de poner en manos de la justicia, para que se expida, lo que sin lugar a dudas, se puede caracterizar como delitos de lesa humanidad, cometidos durante la última dictadura cívico-militar?

Contextualicemos: en mayo de 2019 se presentó ante la Fiscalía Especializada en Crí- menes de Lesa Humanidad una denuncia por presuntos delitos cometidos en dictadura en dos centros clandestinos de detención y tortura que operaron en la ciudad de Canelones y que se conocen como “Los Vagones”. Dichos centros han sido declarados, en octubre de 2019, “Sitio de Memoria” en aplicación de la Ley 19.641 de Sitios de Memoria Histórica.

La denuncia fue presentada, en primera instancia, por quien en ese momento se des- empeñaba como Directora de la Secretaría de Derechos Humanos de la Intendencia de Canelones, en su condición de funcionaria pública y en cumplimiento de lo establecido por el Código Penal sobre responsabilidad de dichos funcionarios.

El fundamento de la denuncia es la presunción de que en esos lugares se practicaron violaciones sistemáticas a los derechos humanos contra las personas que allí estuvieron de- tenidas. Lo antes afirmado se desprende de los testimonios recogidos por nuestra asocia- ción de ex presos y presas políticas que estuvieron retenidos ilegalmente, en la mayoría de los casos durante varios meses, en esos centros de detención. Los testimonios aludidos forman parte del Archivo Oral que se está conformando en el marco de la investigación histórica que viene llevando adelante nuestra organización, desde el año 2016, en forma conjunta con la Secretaría citada.

El 29 de noviembre de 2019, se realizó en el Juzgado Letrado de Canelones la Audien- cia de Formalización, a solicitud de la Fiscalía Especializada, de tres ex- policías (Hugo Gui- llén, Wishton Vitale y Alejandro Ferreira) por la “presunta comisión en calidad de autores de un delito continuado de privación de libertad (específicamente agravado por efectuarse por funcionarios públicos y por superar el plazo de 10 días de la privación de libertad), un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, y un delito continuado de lesiones graves (especialmente agravado por haberse cometido por los funcionarios pú- blicos aludidos en el art. 286 del Código Penal sobre las personas allí referidas) y estos en

Asociación Civil “Ágora”, Identidad, Derechos Humanos y Memoria canaria.

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concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de privación de libertad en calidad de co-autores [...]”.

En la misma sentencia, N*78/2019, el Juez Letrado de la sede, Luis Sobot Banchero, resuelve la adopción de medidas cautelares por un lapso de 120 días lo que determinó el traslado inmediato de los tres acusados al establecimiento de reclusión de Domingo Arena.

En el mes de marzo de 2020, esta medida fue sustituida por prisión domiciliaria al haberse aducido razones de salud por parte de las defensas de los denunciados.

Llegamos al 30 de setiembre pasado. Para ese día estaba prevista la Audiencia de Con- trol de Acusación. Apenas iniciada la audiencia fue suspendida por parte del juez actuante, aceptando además la presentación de un recurso por parte de la defensa de dos de los acu- sados, en contra de dos de los Fiscales intervinientes en el juicio.

El sábado 24 de octubre se suicidó en su domicilio el ex comisario Hugo Guillén, dos días antes de una nueva audiencia, (que igualmente se realizó) en la que se resolvió pro- rrogar por 90 días las medidas cautelares de prisión domiciliaria de los acusados Vitale y Ferreira, pero con autorización para salir de los domicilios en determinados días y horarios por razones que se especificaron.

A partir del día 24 se profundizaron los agravios y amenazas que, desde diciembre de 2019, venía realizando en forma personal o por redes sociales, la esposa del citado ex comisario, llegando al extremo de haber amenazado de muerte, ese mismo día (por vía te- lefónica), a dos integrantes fundadores de nuestra asociación, que forman parte del grupo de denunciantes.

Luego de haber hecho las denuncias correspondientes y de haber tomado interven- ción la Fiscalía competente, las amenazas igualmente continúan a través de las redes socia- les, ampliándola a otras personas y divulgando la foto del Fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad con la inscripción: “Este es el asesino de mi marido”.

Concluimos: convencidas y convencidos de que la defensa de los derechos humanos y la lucha por Memoria, Verdad y Justicia son patrimonio de la sociedad en su conjunto, el contenido de nuestro mensaje, que acompaña este breve artículo, apela a la reflexión y al compromiso de la ciudadanía.

La condena de los delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Es- tado o en cualquier otra circunstancia es asunto de la sociedad toda, así como debería serlo la defensa del accionar independiente del Poder Judicial apoyado en los marcos legales, en tanto poder garante del respeto de las ideas, las libertades y por lo tanto, de la convivencia democrática.

Cerramos con la pregunta del comienzo: Delitos de Lesa Humanidad, ¿denunciar es preg peligroso?

Memoria en Libertad

Colectivo Memoria en Libertad

Somos un colectivo de personas que vivimos las acciones directas del terrorismo de Estado durante nuestra niñez y adolescencia. Hemos estado marcados por el silencio desde siempre, porque de pequeños no podíamos contar dónde estaban nuestras madres, nues- tros padres, cuál era nuestro nombre verdadero, de dónde veníamos, o por qué nos había- mos ido de nuestro país. Años en que nos silenciaron, censuraron y persiguieron. Crecimos aprendiendo a callar, y cuando al regreso de la democracia creímos que no teníamos que seguir callando, se votó una Ley inconstitucional, la Ley de Caducidad de la Pretensión Pu- nitiva del Estado (Ley 15.848) y debimos seguir callando. Continuamos creciendo repletos de interrogantes y siempre en silencio, sin preguntar de más. De pequeños/as aprendimos que era peligroso expresarse y también a temerle al color verde, porque esos, que se decían proteger la patria nos maltrataban, nos torturaban en cada instante que podían, nos pi- soteaban, colocándonos el estigma de persona indigna. Este continuum de violencia nos acompaña hasta el día de hoy.

¿Nos hablan de guerra? ¿Nos hablan de salvar la patria? Nosotros/as éramos bebés, ni- ños, niñas y adolescentes y fuimos tratados como delincuentes, y los verdaderos delincuen- tes vivieron sus vidas como si nada hubieran hecho, ostentando hasta hoy su impunidad. La sociedad toda sufrió constantes vulneraciones en lo que respecta a libertades individua- les y colectivas. Crecimos en un país que eligió silenciarnos, aplastarnos, maltratarnos, y aún, en el año 2020 seguimos siendo invisibilizados. Cuando se habla de algún hecho del terrorismo de Estado, se relata la historia de algún compañero, o compañera militante o sindicalista asesinado, torturado, pero nunca se menciona a las criaturas que estaban allí. De alguna manera, como sociedad no nos hacemos cargo de estos hechos, pero sucedieron, y no somos uno, o dos, somos miles los niños/as y adolescentes que vivimos los atropellos, la violencia, la persecución, la despersonalización y continuamos hoy, sin ser nombrados.

Crecimos en silencio, en un país que prefirió callar antes que afrontar la justicia, y gri- tar la verdad. Parece que en este país da lo mismo si en un secuestro hay niños/as, si se viola a una adolescente durante un allanamiento, si una niña despierta en medio de la noche en su casa y tiene un arma en su cabeza, o si un niño es usado como rehén. El terrorismo de Es- tado fue tan brutal, sus acciones fueron tan crueles, la imagen del/la desaparecido/a es tan despiadada, que parece que en ella se funden los maltratos a toda la sociedad. Nos educaron un poco despolitizados, padecimos años de oscurantismo, y todo el sistema político década a década nos silenció, y se coló el silencio en todos nuestros cuerpos y nos ha costado 30 o 40 años salir de él y poder hablar, encontrarnos, reconocernos y contar nuestra historia.

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A veces la realidad es tan dura que sólo negándola, no queriendo verla, sólo mirando hacia otro lado, es posible seguir adelante. Pero no se puede sanar si no somos capaces como sociedad de reconocer lo sucedido. No se puede seguir adelante y no se puede educar en el NUNCA MÁS. Esto le pasó a los/as políticos/as, le pasó a la “gente de a pie” y le pasó a padres, madres y familiares, todos seguimos adelante como pudimos. Pero aquellos que fui- mos niños, niñas y adolescentes, crecimos, y quisimos saber, conocer, investigar de dónde venían los dolores de espalda, de cabeza, la depresión y las enfermedades autoinmunes. Se han hecho múltiples estudios, y hoy se sabe que aquello que está muy adentro, escondido y silenciado se descompone, y como dice la canción: “hay que sacarlo todo afuera, para que dentro crezcan cosas nuevas”.

En el año 2008 comenzamos un trabajo de reencuentros, de reconocimiento desde las vivencias en común, para comenzar a construir nuestra memoria e identidad. Aún son muchos/as los que no rompen el cerco que los silencia, porque algunos pasamos años que- riendo olvidar, queriendo dejar aquella niñez atrás, y es complejo colocar aquel dolor en otro lado, y convertirlo en fuerza para luchar, para gritar bien fuerte nuestros reclamos y exigir verdad, y exigir justicia. A partir del 2018 en otra coyuntura política, nos conforma- mos como organización de derechos humanos, reconocidos por la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH). Estímulo éste que redobló nuestra fuerza para visi- bilizar nuestra historia, la de miles de niños, niñas y adolescentes que padecimos: torturas, exilio, secuestro, robo, persecución, clandestinidad, abuso sexual, pérdida de identidad y pertenencia, tanto en nuestras casas como en centros de reclusión clandestinos, penales, cuarteles, todas estas vivencias nos ha dejado múltiples secuelas.

La INDDHH ha realizado a través de una serie de talleres, un análisis de los integran- tes del Colectivo Memoria en Libertad donde se revelan los daños causados por el terro- rismo de Estado. En el año 2019 la INDDHH redacta recomendaciones pertinentes hacia el Poder Ejecutivo, a la Secretaria de Derechos Humanos - Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, a los representantes todos de la Ley 18.596, donde afirma sobre los integrantes del colectivo que, durante el periodo del terrorismo de Estado, padecieron graves vulneracio- nes a sus derechos humanos por obra del Estado uruguayo, cuyas graves secuelas padecieron durante décadas y padecen actualmente. Es decir, su condición de víctimas directas. Un segundo aspecto a destacar de esta investigación, es que el Estado uruguayo, pese a su volun- tad reparadora, no ha logrado identificar con claridad la peripecia de estas personas ni, en consecuencia, implementar un programa que contemple una reparación integral para ellas. Nos presentamos en el Paraninfo en un acto multitudinario difundiendo esta recomenda- ción para seguir nuestro camino de reconocimiento y visibilización.

La tortura institucionalizada hace añicos la red social que nos constituye como hu- manos. Su causa es nítida e identificable: son nuestros semejantes los que nos convierten en bichos acorralados y asustados y es su voluntad triunfal y arrogante la que nos arroja al sufrimiento interminable. Para contrarrestar esta situación dentro de Memoria en Libertad

se habla entre pares, se apela a la resiliencia para poder sanar. Se busca generar un espacio compartido, una identidad colectiva que nos de pertenencia y fuerza para pelear por nues- tros derechos y el de nuestro pares. Externamente se promueve la visibilización, difusión y sensibilización de nuestra condición de víctimas directas del terrorismo de Estado, se traba- jaen Derechos Humanos para que las niñas y niños no tengan que esconder sus memorias, y sus pájaros vuelen con todos sus colores hacia la libertad.

Por último queremos transmitir nuestra certeza de que el trabajo que hace este co- lectivo toma relevancia ética en el actual contexto en el que vemos el ascenso de grupos extremistas. Nuestra visibilización es un recordatorio a la sociedad de los peligros a los que, sin excepción, todas y todos, somos vulnerables al estar expuestas a propaganda intolerante, prejuicios, injusticias, humillación y violencia potencial.

Es fundamental hoy más que nunca exigir justicia y reclamar el reconocimiento de la verdad, porque mientras siga habiendo quienes dentro de nuestra sociedad pongan en duda y relativicen la violación a los derechos humanos cometida por el terrorismo de Estado no podremos garantizar el Nunca Más. Mientras exista una persona que no sepa reconocer los hechos y catalogarlos como inadmisibles, no podremos estar seguros/as, no podremos estar tranquilos/as de que aquellos hechos no vuelvan a cometerse. Tiene que quedar claro que ese tipo de violencia pone en riesgo el estado de derecho y nuestra democracia. Que el derecho a la integridad física, psíquica y moral es un derecho inalienable amparado por la jurisprudencia nacional e internacional siendo una fortaleza del sistema democrático, por lo cual defenderlo es un acto ciudadano al cual adherimos, apoyamos y actuamos como colectivo.

Nos preguntamos: ¿Cuáles son las garantías que como sociedad se nos brindan para garantizar un Nunca Más? ¿Qué herramientas les brindamos a nuestros jóvenes para que procesen esta historia? Y reconocer que es su historia, la de sus padres, madres, abuelos, abuelas, vecinos y vecinas. Resignificar, dar sentido, y poder construir un futuro pleno y libre de silencio. Debemos dejar de callar, es tiempo de gritar bien fuerte nuestras heridas, pero no para quedarnos en el dolor, sino justamente para salir de este, para construir un lugar mejor de convivencia.

Memoria en Libertad es un colectivo complejo y heterogéneo, compuesto por una gran diversidad de personas que vivimos situaciones diferentes. Nos une el hecho de ha- ber sido víctimas directas del terrorismo de Estado durante nuestra infancia y adolescen- cia, y nos separan otras mil cosas. Sin embargo, algo se tiene claro, y es la necesidad de que nuestras vivencias construyan una mejor manera de habitar este mundo. El colectivo es un grupo de militancia social desde donde actuar. El Estado nunca nos pidió discul- pas, nunca reconoció la violencia sistemática ejercida hacia nosotros/as desde 1968 hasta entrada ya la democracia, cuando a algunos/as compañeros/as se los ha seguido persi- guiendo. Por lo tanto, el Estado sigue estando en deuda con gran parte de la población uruguaya que adoctrinados para el silencio, hemos permanecido callados/as por muchos

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años, demasiados. Memoria en Libertad invita a sumar todas las voces para quebrar esta barrera, porque la violencia no puede ser nunca la forma de educar y debemos estar uni- dos con el fin de construir una sociedad justa y respetuosa de los Derechos Humanos y de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.

Líneas de acción

En el año 2019 y luego de recibir las recomendaciones de la INDDHH realizamos un acto público para presentarlas. El mismo, estuvo acompañado por Rodrigo Arim (Rector de la Universidad de la República, UDELAR), por Mariana Mota (directora de la INDD- HH), Mariana González Guyer (Pro Rectora de Extensión y Actividades en el Medio, UDELAR) y por una gran multitud de compañeros y compañeras del colectivo, así como por nuestros familiares y amigos, tan importantes y fundamentales para nosotros/as en aquellos años de niñez y adolescencia sin padres, ni madres.

Desde hace un par de años, se viene trabajando en el reconocimiento de sitios de la memoria que tienen que ver con nuestra historia, y al momento, tenemos aprobada la colo- cación de una placa de memoria en una casona en ciudad vieja en lo que fuera la guardería Andrecito, espacio de solidaridad para contener a niñas y niños que quedaron sin padres o madres por ser presos políticos. Entendemos importante este reconocimiento, que tie- ne que ver con un espacio de amor y contención, tan necesario para quienes vivimos una situación de desfragmentación familiar, producto del encarcelamiento, exilio, asesinato o desaparición de alguno o ambos de nuestros padres. Nos parece fundamental rescatar el amor y el compañerismo de aquellas personas que generaron estos espacios de contención desde el cariño, brindado todo de para cuidarnos y mimarnos.

Actualmente trabajamos en varios frentes, organizados a través de comisiones, esta- mos armando una demanda por el incumplimiento de la Ley 18.596 que nos debería brin- dar un amparo en salud y la cual no se cumple, agravándose este año aún más la situación. Debido a que el Estado nuevamente está ausente, y que la ley ya en curso no se cumple, nos presentamos a un llamado del Fondo de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tor- tura y este año obtuvimos un apoyo destinado a la atención sicológica para integrantes del colectivo, este apoyo ha sido renovado para el 2021.

A principios de este año, hemos realizado una serie de campañas virtuales también de visualización, así como participación en ferias vecinales con el doble propósito de hacer finanzas para poder seguir trabajando, así como intercambiar con otros/as y hacer- nos visibles. A su vez, acompañamos al Observatorio Luz Ibarburu en la muestra de los abrazos y sumamos la nuestra. Esta es mi historia ¿y la tuya? es una muestra de objetos y fotografías que pone en el espacio público algunos relatos, objetos y fotografías, contri- buyendo a construir entre todos/as nuestras memorias, y así, ir sumando a otros y otras, que se reconocen al verse, en los relatos compartidos, en las fotos, en los objetos prove-

nientes de los diferentes penales, o del exilio. La muestra, recorre diferentes ciudades de- partamentales y es un trabajo que continuará en el próximo año, cada día sumando más objetos, producto del encuentro con otros/as que vivieron algunas de estas realidades y que al verse reflejados en la muestra, quieren aportar.

Rompamos el silencio. Nunca más terrorismo de Estado.

¡Pica por todos/as los compañeros/as!

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Memorias en disputa

Casa Bertolt Brecht!

Un nuevo inicio

En el último año, hemos observado con alarma el aumento de discursos a los que en- tendemos importante reconocer, en tanto han tenido, y tienen, la capacidad de desorien- tarnos, y hasta inmovilizarnos, dada la velocidad en que imponen determinados retrocesos.

Junto a las elecciones nacionales de octubre de 2019, se realizó un plebiscito que bus- caba una reforma constitucional, bajo el lema “Vivir sin Miedo”?. Si bien no se alcanzaron los votos necesarios, la reforma obtuvo el 46,7%? del padrón electoral. Una vez más, en Uruguay se reeditan debates que se pretendieron saldados con el plebiscito de reforma por

la baja de la edad de imputabilidad penal en el año 2014.

En las últimas elecciones nacionales, asumió el gobierno una coalición de partidos de derecha, integrada por el Partido Nacional (al que pertenece el presidente electo), el Parti- do Colorado y partidos recientemente integrados a la escena política nacional. Se destaca Cabildo Abierto cuya principal figura es Guido Manini Ríos, militar que asumió como comandante en jefe del ejército en 2015, y fue destituido por Tabaré Vázquez el presente año, pocos meses antes de postularse como candidato. Este partido, creado en 2019, pre- senta un discurso de ultra-derecha militar y obtuvo en las elecciones de octubre el 11,4% de los votos, lo que implica la presencia de 3 senadores y 11 diputados en el parlamento. Manini Ríos que entre otros episodios mandató a las fuerzas armadas a no votar al Frente Amplio, señaló que en Uruguay se quería dar vuelta la página respecto a los crímenes de lesa humanidad cometidos en dictadura, desprestigió a organismos de derechos humanos y a la justicia Uruguaya, se negó a concurrir ante la justicia a declarar por las actas de los tribuna- les de honor de las Fuerzas Armadas en su período de comandante en jefe amparado en los fueros parlamentarios que enfatizó no usaría llegado el caso, durante su campaña electoral.

A lo expresado se suma la aprobación de la Ley de Urgente Consideración, en julio de este año, que incluye artículos que limitan la protesta social. En este sentido se debe consi- derar la presunción de legitimidad de la actuación policial, la declaración de ilegítimos los piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios, la preservación de la libre circulación y el orden público por parte del Ministerio del Interior, la posibilidad de

El artículo fue escrito por Rosana Abella, Martina Eva García, Verónica Silveira y Natalia Vázquez.

2 La reforma constitucional propuso cuatro medidas centrales, cumplimiento de penas, allanamientos noc- turnos, reclusión permanente revisable y guardia nacional con militares. 2 https: //web.archive.org/web/20191028082517/https://eleccionesnacionales.corteelectoral.gub.uy/Re-

sumenkesultados.htm

actuación policial frente a hechos de apariencia delictiva, la posibilidad de la fuerza policial de registrar personas, vestimenta y vehículos en el curso de un operativo aun cuando no exista una situación de flagrancia y sin orden del Juez competente, el aumento del tiempo para comunicar a la Fiscalía de una detención, que pasó de 2 a 4 horas y la ampliación del elenco de delitos con la inclusión de agravio a la autoridad policial y resistencia al arresto.

La secuencia de estos y otros episodios, dejan en evidencia un consenso punitivista. Sin duda, estamos en un escenario diferente, donde consideramos fundamental reconocer y resignificar las memorias de las protestas sociales, los lugares y formas de resistencia.

Al presente, hay generaciones que vivieron su vida adulta en el marco de un gobierno progresista, obteniendo, a partir de sus luchas y reivindicaciones, resultados exitosos en la agenda de derechos: Ley de Regulación del Cannabis, Ley de Interrupción voluntaria del embarazo, Ley de matrimonio igualitario, Ley integral para personas trans, Derecho de la identidad de género y cambio de nombre, Licencia por maternidad y paternidad extendi- das, Ley de cuotas, entre otras.

El contexto político cambió. El nuevo escenario nos desafía a generar acciones para defender esos derechos conquistados en un marco de protesta y lucha social diversa. En este aspecto, consideramos que reflexionar sobre estas temáticas, es un aporte para desarrollar una propuesta de acción política. Es en este panorama de complejidades, que entendemos vital reivindicar las memorias, conocer, reconocer y visibilizar otros relatos posibles, dispu- tando sentidos construidos por discursos hegemónicos, centralizados y superficiales.

La memoria como disputa política

En el campo de las ciencias sociales, las memorias son entendidas como construccio- nes culturales, sociales y políticas situadas históricamente, por lo tanto nunca son estáticas sino que se despliegan conflictivamente en torno al pasado. Las disputas por la memoria no radican exclusivamente en la definición de aquello que debe ser recordado, silenciado u olvidado, sino que consisten en las disputas por el sentido mismo del pasado?, La memoria es una relación abierta y contrapuesta de recuerdos, olvidos y silencios que se sedimentan simbólicamente en diferentes dispositivos. Se inscribe en un espacio social e históricamente estructurado a través de conmemoraciones, fechas, lugares, objetos y narrativas. El hecho de que las memorias se encuentren en constante transformación implica que algunos de sus elementos desaparezcan y otros permanezcan estables durante un tiempo.

Retomando el clásico texto de Elizabeth Jelin “¿De qué hablamos cuando hablamos de memorias?”, asumimos que “la memoria colectiva” constituye un campo de disputas y conflictos, en el cual se ponen en juego no sólo las interpretaciones de lo acontecido, sino cómo, quiénes y por qué. Es decir, cuando hacemos referencia a las “disputas de memorias”

£ Del Valle Orellana Nicolás y Gálvez González Damián, Microbiografías y estudios de memoria en Chile:

observaciones metodológicas desde la investigación social, “Temuco, CUHSO, 2017.

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estamos hablando no sólo de los recuerdos sino también de olvidos y de las selecciones de los recuerdos. “Toda narrativa del pasado implica una selección. La memoria es selectiva; la memoria total es imposible” *. El acto mismo de recordar se encuentra plagado de silencios y olvidos, que tienen diferentes significados, usos y sentidos.

Al preguntarnos por quiénes recuerdan, partimos de la idea que las “memorias colecti- vas” no pueden ser entendidas como un ente supraindividual o como un hecho consumado que existe por mismo, sino que somos las personas quienes elaboramos prácticas orienta- das a la memorialización. Somos las personas, insertas en un entramado de relaciones socia- les, grupos, redes culturales e instituciones las que hacemos el ejercicio de recordar/olvidar desde un presente determinado y hacia un futuro esperado. Los recuerdos o huellas del pasado, no pueden ser concebidos por fuera de estos contextos, ya que las memorias indi- viduales siempre son “enmarcadas” socialmente. Los sujetos pueden elaborar sus memorias narrativas porque hubo otros que lo han hecho antes, y han logrado transmitirlas y dialogar sobre ellas. En el mismo sentido, el olvido social también es intersubjetivo, aparece cuando ciertos grupos humanos no logran voluntaria o pasivamente, por rechazo, indiferencia o indolencia, transmitir a la posteridad lo que aprendieron del pasado”.

De este modo, la(s) memoria(s) en tanto forma de “adueñarse de un recuerdo tal y como relumbra en el instante de un peligro”, se encuentran abiertas a todo tipo de trans- formaciones y manipulaciones. La fidelidad de la memoria no radica en la repetición exacta y mecánica de los sucesos, porque de esa forma se pierde el carácter afectivo y emotivo del relato. La apertura del pasado se hace desde las “coordenadas de sentido” de las tempora- lidades y procesos del evento o suceso evocado y de la situación presente desde la cual se evoca. Esta articulación de los sentidos políticos del pasado y del presente, nos permite vincular procesos, identificando las continuidades y las rupturas de los mismos, transfor- mándose así no solamente en rememoración de eventos pasados como procesos aislados y extraordinarios sino que nos permite arrojar luz sobre las causas y las consecuencias de la producción de los mismos. Por consiguiente, la selectividad que opera no es más que el resultado de un ordenamiento del pasado en función de las visiones del mundo, de los sím- bolos y representaciones del grupo. Poner la atención sobre los diferentes actores sociales, negociaciones, articulaciones y conflictos en torno a los sentidos del pasado nos permite dar cuenta de las relaciones de poder implicadas en los procesos de construcción de las memorias, y sus usos en el presente*,

3 Jelin Elizabeth, Los trabajos de la memoria, Siglo Veintiuno editores, España, 2001.

6 Yerushalmi Yosef y otros, Los usos del olvido, Nueva Visión,Buenos Aires, 1989. Benjamin Walter, Tesis sobre la filosofía de la historia, Valencia, Quaderns republicans de PACR Constantí Llombart, Ateneu de Benimaclet, 2006.

8

7

Guglielmucci Ana, La consagración de la memoria: una etnografía de la institucionalización del recuerdo sobre los crímenes del Terrorismo de Estado en Argentina, Antropofagia,Buenos Aires, 2013.

La memoria como fuerza transformadora

Habitualmente asociamos la idea de “memoria colectiva” a los relatos sobre violencia estatal y política, como reparación del daño producido por dichas violencias, y como un elemento que permitiría que estos hechos nunca más vuelvan a ocurrir. Sin embargo, en el siglo XXI la preocupación por “la memoria” se está desplazando desde el recuerdo del trau- ma y la violencia, hacia la búsqueda por comprender el presente a partir de su articulación con el pasado, y hacia alternativas futuras. La preocupación central no está ya exclusiva- mente en la recuperación de la memoria de quienes sufrieron directamente violaciones a los Derechos Humanos durante el perído de Terrorismo de Estado, sino en la multiplicidad de voces que construyen relatos sobre el pasado, en la rememoración de luchas y resistencias, y su articulación con procesos actuales y la continuidad de las estructuras de desigualdad, represión y dominación. De alguna manera, el interés y la reconstrucción de las memorias de las “víctimas directas” de los procesos de violencias estatales y políticas de las décadas del 60,70 y 80, comenzó a incorporar la necesidad de dar lugar a “otras memorias”, memorias “subterráneas”? que permiten entender de forma holística los procesos del pasado y del pre- sente, prestando atención a sus continuidades y rupturas.

Entendemos la necesidad, en términos políticos, de que estas narrativas sean absoluta- mente vigentes y se legitimen, frente a un contexto regional y nacional de avance de ciertos discursos negacionistas, punitivistas y un retroceso significativo en términos de derechos. Aunque hoy también creemos igualmente necesario transitar hacia la activación de otras narrativas que busquen rescatar “la positividad de la memoria”*”. En otras palabras, es poner en valor la potencia política que estas narrativas tienen, en tanto materia prima de proyec- tos sociales, políticos e identitarios colectivos que buscan construir alternativas de futuro a partir de la idea de un pasado compartido y resignificado a la luz de las luchas presentes. La fuerza simbólica de la memoria radica en su capacidad de producir sujetos, relaciones e imaginarios sociales, y por lo tanto la convierte en potencial fuente de resistencias, inesta- bilidades y transformaciones. Pero este carácter transformador depende de que las acciones y prácticas desplegadas a partir del recuerdo tengan la capacidad de tensionar las versiones hegemónicas imperantes en un determinado orden social.

La memoria colectiva es, por ende, política. Su capacidad de actuar sobre el mundo y de imaginarlo hace de las acciones y prácticas de rememoración el instrumento por excelen- cia para organizar y reorganizar el pasado. Las distorsiones, provocadas por los conflictos políticos nos enseñan más sobre una sociedad o un individuo que una memoria fiel. En la

? Pollak, Michael, Memoria, olvido, silencio. La producción social de identidades frente a situaciones límite.

Editorial Al Margen, La Plata, 2006. 10 Silva Prada Diego, Acerca de la relación entre territorio, memoria y resistencia. Una reflexión conceptual

derivada de la experiencia campesina en el Sumapaz, Análisis Político, 27 (81), Bogotá, 2015.

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deformación sobre el acontecimiento memorizado hay que ver un esfuerzo por ajustar el pasado a las representaciones del tiempo presente”.

El resurgimiento de regímenes autoritarios en América Latina, la regresión sobre la conquista de derechos laborales, civiles y sociales en toda la región, la continuidad de las prácticas represivas y la manifestación de diferentes violencias*?, se convierte en una alerta urgente para la activación de las memorias de las violencias ejercidas no sólo en lo que comúnmente llamamos “pasado reciente”, sino también, las violencias, las luchas y las resis- tencias de las post dictaduras hasta nuestro presente más inmediato, para la comprensión en clave procesual las consecuencias a largo plazo de la instalación de las dictaduras y la vio- lencia estatal. Entendemos que no se trata de mirar los procesos surgidos en América Latina durante las décadas del 60, 70 y 80 y a sus protagonistas a la luz de las categorías y lentes actuales, porque eso nos conduciría a una lejanía tal que terminaríamos construyendo ca- ricaturas de los mismos, o simplemente relatos heroicos descontextualizados. De lo que se trata, sin embargo, es de historizar los procesos y recuperar las memorias, comprendidas en sus conexiones y sentidos para poder identificar las mutaciones y las continuidades'* por- que si bien identificamos que las violencias, desigualdades y peligros del pasado tienen eco en el presente es importante destacar también las diferencias. No sólo en sus causas, sino igualmente en las formas de resistencia y construcción política del presente.

Nos cuestionamos entonces cómo pensar la relación entre la potencialidad política de la memoria, los derechos humanos y la protesta social, y de qué manera se relaciona con las transformaciones en términos de construcción de hegemonía, las formas de acción política y los cambios en las estructuras de poder propias del neoliberalismo.

La reconfiguración hegemónica representada por el tránsito de la Bipolaridad a la reor- ganización hegemónica global trae consigo la profundización de los rasgos más autoritarios, violentos y excluyentes de la modernidad, bajo un discurso donde predomina la tolerancia, la apertura, la flexibilidad, comunicabilidad, pluralidad y cosmopolitismo en contrapartida al pensamiento binario propio de la bipolaridad. Esta reestructuración hegemónica de la que habla Calveiro'* se articula con una nueva manera de construcción de lo político, de lo económico y lo social.

Los “procesos de reorganización nacional” instaurados por la dictaduras del Cono Sur durante los 70 y 80 y la consolidación del neoliberalismo durante los 90, implicaron la

11

Candau Joél, Antropología de la Memoria, Capítulo V, Nueva Visión, Buenos Aires, 2002. * Cuando hablamos de violencias los hacemos desde una perspectiva procesual que las entiende como un continuo, y no de forma autoexcluyentes, entendiendo que casi todas las formas de violencia cotidiana tienen sus bases en la estructural, atendiendo a las interrelaciones existentes entre las distintas formas de violencia presentes en cada estrato cultural (por ejemplo, la relación entre flexibilidad laboral y violencia racista, o entre dictadura política y delincuencia) (Ferrándiz y Feixa, 2004). 13 Calveiro Pilar,Los usos políticos de la memoria, en Sujetos sociales y nuevas formas de protesta en la histo- ria reciente de América Latina, Buenos Aires, CLACSO, 2006.

14 Calveiro Pilar, Op. Cit.

desestructuración de las formas de organización social, de sociabilidad y de construcción política. Lo cual trajo importantes transformaciones en la formas de la protesta social, con la aparición de nuevos actores, movimientos, colectivos y prácticas de lucha y resistencia. En este sentido, la(s) memoria(s) colectiva(s), como fuerza simbólica juegan el lugar de puente que nos permite trazar los vínculos entre esos aspectos del pasado que aún resuenan incómodamente en el presente, para cuestionar y transformar las estructuras hegemónicas.

Estas nuevas formas de lucha “autoafirmativas”

5 poseen una característica central y diferencial: “poner el cuerpo”, la autoafirmación tiene sentido en la medida de que expone la diferencia, la exclusión y la marginalidad en un “aquí estoy”. La irrupción en el espacio público mediante la creatividad, la exposición y el juego de los cuerpos que encarnan y per- formatizan las múltiples violencias (estructural, política, simbólica y cotidiana) ejercidas. Los escraches, las intervenciones artísticas, las performances, los piquetes, las invocaciones de los nombres de las personas detenidas-desaparecidas, las marchas de silencio, las ocupa- ciones de universidades, liceos, edificios públicos, las intervenciones callejeras de multitu- des de mujeres, los besazos, tetazos, etc., son métodos de lucha disruptivos que, de acuerdo con Raúl Zibechi'”, implican un desafío de llevar al límite las acciones que conjugan un de- licado equilibrio entre el desafío a la autoridad y la no violencia. Asimismo, estos métodos generan solidaridad interna que permite garantizar su aplicación como su reproducción e instalación, sin perder de vista que es, muchas veces esa solidaridad la que funciona como mecanismo de seguridad para los cuerpos que habitan y accionan estas formas de protesta. Por último, la incertidumbre facilita la creatividad mediante la activación de acciones que desafían los límites y generan desconcierto.

De acuerdo con Judith Butler, “La racionalidad neoliberal impone la autonomía como ideal moral al mismo tiempo que desde el poder se destruye esa misma posibilidad en el plano económico, porque convierte a toda la población en seres potencial o realmente pre- carios, y hasta se vale de la siempre amenazante precariedad para justificar su intensa regu- PP. Por lo tanto, el espacio público es cada vez más regulado y restringido a medida que el modelo hegemónico global ofrece la reducción de lo público y socava las bases del Estado como “garante de derechos”, para la consolidación del Estado que amplía los mecanismos de la sociedad de control concretamente sobre la sociedad civil y la defensa de los derechos humanos'*, En

lación del espacio público y su desregulación de la expansión mercanti

consecuencia, es la acción conjunta de los cuerpos reunidos en el espacio público una for- ma de poner en cuestión esta racionalidad neoliberal, a través de los que Butler denomina

15 Zibechi Raúl Genealogía de la Revuelta. Argentina, la sociedad en movimiento, Letra Libre, La Plata,

2003.

16 Zibechi Raúl, Op. Cit. 17 Butler Judith, Cuerpos Aliados y luchas políticas. Hacia una teoría performativa de la asamblea, Buenos Aires, Paidós, 2017.

18 Deluchey Jean-Frangois, El gobierno de los derechos humanos en la era neoliberal” en Manual Derechos

Humanos y Políticas Públicas, Universitat Pompeu Fabra, Vol. 3, 2014.

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“el ejercicio performativo de su derechos de aparición”, es decir, hay formas de expresar y manifestar la precariedad que se enlazan con la acción corporeizada plural que son una rei- vindicación de una “vida vivible”*”, Las acciones plurales y públicas garantizan el derecho a ser parte de una comunidad o grupo, que mediante el ejercicio de ese derecho es que se crea el espacio de aparición.

Luego del retorno a la democracia adviene el desafío de articular las dolorosas expe- riencias pasadas con proyectos hacia el futuro””. Las heridas del pasado aún vigentes- por la ausencia de justicia, por la impunidad de los represores, y por las insatisfactorias políticas de memoria?'- se articulan en relatos que buscan elaborar lo acontecido, ya sea a través de propuestas artísticas, o de diferentes formas de marcas territoriales en espacios urbanos. Como la recuperación de los ex centros clandestinos de detención y tortura (CCDTyE), la colocación de baldosas en los barrios, casas y centros educativos donde han vivido o han sido secuestrados quienes hoy continúan detenidos-desaparecidos, los murales, las pintadas con stencil, y diversos actos de performances callejeros que nos muestran que la memoria no es sólo algo a ser recuperado sino más bien construido y activado.

En este sentido, podemos pensar en la marcha del silencio de este año, donde por primera vez no se pudo llevar a cabo la peregrinación silenciosa, debido al distanciamiento social que impuso la pandemia, al tiempo que coincidió con los primeros meses del go- bierno de coalición de derecha, luego de tres periodos de gobierno frenteamplista. Cabe señalar, que en tal contexto, fue rechazado el petitorio de Cadena Nacional realizado por Familiares de detenidos desaparecidos para la ocasión. Pudimos ver cómo se pusieron en juego diversas intervenciones artísticas y performativas que demostraron gran creatividad, cómo se consiguió un apoyo masivo que permitió la descentralización de la convocatoria - tradicionalmente asumida por Familiares - y que se vio reflejada en una cantidad de ini- ciativas individuales y colectivas orientadas a la intervención en el espacio público pese al distanciamiento social.

Pero además, no podemos dejar de considerar que la aparición pública que se da en una “protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas y se encuentra protegida por una constelación de derechos y libertades que el sistema interamericano garantiza tanto en la Declaración Americana de los Derechos y Obligaciones del Hombre como en la Convención Americana de Derechos Humanos. En efecto, los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación garantizan y protegen diversas formas -individuales y colectivas- de expresar públicamente opiniones, disenso, demandar el cumplimiento de derechos sociales, culturales y ambientales y afirmar

19 Butler Judith, Op. Cit.

20

Jelin Elizabeth y Kaufman Susana (eds), Subjetividad y figuras de la memoria, Madrid y Buenos Aires, Siglo XXI de España Editores y Siglo XXI Editora Iberoamericana, 2006. 21 Marín Suárez, Carlos, y Cordo Azul, “Políticas de memoria en Uruguay: entre el control, la acción y la

pasión”, en Derechos humanos en el Uruguay. Informe 2015, Serpaj, Montevideo, 2015.

la identidad de grupos históricamente discriminados. La protesta también juega un papel central en la defensa de la democracia y los derechos humanos. De acuerdo a los instrumen- tos del sistema interamericano, el ejercicio conjunto de estos derechos fundamentales hace posible el libre juego democrático.”?.

Nuevo contexto, nuevos desafíos

El resurgimiento de regímenes autoritarios en América Latina, la regresión sobre la conquista de derechos laborales, civiles y sociales en toda la región, la continuidad de las prácticas represivas y la manifestación de diferentes violencias”, se convierte en una alerta urgente para la activación de las memorias de las violencias ejercidas no sólo en lo que comúnmente llamamos “pasado reciente”, sino también, las violencias, las luchas y las resis- tencias de las post dictaduras hasta nuestro presente más inmediato, para comprender las continuidades y las rupturas, y sin dudas, para transformar.

En Uruguay, luego de varios años de gobiernos progresistas que se han caracterizado por la ampliación de la agenda de derechos, hoy nos encontramos en un tiempo que se caracteriza por un discurso conservador en términos políticos e ideológicos y liberal en términos económicos. Esto se traduce en el intento de socavar los avances logrados hasta el momento, en el marco de una resistencia por parte de colectivos, organizaciones políticas y sociales.

Estos retrocesos impulsan un tiempo de reflexión, de análisis, de debate de ideas, de poner el cuerpo en la calle, dando lugar a la resignificación de viejas luchas que se van des- empolvando para transformarse en nuevas, colocando las memorias, lo antaño, en un nue- vo escenario, fortaleciendo la permanencia del hacer colectivo para dar las luchas.

A su vez, la Casa reafirma la necesidad de la articulación entre arte y política, tan- to en sus acciones, pensamientos, conceptualizaciones, dejando traslucir los principios de Bertolt Brecht en relación a la concepción del arte, donde el hecho artístico manifiesta una ideología política, una visión de mundo, que estimula procesos de contra hegemoniza- ción y cuestiona la realidad desde una perspectiva crítica. “La relación entre arte y política. Es tan incierta como fructífera. Que no hay relación porque no hay tal separación y que tampoco tienen tal distancia. Rivales y hermanas, alejadas y en mezcla. Hay mucho para procesar, partiendo de la base que los espectadores no solo espectan sino que se mueven y

estamos juntos en una construcción” 2%,

2 Comisión Interamericana de DDHH, setiembre de 2019.

22 Cuando hablamos de violencias los hacemos desde una perspectiva procesual que las entiende como un continuo, y no de forma autoexcluyentes, entendiendo que casi todas las formas de violencia cotidiana tienen sus bases en la estructural, atendiendo a las interrelaciones existentes entre las distintas formas de violencia presentes en cada estrato cultural (por ejemplo, la relación entre flexibilidad laboral y violencia racista, o entre dictadura política y delincuencia) (Ferrándiz y Feixa, 2004).

2 Casa Bertolt Brecht, Arte y política: Bertolt Brecht, Montevideo 2010.

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En este sentido consideramos que la diversificación de los lenguajes expresivos y las in- tervenciones artísticas dentro de la protesta social, contribuyen a la visibilización y sensibi- lización pública de problemáticas, demandas, reivindicaciones y exigencias, en tanto crean nuevos escenarios que interpelan la realidad y dan lugar a la experiencia autónoma de los sujetos posibilitando la construcción de nuevas subjetividades. “El mundo de la expresión artística es el mundo de la belleza, pero también el mundo de la reflexión, la experimenta- ción, la denuncia, la provocación, la innovación”? De esta forma, el arte entendido como agente de cambio, se funde dentro de las protestas sociales, siendo eco de las voces y los cuerpos que reeditan la permanencia de las memorias de resistencia.

Reivindicamos entonces, el valor simbólico de la construcción y reconstrucción de narrativas que contribuyan a otras formas de estar y ser en colectivo para reflejar una mira- da que se funda en tantas otras, donde se encuentren las diversidades, y lo dialógico en lo vasto de sus formas de expresión, para dar las luchas que permitan construir ese otro futuro

esperado, y posible.

5 “El arte como medio de protesta”, Varela, J. y Álvarez Uría. Recuperado en https://www.revistasinrecreo.

com/opinion/el-arte-como-medio-de-protesta/

actica

idad Demor y Derechos Humanos

Segur

Foto: Martín Varela Umpiérrez

Documento de posicionamiento político y análisis sobre el capítulo de seguridad pública de la Ley de

Urgente Consideración!

Servicio Paz y Justicia Uruguay

Aspectos generales

En el actual contexto de emergencia sanitaria, el gobierno decide enviar presurosa- mente el anunciado proyecto de Ley de Urgente Consideración (en adelante, LUC), una amplia presentación de artículos (502 en total) considerados urgentes que comprenden aspectos vinculados a la seguridad pública, economía, trabajo, educación, cultura, adminis- tración pública, entre otras tantas dimensiones.

En relación al mecanismo constitucional utilizado, Serpaj quiere manifestar su repu- dio a la imposición de un proceso que atenta contra los principios democráticos del debate ciudadano. Pero además, quiere expresar un enérgico rechazo a su envío en el actual con- texto socioeconómico y político de emergencia sanitaria, ante la presencia del COVID-19 en nuestro país. La vigencia de un estado de excepcionalidad como implica la emergencia sanitaria actual, anula la posibilidad de manifestación y participación de la ciudadanía en la discusión pública, e inhabilita la posibilidad de desarrollo de instancias de organización y discusión política.

Consideramos que modificaciones tan importantes para el conjunto de la sociedad requieren de un debate serio, que involucre al conjunto de la ciudadanía, sin limitaciones temporales, urgencias impuestas, O contextos de emergencia que limiten las garantías y de- rechos ciudadanos de debate, manifestación y participación política.

A continuación se presenta un análisis de los efectos esperados ante la aprobación de la LUC, y los impactos a nivel de seguridad pública, a través de las siguientes dimensiones de análisis: sistema penal juvenil, sistema carcelario, legislación policial, espacio público, estupefacientes, reformas sobre inteligencia.

1 Este documento fue publicado en la web de Serpaj en junio de 2020 con motivo de la comparecencia ante

las cámaras de representantes y senadores durante la discusión parlamentaria sobre la Ley de Urgente Conside- ración.

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Sistema Penal Juvenil Capítulo V: Normas sobre adolescentes privados de libertad

El Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), aprobado en el año 2004, es el marco jurídico que adecua a la realidad nacional la Convención de los Derechos del Niño (1990), implicando grandes avances en las garantías y derechos del proceso penal para adolescentes. Sin embargo, reformas normativas posteriores generan grandes retrocesos sobre lo avanza- do, a través de la preceptivización de las medidas cautelares privativas de libertad y la ins- tauración de penas mínimas y máximas para mayores de 15 años (ley 19.055), tipificación de la tentativa de hurto (18.777), manutención de antecedentes judiciales en alguna cir- cunstancias (18.778), y aumento de los días de aplicación de medidas cautelares (19.551).

En este sentido, las modificaciones que propone la LUC acentúan profundamente el proceso de regresión legislativa, endurecimiento de penas, y contraviene con la normativa nacional e internacional que se viene gestando desde hace más de 10 años hacia las adoles- cencias en conflicto con la ley penal:

e El establecimiento de una pena privativa de libertad mínima de 2 años y máxima de 10 años (artículos 75 y 76 de LUC) puede implicar que el/la adolescente llegue a pasar cerca de la mitad de su vida en centros de privación de libertad. Esta propuesta va contra de la excepcionalidad y brevedad de la privación de libertad, establecida en acuerdos interna- cionales (Convención de los Derechos del Niño, artículos 37 y 40) que Uruguay mantiene ratificados, y por tanto vigentes para su aplicación en la normativa nacional.

El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas (CRC) en 2019 establece que “Las sentencias mínimas obligatorias son incompatibles con el principio de proporcionalidad de la justicia juvenil y con el requisito de que la reclusión sea una medida de último recurso y por el período de tiempo más breve posible”. Establecer un mínimo de 2 años, además, ocasio- nará un explosivo aumento de adolescentes privados/as de libertad, por lo que las carencias en la institucionalidad del sistema y las condiciones de encierro continuarán empeorando, profundizando la vulneración de sus derechos.

Esta propuesta instala el encarcelamiento y el encierro como principal respuesta del Estado ante los delitos cometidos por adolescentes, contraviniendo todas las normativas y tratados internacionales que nuestro país adhiere. El aumento de penas no disminuye el delito ni transmite mensajes disuasivos. Estas modificaciones son respuestas punitivas donde prima la lógica del castigo como único instrumento, sin tomar en cuenta medidas extrajudiciales o alternativas, lo que dista de acercarse a los principios de justicia juvenil

establecidos en la Convención de Derechos del Niño (CRC, 2019)?

2 Convención de los Derechos del Niño (CRC): Observación general núm. 24 (2019) relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil.

3 Convención de los Derechos del Niño (CRC): Observación general núm. 24 (2019) relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil. Observación 76: “(...)La aplicación de un método estrictamente punitivo

e La permanencia de antecedentes judiciales para las y los adolescentes para delitos de violación, abuso sexual, privación de libertad, rapiña con privación de libertad, homicidio, lesiones graves o gravísimas (artículo 77 de LUC), es una iniciativa que contraviene con lo establecido en las Reglas mínimas de Beijing. Más precisamente, los artículos 21.1 y en el 21.2 plantean que: “Los registros de menores delincuentes serán de carácter estrictamente confidencial y no podrán ser consultados por terceros. (...) 21.2 Los registros de menores delincuentes no se utilizarán en procesos de adultos relativos a casos subsiguientes en los que esté implicado el mismo delincuente”,

e En relación a la modificación del artículo 90 del CNA,